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baja enfermedad: ME PAGAN UN 75% DEL SUELDO BASE O DEL BRUTO, O CONTINGENCIAS COMUNES??

2 Comentarios
 
10/05/2012 13:39
Si te encuentras en situación de Baja por Enfermedad Común, es decir, que no ha sido una enfermedad profesional o un accidente laboral, y si además trabajas a jornada completa, te pagarán lo siguiente:

1.- Se calcula la prestación sobre tu Base de Cotización del mes Anterior, por Contingencias Comunes, dividida entre los días de cotización del mes anterior:
BRD = Base Cot CC / Días Cot

2.- Una vez hallada la Base Reguladora Diaria (BRD), se calcula la prestación de la siguiente forma:
* Días 1 a 3, a cargo de Individuo. Esto quiere decir que por los tres primeros días no te pagarán nada.
* del 4 al 20, el 60% de la BRD
Prestacion 60% = (BRD * 60)/100 * días de enfermedad
* del 21 en adelante, el 75% de la BRD
Prestación 75% = (BRD * 75)/100 * días de enfermedad

Otra cosa es que la empresa, bien por pacto individual con sus representantes sindicales, bien por pacto sectorial (convenio colectivo), tenga mejora de la situación de Incapacidad y Complemente hasta unos máximos que serán propios de cada sector o empresa.
10/05/2012 10:33
te pagan de contigencias comunes del la base reguladora del mes pasado, antes de la baja
Baja enfermedad: me pagan un 75% del sueldo base o del bruto, o contingencias comunes??
05/05/2012 13:27
Hola,estoy de baja por enfernedad y me paga la mutua de la empresa, mi pregunta es la siguiente:
me pagan un 75% del sueldo base o del bruto, o contingencias comunes??? es que me han pagado y me parece poco....Me urge saberlo para reclamarles en el caso que tenga derecho.
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baja enfermedad: ME PAGAN UN 75% DEL SUELDO BASE O DEL BRUTO, O CONTINGENCIAS COMUNES??

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10/05/2012 13:39
Si te encuentras en situación de Baja por Enfermedad Común, es decir, que no ha sido una enfermedad profesional o un accidente laboral, y si además trabajas a jornada completa, te pagarán lo siguiente:

1.- Se calcula la prestación sobre tu Base de Cotización del mes Anterior, por Contingencias Comunes, dividida entre los días de cotización del mes anterior:
BRD = Base Cot CC / Días Cot

2.- Una vez hallada la Base Reguladora Diaria (BRD), se calcula la prestación de la siguiente forma:
* Días 1 a 3, a cargo de Individuo. Esto quiere decir que por los tres primeros días no te pagarán nada.
* del 4 al 20, el 60% de la BRD
Prestacion 60% = (BRD * 60)/100 * días de enfermedad
* del 21 en adelante, el 75% de la BRD
Prestación 75% = (BRD * 75)/100 * días de enfermedad

Otra cosa es que la empresa, bien por pacto individual con sus representantes sindicales, bien por pacto sectorial (convenio colectivo), tenga mejora de la situación de Incapacidad y Complemente hasta unos máximos que serán propios de cada sector o empresa.
10/05/2012 10:33
te pagan de contigencias comunes del la base reguladora del mes pasado, antes de la baja
Baja enfermedad: me pagan un 75% del sueldo base o del bruto, o contingencias comunes??
05/05/2012 13:27
Hola,estoy de baja por enfernedad y me paga la mutua de la empresa, mi pregunta es la siguiente:
me pagan un 75% del sueldo base o del bruto, o contingencias comunes??? es que me han pagado y me parece poco....Me urge saberlo para reclamarles en el caso que tenga derecho.