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Baja de un servicio con permanencia tras cierre de empresa

1 Comentarios
 
Baja de un servicio con permanencia tras cierre de empresa
14/09/2017 10:53
hola:

Tenía una empresa y tenía firmado un contrato en una agencia de publicidad. He tenido que cerrar la empresa porque no era rentable y ahora los de la empresa no quieren rescindir el contrato ¿Pueden obligarme a pagar? En el contrato no pone nada de clausulas de rescisión.

Gracias
14/09/2017 22:32
Tempi
En primer lugar, habría que conocer en detalle y jurídicamente lo que usted llama "cerrar la empresa" y que ha hecho usted con la sociedad que explotaba su empresa. Como norma general, existe lo que se llama "principio de vigencia de los contratos", por lo que, en ausencia de acuerdo entre las partes, el contrato se mantiene en vigor mientras la otra parte cumpla con sus obligaciones contractuales.

Le recomiendo que entable conversaciones con ese proveedor de cara a alcanzar un acuerdo extintivo. En su ausencia, podría pedir la extinción del contrato por vía judicial. En definitiva, que en ausencia de acuerdo, este asunto es materia de pleito.

Ya con carácter general y a título enunciativo, le informo que en el ordenamiento jurídico español, las cláusulas contractuales que contemplan la automática extinción contractual por presentación de concurso de acreedores se tienen por no puestas. No así, al parecer -si bien es objeto de controversia doctrinal-, aquellas que contemplan la insolvencia o cese de la actividad empresarial sin recurrir a concurso o preconcurso de acreedores.

Con un saludo,
Baja de un servicio con permanencia tras cierre de empresa | PorticoLegal
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Baja de un servicio con permanencia tras cierre de empresa
14/09/2017 10:53
hola:

Tenía una empresa y tenía firmado un contrato en una agencia de publicidad. He tenido que cerrar la empresa porque no era rentable y ahora los de la empresa no quieren rescindir el contrato ¿Pueden obligarme a pagar? En el contrato no pone nada de clausulas de rescisión.

Gracias
14/09/2017 22:32
Tempi
En primer lugar, habría que conocer en detalle y jurídicamente lo que usted llama "cerrar la empresa" y que ha hecho usted con la sociedad que explotaba su empresa. Como norma general, existe lo que se llama "principio de vigencia de los contratos", por lo que, en ausencia de acuerdo entre las partes, el contrato se mantiene en vigor mientras la otra parte cumpla con sus obligaciones contractuales.

Le recomiendo que entable conversaciones con ese proveedor de cara a alcanzar un acuerdo extintivo. En su ausencia, podría pedir la extinción del contrato por vía judicial. En definitiva, que en ausencia de acuerdo, este asunto es materia de pleito.

Ya con carácter general y a título enunciativo, le informo que en el ordenamiento jurídico español, las cláusulas contractuales que contemplan la automática extinción contractual por presentación de concurso de acreedores se tienen por no puestas. No así, al parecer -si bien es objeto de controversia doctrinal-, aquellas que contemplan la insolvencia o cese de la actividad empresarial sin recurrir a concurso o preconcurso de acreedores.

Con un saludo,