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Avalista jubilado

1 Comentarios
 
Avalista jubilado
12/02/2019 10:14
Hola, mi pregunta es la siguiente: mi suegro que es persona jubilada con su señora a su cargo, cobra la pension minina 781 euros y es avalista de un cuñado mio, y existe el riego de que le puedan embargar la pension, por impago por parte de del que hizo la hipoteca, en principio por lo que he visto no llega a la cantidad minina embargable por el banco, es titular de una pequeña casa, y son siete hermanos los posibles herederos.¿Existe riesgo en que la deuda repercuta en la casa y sus herederos?.
O solamente seria la parte del cuñado que no paga. Gracias por anticipado
12/02/2019 13:00
Guzziz98
Existe ciertamente el riesgo de que el acreedor inscriba un embargo en la vivienda de su suegro, y que, dependiendo del importe, pueda pedir la subasta. En todo caso, aquellos que aceptan la herencia la aceptan con todas sus deudas sin distinguir de donde provienen estas. No le embargarán la pensión, pero sí la vivienda. Para evitar asumir esa deuda, el heredero que así lo desee puede renunciar a la herencia (a toda la herencia) ante notario.
Avalista jubilado | PorticoLegal
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12/02/2019 10:14
Hola, mi pregunta es la siguiente: mi suegro que es persona jubilada con su señora a su cargo, cobra la pension minina 781 euros y es avalista de un cuñado mio, y existe el riego de que le puedan embargar la pension, por impago por parte de del que hizo la hipoteca, en principio por lo que he visto no llega a la cantidad minina embargable por el banco, es titular de una pequeña casa, y son siete hermanos los posibles herederos.¿Existe riesgo en que la deuda repercuta en la casa y sus herederos?.
O solamente seria la parte del cuñado que no paga. Gracias por anticipado
12/02/2019 13:00
Guzziz98
Existe ciertamente el riesgo de que el acreedor inscriba un embargo en la vivienda de su suegro, y que, dependiendo del importe, pueda pedir la subasta. En todo caso, aquellos que aceptan la herencia la aceptan con todas sus deudas sin distinguir de donde provienen estas. No le embargarán la pensión, pero sí la vivienda. Para evitar asumir esa deuda, el heredero que así lo desee puede renunciar a la herencia (a toda la herencia) ante notario.