Sí es legal. desde el momneto en que causas baja en la empresa sea por situación de enfermedad comun o de enfermedad profecional o accidente se procederán a aplicar los descuentos correspondientes por esa incapacidad temporal. El convenio de aplicación puede, por otra parte, establecer mejoras o complementos en cada una de esas situaciones que reduzcan, pudiendo en ciertos casos eliminar, el descuento aplicable.