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baja maternidad

1 Comentarios
 
08/06/2012 10:19
Kang2
Se considera segundo pagador.

Obligados a Declarar:

Rendimientos íntegros del trabajo (incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, comprendidos los procedentes del extranjero, así como las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos no exentas) cuyo importe no supere la cantidad de:
l 22.000 euros anuales, con carácter general.
l 11.200 euros anuales en los siguientes supuestos:
a) Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador.
No obstante, el límite será de 22.000 euros anuales si cuando, procediendo de más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas del segundo no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Es decir, si la Seguridad Social les ha pagado menos de 1.500€ el limite sigue siendo 22.000€.

Por último, cuando varios contribuyentes (por ejemplo, ambos padres) tengan derecho a la aplicación del mínimo familiar por un mismo descendiente (con el mismo grado de parentesco), su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Espero serle de ayuda
Baja maternidad
17/05/2012 10:19
mi esposa y yo repartimos la baja por maternidad ntre los dos 2 meses cada uno se considera como segundo pagador los meses abonados por la seguridad social y de no ser asi cuanto es el minimo para poder realizar la declaracion,la deduccion por hijo solo la puede descravar uno de los dos conyuges o los dos
baja maternidad | PorticoLegal
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baja maternidad

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08/06/2012 10:19
Kang2
Se considera segundo pagador.

Obligados a Declarar:

Rendimientos íntegros del trabajo (incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, comprendidos los procedentes del extranjero, así como las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos no exentas) cuyo importe no supere la cantidad de:
l 22.000 euros anuales, con carácter general.
l 11.200 euros anuales en los siguientes supuestos:
a) Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador.
No obstante, el límite será de 22.000 euros anuales si cuando, procediendo de más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas del segundo no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Es decir, si la Seguridad Social les ha pagado menos de 1.500€ el limite sigue siendo 22.000€.

Por último, cuando varios contribuyentes (por ejemplo, ambos padres) tengan derecho a la aplicación del mínimo familiar por un mismo descendiente (con el mismo grado de parentesco), su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Espero serle de ayuda
Baja maternidad
17/05/2012 10:19
mi esposa y yo repartimos la baja por maternidad ntre los dos 2 meses cada uno se considera como segundo pagador los meses abonados por la seguridad social y de no ser asi cuanto es el minimo para poder realizar la declaracion,la deduccion por hijo solo la puede descravar uno de los dos conyuges o los dos