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Baja por accidente laboral

6 Comentarios
 
Baja por accidente laboral
10/01/2014 23:03
Buenas noches a todos,

Estoy de baja por accidente laboral desde hace un par de meses. Mi contrato se rige por el XIV Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad. El Artículo 78, punto 2) dice que el empresario completará hasta el 100% de la retribución de la mensualidad anterior
Como yo lo entiendo, la retribución del mes anterior estará formada de la mensualidad de dicho mes la parte de paga extra devengada durante ese mes.

Podéis por favor confirmar si estáis de acuerdo y sabéis si en alguna parte del ET define exactamente la palabra retribución ?

Muchas gracias por vuestra ayuda,

Jorge
Cuando se esta de baja por accidente laboral hay que tener en cuenta la base reguladora por accidentes de trabajo. Se especificará en tu nomina. Como por ley es obligatorio pagar el 75% de esa base,el resto lo tiene que abonar el empresario.
www.delamadridabogados.es
11/01/2014 11:29
Hola- gracias por la respuesta. Si , si, Se que es el empresa rio, esa no era la pregunta.
La pregunta era sobre la exacta aplicacion del convenio y si ese 100% de remuneracion del mes anterior incluye, como yo creo, tanto la nomina mensual, como la parte de paga extra generada durante ese mes.
Muchas gracias de nuevo
Jorge
11/01/2014 19:35
Pues depende. La parte de la mutua sí la incluye. La parte del empresario, si se paga también, luego no se cobrará la paga extra cuando se pague normalmente.
Indicarte lo mismo,que ese 25% que tiene que abonar la empresa se calcula con la base reguladora por contingencias profesionales que estará indicado en la nómina y que consta de los conceptos salariables que cotizan.
12/01/2014 21:59
Respecto a ese 25%, yo tambien lo veo asi, pero la empresa no me está completando al 100% de mi base de cotizacion, sino que dice que lo que completa al 100% es lo que cobré el mes anterior a la Baja ( pero solo el mes tal cual , es decir , no incluye la parte de paga extra que tambien se devengué ese mes y no me quieren pagar la diferencia )- además, al llegar la paga extra, no me han pagado nada porque dicen que estaba incluida en lo que me estan pagando al mes- un absurdo, vamos), pero segun lo veo, solo me quedaría poner una reclamacion ante el SMAC, lo veis de Otra manera?
PD: estoy intentando que por las buenas me lo paguen, pero llevo mas de 10 correos de Ida y vuelta y no les da la gana de pagarme lo que falta...

Efectivamente,sería una reclamación de cantidad ante el SMAC pero sopesa si te merece la pena y las consecuencias de esa decisión.
Baja por accidente laboral | PorticoLegal
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Baja por accidente laboral
10/01/2014 23:03
Buenas noches a todos,

Estoy de baja por accidente laboral desde hace un par de meses. Mi contrato se rige por el XIV Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad. El Artículo 78, punto 2) dice que el empresario completará hasta el 100% de la retribución de la mensualidad anterior
Como yo lo entiendo, la retribución del mes anterior estará formada de la mensualidad de dicho mes la parte de paga extra devengada durante ese mes.

Podéis por favor confirmar si estáis de acuerdo y sabéis si en alguna parte del ET define exactamente la palabra retribución ?

Muchas gracias por vuestra ayuda,

Jorge
Cuando se esta de baja por accidente laboral hay que tener en cuenta la base reguladora por accidentes de trabajo. Se especificará en tu nomina. Como por ley es obligatorio pagar el 75% de esa base,el resto lo tiene que abonar el empresario.
www.delamadridabogados.es
11/01/2014 11:29
Hola- gracias por la respuesta. Si , si, Se que es el empresa rio, esa no era la pregunta.
La pregunta era sobre la exacta aplicacion del convenio y si ese 100% de remuneracion del mes anterior incluye, como yo creo, tanto la nomina mensual, como la parte de paga extra generada durante ese mes.
Muchas gracias de nuevo
Jorge
11/01/2014 19:35
Pues depende. La parte de la mutua sí la incluye. La parte del empresario, si se paga también, luego no se cobrará la paga extra cuando se pague normalmente.
Indicarte lo mismo,que ese 25% que tiene que abonar la empresa se calcula con la base reguladora por contingencias profesionales que estará indicado en la nómina y que consta de los conceptos salariables que cotizan.
12/01/2014 21:59
Respecto a ese 25%, yo tambien lo veo asi, pero la empresa no me está completando al 100% de mi base de cotizacion, sino que dice que lo que completa al 100% es lo que cobré el mes anterior a la Baja ( pero solo el mes tal cual , es decir , no incluye la parte de paga extra que tambien se devengué ese mes y no me quieren pagar la diferencia )- además, al llegar la paga extra, no me han pagado nada porque dicen que estaba incluida en lo que me estan pagando al mes- un absurdo, vamos), pero segun lo veo, solo me quedaría poner una reclamacion ante el SMAC, lo veis de Otra manera?
PD: estoy intentando que por las buenas me lo paguen, pero llevo mas de 10 correos de Ida y vuelta y no les da la gana de pagarme lo que falta...

Efectivamente,sería una reclamación de cantidad ante el SMAC pero sopesa si te merece la pena y las consecuencias de esa decisión.