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Ayuda a entender las anotaciones de embargo

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Ayuda a entender las anotaciones de embargo
02/06/2015 18:53
Hola os paso a contar mi caso haber si entre todos me podeis ayudar.

Tengo una vivienda que compramos a medias mi difunto esposo y yo en regimen de separación de bienes. Al fallecimiento de el se supone que el 50% de la vivienda pasa a nombre de mi hijo de la cual tengo una hipoteca hasta que cumpla yo 65 años, que pago religiosamente todos los meses. Por lo abatares de esta maldita crisis mi negocio se fue al garete y los bancos han hecho una anotación de embargo sobre el 50% de la vivienda.

Mi preguntas que me asaltan son las siguientes:

* esta anotaciones de embargo en el registro prescribe alguna vez?

* Tengo que temer por mi casa?

¿Que puedo hacer?

Por favor ayudarme a entender esto por que vaya marrón me ha llegado a mi edad de casi 50 años, para mi y mi hijo.

02/06/2015 22:34
1.- Las anotaciones de embargo caducan a los 4 años, pero pueden solicitar su prórroga.
2.- Los acreedores pueden solicitar la subasta del 50% del inmueble; por lo que sí existe un peligro real.
3.- Si realmente debes lo que te reclaman, puedes intentar llegar a un acuerdo con el acreedor (poco más que eso).
03/06/2015 00:30
Muchas gracias por cotestat tripoli

Me surgen varias preguntas más:

A ser una anotación de embargo judicial por ser avalista de la empresa....

* ¿pueden subastarlo a ser vivenda habitual y ser titular de una mitad indivisa de pleno dominio con caracter privativo con una hipoteca que estoy pagando?

* y si así fuera, ¿me lo tienen que notificar personalmente el juzgado a mi y mi hijo de que se subasta?, o no es obligatorio y el procedimiento se puede realizar sin notificarmelo a mi y a mi hijo.

* Si nuevamente fuera que si, al tener también mi hijo el usufruto no es necesario tener el consentimiento de mi hijo?.

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

* y por úlltimo si supongo que si sale a subasta tendrían que pagar antes la hipoteca el que comprara el 50%, no?.

No se si me he explicado bien, pero necesito saber como va todo el proceso para no meter la pata y que me recomendará que pasos seguir para no errar.

Gracias a Tripoli por contestarme a todo el que buenamente me pueda ayudar.
04/06/2015 13:03
¿ Hay alguien que amablemente me pueda contestar a lo que son mis dudas?

---------------------

Muchas gracias por contestar tripoli

Me surgen varias preguntas más:

A ser una anotación de embargo judicial por ser avalista de la empresa....

* ¿pueden subastarlo a ser vivenda habitual y ser titular de una mitad indivisa de pleno dominio con caracter privativo con una hipoteca que estoy pagando?

* y si así fuera, ¿me lo tienen que notificar personalmente el juzgado a mi y mi hijo de que se subasta?, o no es obligatorio y el procedimiento se puede realizar sin notificarmelo a mi y a mi hijo.

* Si nuevamente fuera que si, al tener también mi hijo el usufruto no es necesario tener el consentimiento de mi hijo?.

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

* y por úlltimo si supongo que si sale a subasta tendrían que pagar antes la hipoteca el que comprara el 50%, no?.

No se si me he explicado bien, pero necesito saber como va todo el proceso para no meter la pata y que me recomendará que pasos seguir para no errar.

Gracias a Tripoli por contestarme a todo el que buenamente me pueda ayudar.
04/06/2015 19:32
Si como dicen Uds. las anotaciones de embargo caducan a los 4 años, mi pregunta es cómo puede ser que una propiedad tenga un primer embargo a nombre de X En el registro de la propiedad en el año 2002, después registran sobre el mismo inmueble un segundo embargo a nombre de Y en el años 2005,por lo visto este segundo embargo salió a venta en subasta publica (era un banco),y se le adjudica el inmueble al banco en el año 2008,,,pero curiosamente no se registra en el registro de la propiedad hasta el año 2010,,, mi pregunta es se puede considerar la caducidad desde el embargo de Y en 2005 hasta la anotación en el registro de la propiedad en el año 2010?Gracias.
04/06/2015 21:28
¿alguien podria contestarme a todas estas inquietudes que tengo?.

04/06/2015 21:30
Perdonar por mi insistencia pero como comprendereis es un tema muy delicado. Gracias al que pueda contestar por que lo he preguntado a mucha gente y no me han sabido contestar con claridad.

Me surgen varias preguntas más:

A ser una anotación de embargo judicial por ser avalista de la empresa....

* ¿pueden subastarlo a ser vivenda habitual y ser titular de una mitad indivisa de pleno dominio con caracter privativo con una hipoteca que estoy pagando?

* y si así fuera, ¿me lo tienen que notificar personalmente el juzgado a mi y mi hijo de que se subasta?, o no es obligatorio y el procedimiento se puede realizar sin notificarmelo a mi y a mi hijo.

* Si nuevamente fuera que si, al tener también mi hijo el usufruto no es necesario tener el consentimiento de mi hijo?.

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

* y por úlltimo si supongo que si sale a subasta tendrían que pagar antes la hipoteca el que comprara el 50%, no?.

No se si me he explicado bien, pero necesito saber como va todo el proceso para no meter la pata y que me recomendará que pasos seguir para no errar.

05/06/2015 08:21
Buenos días,

A "canta": no, el título puede inscribirse aunque haya caducado la anotación de embargo (porque tampoco tendría sentido prorrogarla si ya ha concluido la ejecución), pero no así el mandamiento de cancelación de cargas, según la discutible, por demasiado estricta, doctrina de la DGRN, que causa no pocos problemas.

Y a "marangel":

* ¿pueden subastarlo a ser vivenda habitual y ser titular de una mitad indivisa de pleno dominio con caracter privativo con una hipoteca que estoy pagando?

-Por supuesto, otra cuestión es que la subasta le interese a alguien más que al banco.

* y si así fuera, ¿me lo tienen que notificar personalmente el juzgado a mi y mi hijo de que se subasta?, o no es obligatorio y el procedimiento se puede realizar sin notificarmelo a mi y a mi hijo.

-Por supuesto, a ambos, una por propietaria y otro por copropietario.

* Si nuevamente fuera que si, al tener también mi hijo el usufruto no es necesario tener el consentimiento de mi hijo?.

-No hace falta consentimiento para nada.

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

-Era que no, pero tampoco puede obligarse, salvo en un posterior proceso de división que llevaría a una subasta del 100 5 de la finca.

* y por úlltimo si supongo que si sale a subasta tendrían que pagar antes la hipoteca el que comprara el 50%, no?.

-No antes, sino después: el adjudicatario asume las cargas anteriores.

Saludos,
08/06/2015 17:07
Muchas gracias Pomares por contestarme, pero me ha dejado unas notas con bastante preocupación:

Como he explicado anteriormente la deuda es por avalista y las entidades financieras me han puesto nota de embargo judicial que como he leido caducan a los 4 años pero a estar el expediente de la empresa todavia sin resolución judicial me imagino que me podrian ir anotando renovaciones de la anotación hasta la resolución firme del juzgado.

Y si no se produce caducidad me ha precocupado lo que me has dicho ante la pregunta

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

-Era que no, pero tampoco puede obligarse, salvo en un posterior proceso de división que llevaría a una subasta del 100 5 de la finca.


Eso quiere decir que podrian subastar el 100% de la vivienda en otro proceso judicial ¿aunque se negara mi hijo a la división?.

Por favor ruego amablemente que usted Pomares u otra persona me pudiera informar como va un proceso de esta indole y si podria terminar como indica el señor pomares. Así que poder hacer sin tener la cantidades que me reclaman para defender los intereses de mi hijo y que no se quede sin vivienda.
08/06/2015 17:12
Añado que yo y mi hijo no tenemos ninguna deuda, el proceso judicial es por ser avalista de la empresa. para que ustedes tengan toda la información. Muchas gracias y a la espera de su contestación me quedo.
08/06/2015 18:41
Buenas tardes, es así, a lo que la Ley no obliga es a compartir una propiedad, lo que significa que si alguien se adjudica el 50 %, puede luego instar la división y llegar a subastar el 100 %, sin que quepa oponerse.
El resultado de esa subasta es una incógnita: puede adjudicarse la finca el copropietario, recibir el sobrante si lo hay, etc...
Saludos,
08/06/2015 23:42
Buenas noches Pomares:

Entonces tendriamos que profundizar en la posibilidad de la caducidad de los 4 años, no?; cuantas veces se podria repetir la renovación de la anotación si es por un proceso judicial no sera eterno, por que imagino que no lo ejecutaria mientras este la hipoteca y si se quedará el 50% tendría que pagar la mitad hipoteca y no se si a las demás entidades que van detras de el.
08/06/2015 23:44
Por Cierto Pomares muchas gracias por contestar y a todo el que buenamente lo deseé, que me de alguna luz de por donde es el camino más facil para que no pase nada.
09/06/2015 06:26
De nada, pero sí se pueden ir prorrogando los embargos, así que lo de fácil y que no pase nada dependerá del interés que tengan los embargantes (o a quien cedan barato el crédito, por ejemplo).
Como le dijo Tripoli, la mejor solución, si es posible, es pactar con los acreedores.
Si no es posible, póngase en manos de un abogado que garantize la mejor, o más demorada, solución.
Saludos,
09/06/2015 08:32
Muchas gracias de nuevo Pomares.

No cree usted que la mejor solución es esperar a que acabe el proceso judicial para ver cuantas anotaciones de embargo judicial le ponen a la vivienda?. Por que por lógica actualmente no le interesa a los bancos hacer valer ese embargo del 50% por que tendría que pagar el 100% de la hipoteca y le quedaría cargas de las demás entidades, no?.

Otra duda suponemos que al banco no le importa perder dinero y es que una vez que quiera abrir otro juicio para sacar a subasta el 100% de la vivienda le tendría que dar a mi hijo el 50% del valor de tasación??. Si fuera tan amable de explicarme.

Un saludo y esta usted siendo una información muy valiosa para el problema que tengo.

11/06/2015 08:26
Me podría contestar alguien a estas preguntas:

* No cree usted que la mejor solución es esperar a que acabe el proceso judicial para ver cuantas anotaciones de embargo judicial le ponen a la vivienda?. Por que por lógica actualmente no le interesa a los bancos hacer valer ese embargo del 50% por que tendría que pagar el 100% de la hipoteca y le quedaría cargas de las demás entidades, no?.

* No se como va el tema de las anotaciones, primero la hipoteca y demás entidades, pero imaginemos que la entidad de la hipoteca no la ejercita por que vamos pagando la hipoteca, pero la segunda carga por ser avalista si. El que la compre tendría que pagar la hipoteca y las demás cargas que quedará. No sé si es así, ¿alguien me lo puede explicar?.

* Por último imaginemos que al banco u otra persona no le importa perder dinero y se adjudica el 50% y posteriormente pide otro juicio para sacar a subasta el 100%. Estariamos hablando que si la vivienda esta valorada en 189.000 euros, a mi hijo le tendria que dar la mitad y podria vivir en la vivienda por tener el usufruto mientras viva y yo y cualquiera que queramos, sea mi sobrina u otra persona que estuviera empadronada. ¿Estoy en un error?. Me hablan que es algo así como vivienda con bicho y que nadie la quiere.

Por favor alguien que me pudiera asesorar por que ya me va quedando claro cosas, pero todavía me queda un mundo, estoy aprendiendo cosas que jamas me hubiera pensado que la pudiera asimilar, este tipo de cosas es un colpaso cerebral que te hunde o te hace más fuerte y la triste realidad es que sin tener deuda y por ser avalista de una empresa pase estas cosas.

Alguien debería de modificar la ley sobre el papel de los avalistas en las ejecuciones hipotecarias.

Gracias a cualquiera que sea tan amable de contestarme.
11/06/2015 08:32

Para que pueda tener más información:
Desde antes de las anotaciones de embargo estamos empadronados en el ayuntamiento yo, mi hijo, mi sobrina y una empresa de ella.

Por favor ayudarme.
11/06/2015 09:31
Buenos días de nuevo, a ver si le puedo aclarar algo más, aunque es un tema tan concreto que insisto debería consultarlo con un abogado que viera los papeles:

* No cree usted que la mejor solución es esperar a que acabe el proceso judicial para ver cuantas anotaciones de embargo judicial le ponen a la vivienda?. Por que por lógica actualmente no le interesa a los bancos hacer valer ese embargo del 50% por que tendría que pagar el 100% de la hipoteca y le quedaría cargas de las demás entidades, no?.

-En efecto, el adjudicatario debe asumir las cargas anteriores (no las posteriores). Es imposible predecir qué pasaría en la subasta, si decide esperar al final del proceso.

* Por último imaginemos que al banco u otra persona no le importa perder dinero y se adjudica el 50% y posteriormente pide otro juicio para sacar a subasta el 100%. Estariamos hablando que si la vivienda esta valorada en 189.000 euros, a mi hijo le tendria que dar la mitad y podria vivir en la vivienda por tener el usufruto mientras viva y yo y cualquiera que queramos, sea mi sobrina u otra persona que estuviera empadronada. ¿Estoy en un error?. Me hablan que es algo así como vivienda con bicho y que nadie la quiere.

-Confunde el valor de tasación con el precio de adjudicación en subasta, que puede ser mínimo (precisamente por el usufructo, si es que no está a su vez embargado, pero sólo de quien lo tenga inscrito, no de todo aquél que efectivamente viva allí).
Es de ese precio obtenido en subasta del que le correspondería la mitad a su hijo, y la le digo que, si le interesa a alguien, será por muy poco.

Saludos,
11/06/2015 14:40
Muchas gracias de nuevo Pomares:

Mi marido difunto y yo teniamos hecho separación de bienes antes de comprar la vivienda al 50% y en la herencia paso a el todos sus bienes, con lo que el tiene el usufruto. Expliqueme si no es así. Es decir en el caso supuesto de que alguien comprara tendría que tener a mi hijo de usufrutario de la vivienda y creo que no tiene por que irse hasta que no tuviera un trabajo. Expliqueme por que he consultado con varias personas (Abogadas) y cada uno tiene un criterio distinto de lo que se debe de hacer, aunque la mayoría me recomienda que deje pasar el tiempo, que no pasara nada y si alcazó cuando pase unos años o pasa a la caducidad las anotaciones o llegar a un acuerdo de muy poca cuantia, por que no le interesaria ahora sacarla a subasta con los gastos que le ocasionaria. Pero ustedes son abogados de mayor prestigio seguramente y más hábiles en experiencia en estos procesos y de ahí mis preguntas.

Por que la verdad y con todos mis respectos los abogados muchas veces no se aclaran ni ellos, de tanta legislación y jurisprudencia; aparte de posibles intereses como alguno me han mencionado de que lque tuviera cuidado con quien andará por que muchas veces son parte implicada.

Muchas gracias por su atención por que estoy hecha un lio que es complicado aclararse...haber si por aquí puedo encontrar un poco más de luz..
11/06/2015 14:42
Nota Aclaratoria:
===========
y en la herencia paso a el todos sus bienes, con lo que el tiene el usufruto. Me refiero a mi hijo que recibió de su padre toda la herencia.
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02/06/2015 18:53
Hola os paso a contar mi caso haber si entre todos me podeis ayudar.

Tengo una vivienda que compramos a medias mi difunto esposo y yo en regimen de separación de bienes. Al fallecimiento de el se supone que el 50% de la vivienda pasa a nombre de mi hijo de la cual tengo una hipoteca hasta que cumpla yo 65 años, que pago religiosamente todos los meses. Por lo abatares de esta maldita crisis mi negocio se fue al garete y los bancos han hecho una anotación de embargo sobre el 50% de la vivienda.

Mi preguntas que me asaltan son las siguientes:

* esta anotaciones de embargo en el registro prescribe alguna vez?

* Tengo que temer por mi casa?

¿Que puedo hacer?

Por favor ayudarme a entender esto por que vaya marrón me ha llegado a mi edad de casi 50 años, para mi y mi hijo.

02/06/2015 22:34
1.- Las anotaciones de embargo caducan a los 4 años, pero pueden solicitar su prórroga.
2.- Los acreedores pueden solicitar la subasta del 50% del inmueble; por lo que sí existe un peligro real.
3.- Si realmente debes lo que te reclaman, puedes intentar llegar a un acuerdo con el acreedor (poco más que eso).
03/06/2015 00:30
Muchas gracias por cotestat tripoli

Me surgen varias preguntas más:

A ser una anotación de embargo judicial por ser avalista de la empresa....

* ¿pueden subastarlo a ser vivenda habitual y ser titular de una mitad indivisa de pleno dominio con caracter privativo con una hipoteca que estoy pagando?

* y si así fuera, ¿me lo tienen que notificar personalmente el juzgado a mi y mi hijo de que se subasta?, o no es obligatorio y el procedimiento se puede realizar sin notificarmelo a mi y a mi hijo.

* Si nuevamente fuera que si, al tener también mi hijo el usufruto no es necesario tener el consentimiento de mi hijo?.

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

* y por úlltimo si supongo que si sale a subasta tendrían que pagar antes la hipoteca el que comprara el 50%, no?.

No se si me he explicado bien, pero necesito saber como va todo el proceso para no meter la pata y que me recomendará que pasos seguir para no errar.

Gracias a Tripoli por contestarme a todo el que buenamente me pueda ayudar.
04/06/2015 13:03
¿ Hay alguien que amablemente me pueda contestar a lo que son mis dudas?

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Muchas gracias por contestar tripoli

Me surgen varias preguntas más:

A ser una anotación de embargo judicial por ser avalista de la empresa....

* ¿pueden subastarlo a ser vivenda habitual y ser titular de una mitad indivisa de pleno dominio con caracter privativo con una hipoteca que estoy pagando?

* y si así fuera, ¿me lo tienen que notificar personalmente el juzgado a mi y mi hijo de que se subasta?, o no es obligatorio y el procedimiento se puede realizar sin notificarmelo a mi y a mi hijo.

* Si nuevamente fuera que si, al tener también mi hijo el usufruto no es necesario tener el consentimiento de mi hijo?.

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

* y por úlltimo si supongo que si sale a subasta tendrían que pagar antes la hipoteca el que comprara el 50%, no?.

No se si me he explicado bien, pero necesito saber como va todo el proceso para no meter la pata y que me recomendará que pasos seguir para no errar.

Gracias a Tripoli por contestarme a todo el que buenamente me pueda ayudar.
04/06/2015 19:32
Si como dicen Uds. las anotaciones de embargo caducan a los 4 años, mi pregunta es cómo puede ser que una propiedad tenga un primer embargo a nombre de X En el registro de la propiedad en el año 2002, después registran sobre el mismo inmueble un segundo embargo a nombre de Y en el años 2005,por lo visto este segundo embargo salió a venta en subasta publica (era un banco),y se le adjudica el inmueble al banco en el año 2008,,,pero curiosamente no se registra en el registro de la propiedad hasta el año 2010,,, mi pregunta es se puede considerar la caducidad desde el embargo de Y en 2005 hasta la anotación en el registro de la propiedad en el año 2010?Gracias.
04/06/2015 21:28
¿alguien podria contestarme a todas estas inquietudes que tengo?.

04/06/2015 21:30
Perdonar por mi insistencia pero como comprendereis es un tema muy delicado. Gracias al que pueda contestar por que lo he preguntado a mucha gente y no me han sabido contestar con claridad.

Me surgen varias preguntas más:

A ser una anotación de embargo judicial por ser avalista de la empresa....

* ¿pueden subastarlo a ser vivenda habitual y ser titular de una mitad indivisa de pleno dominio con caracter privativo con una hipoteca que estoy pagando?

* y si así fuera, ¿me lo tienen que notificar personalmente el juzgado a mi y mi hijo de que se subasta?, o no es obligatorio y el procedimiento se puede realizar sin notificarmelo a mi y a mi hijo.

* Si nuevamente fuera que si, al tener también mi hijo el usufruto no es necesario tener el consentimiento de mi hijo?.

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

* y por úlltimo si supongo que si sale a subasta tendrían que pagar antes la hipoteca el que comprara el 50%, no?.

No se si me he explicado bien, pero necesito saber como va todo el proceso para no meter la pata y que me recomendará que pasos seguir para no errar.

05/06/2015 08:21
Buenos días,

A "canta": no, el título puede inscribirse aunque haya caducado la anotación de embargo (porque tampoco tendría sentido prorrogarla si ya ha concluido la ejecución), pero no así el mandamiento de cancelación de cargas, según la discutible, por demasiado estricta, doctrina de la DGRN, que causa no pocos problemas.

Y a "marangel":

* ¿pueden subastarlo a ser vivenda habitual y ser titular de una mitad indivisa de pleno dominio con caracter privativo con una hipoteca que estoy pagando?

-Por supuesto, otra cuestión es que la subasta le interese a alguien más que al banco.

* y si así fuera, ¿me lo tienen que notificar personalmente el juzgado a mi y mi hijo de que se subasta?, o no es obligatorio y el procedimiento se puede realizar sin notificarmelo a mi y a mi hijo.

-Por supuesto, a ambos, una por propietaria y otro por copropietario.

* Si nuevamente fuera que si, al tener también mi hijo el usufruto no es necesario tener el consentimiento de mi hijo?.

-No hace falta consentimiento para nada.

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

-Era que no, pero tampoco puede obligarse, salvo en un posterior proceso de división que llevaría a una subasta del 100 5 de la finca.

* y por úlltimo si supongo que si sale a subasta tendrían que pagar antes la hipoteca el que comprara el 50%, no?.

-No antes, sino después: el adjudicatario asume las cargas anteriores.

Saludos,
08/06/2015 17:07
Muchas gracias Pomares por contestarme, pero me ha dejado unas notas con bastante preocupación:

Como he explicado anteriormente la deuda es por avalista y las entidades financieras me han puesto nota de embargo judicial que como he leido caducan a los 4 años pero a estar el expediente de la empresa todavia sin resolución judicial me imagino que me podrian ir anotando renovaciones de la anotación hasta la resolución firme del juzgado.

Y si no se produce caducidad me ha precocupado lo que me has dicho ante la pregunta

* Si, la contestación fuera nuevamente que sí y se adjudicara el 50%, le podrian obligar a mi hijo el comprar o vender su otro 50%?

-Era que no, pero tampoco puede obligarse, salvo en un posterior proceso de división que llevaría a una subasta del 100 5 de la finca.


Eso quiere decir que podrian subastar el 100% de la vivienda en otro proceso judicial ¿aunque se negara mi hijo a la división?.

Por favor ruego amablemente que usted Pomares u otra persona me pudiera informar como va un proceso de esta indole y si podria terminar como indica el señor pomares. Así que poder hacer sin tener la cantidades que me reclaman para defender los intereses de mi hijo y que no se quede sin vivienda.
08/06/2015 17:12
Añado que yo y mi hijo no tenemos ninguna deuda, el proceso judicial es por ser avalista de la empresa. para que ustedes tengan toda la información. Muchas gracias y a la espera de su contestación me quedo.
08/06/2015 18:41
Buenas tardes, es así, a lo que la Ley no obliga es a compartir una propiedad, lo que significa que si alguien se adjudica el 50 %, puede luego instar la división y llegar a subastar el 100 %, sin que quepa oponerse.
El resultado de esa subasta es una incógnita: puede adjudicarse la finca el copropietario, recibir el sobrante si lo hay, etc...
Saludos,
08/06/2015 23:42
Buenas noches Pomares:

Entonces tendriamos que profundizar en la posibilidad de la caducidad de los 4 años, no?; cuantas veces se podria repetir la renovación de la anotación si es por un proceso judicial no sera eterno, por que imagino que no lo ejecutaria mientras este la hipoteca y si se quedará el 50% tendría que pagar la mitad hipoteca y no se si a las demás entidades que van detras de el.
08/06/2015 23:44
Por Cierto Pomares muchas gracias por contestar y a todo el que buenamente lo deseé, que me de alguna luz de por donde es el camino más facil para que no pase nada.
09/06/2015 06:26
De nada, pero sí se pueden ir prorrogando los embargos, así que lo de fácil y que no pase nada dependerá del interés que tengan los embargantes (o a quien cedan barato el crédito, por ejemplo).
Como le dijo Tripoli, la mejor solución, si es posible, es pactar con los acreedores.
Si no es posible, póngase en manos de un abogado que garantize la mejor, o más demorada, solución.
Saludos,
09/06/2015 08:32
Muchas gracias de nuevo Pomares.

No cree usted que la mejor solución es esperar a que acabe el proceso judicial para ver cuantas anotaciones de embargo judicial le ponen a la vivienda?. Por que por lógica actualmente no le interesa a los bancos hacer valer ese embargo del 50% por que tendría que pagar el 100% de la hipoteca y le quedaría cargas de las demás entidades, no?.

Otra duda suponemos que al banco no le importa perder dinero y es que una vez que quiera abrir otro juicio para sacar a subasta el 100% de la vivienda le tendría que dar a mi hijo el 50% del valor de tasación??. Si fuera tan amable de explicarme.

Un saludo y esta usted siendo una información muy valiosa para el problema que tengo.

11/06/2015 08:26
Me podría contestar alguien a estas preguntas:

* No cree usted que la mejor solución es esperar a que acabe el proceso judicial para ver cuantas anotaciones de embargo judicial le ponen a la vivienda?. Por que por lógica actualmente no le interesa a los bancos hacer valer ese embargo del 50% por que tendría que pagar el 100% de la hipoteca y le quedaría cargas de las demás entidades, no?.

* No se como va el tema de las anotaciones, primero la hipoteca y demás entidades, pero imaginemos que la entidad de la hipoteca no la ejercita por que vamos pagando la hipoteca, pero la segunda carga por ser avalista si. El que la compre tendría que pagar la hipoteca y las demás cargas que quedará. No sé si es así, ¿alguien me lo puede explicar?.

* Por último imaginemos que al banco u otra persona no le importa perder dinero y se adjudica el 50% y posteriormente pide otro juicio para sacar a subasta el 100%. Estariamos hablando que si la vivienda esta valorada en 189.000 euros, a mi hijo le tendria que dar la mitad y podria vivir en la vivienda por tener el usufruto mientras viva y yo y cualquiera que queramos, sea mi sobrina u otra persona que estuviera empadronada. ¿Estoy en un error?. Me hablan que es algo así como vivienda con bicho y que nadie la quiere.

Por favor alguien que me pudiera asesorar por que ya me va quedando claro cosas, pero todavía me queda un mundo, estoy aprendiendo cosas que jamas me hubiera pensado que la pudiera asimilar, este tipo de cosas es un colpaso cerebral que te hunde o te hace más fuerte y la triste realidad es que sin tener deuda y por ser avalista de una empresa pase estas cosas.

Alguien debería de modificar la ley sobre el papel de los avalistas en las ejecuciones hipotecarias.

Gracias a cualquiera que sea tan amable de contestarme.
11/06/2015 08:32

Para que pueda tener más información:
Desde antes de las anotaciones de embargo estamos empadronados en el ayuntamiento yo, mi hijo, mi sobrina y una empresa de ella.

Por favor ayudarme.
11/06/2015 09:31
Buenos días de nuevo, a ver si le puedo aclarar algo más, aunque es un tema tan concreto que insisto debería consultarlo con un abogado que viera los papeles:

* No cree usted que la mejor solución es esperar a que acabe el proceso judicial para ver cuantas anotaciones de embargo judicial le ponen a la vivienda?. Por que por lógica actualmente no le interesa a los bancos hacer valer ese embargo del 50% por que tendría que pagar el 100% de la hipoteca y le quedaría cargas de las demás entidades, no?.

-En efecto, el adjudicatario debe asumir las cargas anteriores (no las posteriores). Es imposible predecir qué pasaría en la subasta, si decide esperar al final del proceso.

* Por último imaginemos que al banco u otra persona no le importa perder dinero y se adjudica el 50% y posteriormente pide otro juicio para sacar a subasta el 100%. Estariamos hablando que si la vivienda esta valorada en 189.000 euros, a mi hijo le tendria que dar la mitad y podria vivir en la vivienda por tener el usufruto mientras viva y yo y cualquiera que queramos, sea mi sobrina u otra persona que estuviera empadronada. ¿Estoy en un error?. Me hablan que es algo así como vivienda con bicho y que nadie la quiere.

-Confunde el valor de tasación con el precio de adjudicación en subasta, que puede ser mínimo (precisamente por el usufructo, si es que no está a su vez embargado, pero sólo de quien lo tenga inscrito, no de todo aquél que efectivamente viva allí).
Es de ese precio obtenido en subasta del que le correspondería la mitad a su hijo, y la le digo que, si le interesa a alguien, será por muy poco.

Saludos,
11/06/2015 14:40
Muchas gracias de nuevo Pomares:

Mi marido difunto y yo teniamos hecho separación de bienes antes de comprar la vivienda al 50% y en la herencia paso a el todos sus bienes, con lo que el tiene el usufruto. Expliqueme si no es así. Es decir en el caso supuesto de que alguien comprara tendría que tener a mi hijo de usufrutario de la vivienda y creo que no tiene por que irse hasta que no tuviera un trabajo. Expliqueme por que he consultado con varias personas (Abogadas) y cada uno tiene un criterio distinto de lo que se debe de hacer, aunque la mayoría me recomienda que deje pasar el tiempo, que no pasara nada y si alcazó cuando pase unos años o pasa a la caducidad las anotaciones o llegar a un acuerdo de muy poca cuantia, por que no le interesaria ahora sacarla a subasta con los gastos que le ocasionaria. Pero ustedes son abogados de mayor prestigio seguramente y más hábiles en experiencia en estos procesos y de ahí mis preguntas.

Por que la verdad y con todos mis respectos los abogados muchas veces no se aclaran ni ellos, de tanta legislación y jurisprudencia; aparte de posibles intereses como alguno me han mencionado de que lque tuviera cuidado con quien andará por que muchas veces son parte implicada.

Muchas gracias por su atención por que estoy hecha un lio que es complicado aclararse...haber si por aquí puedo encontrar un poco más de luz..
11/06/2015 14:42
Nota Aclaratoria:
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y en la herencia paso a el todos sus bienes, con lo que el tiene el usufruto. Me refiero a mi hijo que recibió de su padre toda la herencia.