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Baja laboral y ERE

4 Comentarios
 
Baja laboral y ere
14/08/2014 11:35
Comencé a estar de baja médica el 26/mayo y mi empresa comenzó un ERE el 1 de junio, dicho ERE ha finalizado y me han despedido en él, pero yo sigo estando de baja. Mi pregunta es ¿ahora quién me va a pagar la baja? ¿tengo que apuntarme al paro o hasta que esté de alta no es necesrio?, ¿tengo que realizar algún trámite por mi parte para que no tenga problemas a la hora de cobrar la baja y no pierda tampoco el paro?.

Gracias, un saludo
14/08/2014 14:18
Es necesario saber si esta usted de IT por cont. Comunes o Profesionales.
No estoy al 100% seguro pero en ambos casos debe usted acudir a la oficina de empleo y notificar su situación y seguirá cobrando la prestación de IT en pago delegado por quien la este percibiendo en la actualidad, mutua o SS según el tipo de contingencia, lo que ocurre es que según sea la contingencia no empezara a ser a cargo del desempleo la prestación si su IT es por cont. Profesionales hasta que reciba el alta mientras que si es por cont. Comunes la prestación ya sera a cargo del desempleo generado.
SMO
14/08/2014 14:28
Mientras estés de baja tendrás que seguir cobrando de la mútua o de la seguridad social.
Una vez tengas el alta médica, es cuando tienes 15 días para solicitar la prestación por desempleo, deberás aportar el certificado de empresa así como el informe de la baja/alta médica.
Si ha sido baja por contingencias comunes, todo los días que has cobrado baja, desde el día siguiente al despido hasta el día del alta médica se consumen del paro.
Si ha sido baja por contingencias profesionales, no se consume nada de la prestación.
15/08/2014 16:11
La baja es por continencias comunes. Para seguir cobrando tengo que hacer algún tipo de trámite en la seguridad social o el paro? Y donde tendría que enviar las bajas? Gracias
15/08/2014 16:29
Vero3,
tienes que presentar toda la documentación del despido más la solicitud de pago directo a la Mutua.
Al ser IT por CC, si tienes derecho a Paro, la Mutua te pagará el mismo importe que te correspondería en Desempleo (Sepe).

Como te han dicho, el periodo que estés de Baja con la Mutua, una vez tengas el Alta, el Sepe te la descontará como tiempo consumido.

SalU2
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Baja laboral y ere
14/08/2014 11:35
Comencé a estar de baja médica el 26/mayo y mi empresa comenzó un ERE el 1 de junio, dicho ERE ha finalizado y me han despedido en él, pero yo sigo estando de baja. Mi pregunta es ¿ahora quién me va a pagar la baja? ¿tengo que apuntarme al paro o hasta que esté de alta no es necesrio?, ¿tengo que realizar algún trámite por mi parte para que no tenga problemas a la hora de cobrar la baja y no pierda tampoco el paro?.

Gracias, un saludo
14/08/2014 14:18
Es necesario saber si esta usted de IT por cont. Comunes o Profesionales.
No estoy al 100% seguro pero en ambos casos debe usted acudir a la oficina de empleo y notificar su situación y seguirá cobrando la prestación de IT en pago delegado por quien la este percibiendo en la actualidad, mutua o SS según el tipo de contingencia, lo que ocurre es que según sea la contingencia no empezara a ser a cargo del desempleo la prestación si su IT es por cont. Profesionales hasta que reciba el alta mientras que si es por cont. Comunes la prestación ya sera a cargo del desempleo generado.
SMO
14/08/2014 14:28
Mientras estés de baja tendrás que seguir cobrando de la mútua o de la seguridad social.
Una vez tengas el alta médica, es cuando tienes 15 días para solicitar la prestación por desempleo, deberás aportar el certificado de empresa así como el informe de la baja/alta médica.
Si ha sido baja por contingencias comunes, todo los días que has cobrado baja, desde el día siguiente al despido hasta el día del alta médica se consumen del paro.
Si ha sido baja por contingencias profesionales, no se consume nada de la prestación.
15/08/2014 16:11
La baja es por continencias comunes. Para seguir cobrando tengo que hacer algún tipo de trámite en la seguridad social o el paro? Y donde tendría que enviar las bajas? Gracias
15/08/2014 16:29
Vero3,
tienes que presentar toda la documentación del despido más la solicitud de pago directo a la Mutua.
Al ser IT por CC, si tienes derecho a Paro, la Mutua te pagará el mismo importe que te correspondería en Desempleo (Sepe).

Como te han dicho, el periodo que estés de Baja con la Mutua, una vez tengas el Alta, el Sepe te la descontará como tiempo consumido.

SalU2