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Baja por distinta patología

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
06/02/2013 20:59
En el convenio de mi provincia pone lo siguiente:
Artículo 24: Enfermedad
En el caso de incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, computada en periodos anuales, en la primera baja se percibirá el 100% del salario desde el primer día de baja.
Igualmente se abonará el 100% del salario desde el primer día de baja, cuando esta sea superior a 10 días.
Estas prestaciones se mantendrán por un periodo máximo de 12 meses.
En la segunda y sucesivas bajas, en caso de producirse y ser inferiores a 11 días, no serán abonados los 3 primeros días de baja. A partir del cuarto día se abonará el 1005 del salario.
En caso de accidente laboral, la baja se abonará con el 100% del salario desde el primer día durante 12 meses.
Además los periodos de enfermedad o accidente laboral no se tendrán en cuenta para deducir el periodo de vacaciones.
Y eso es todo, no habla de complementos ni de periodos de tiempo superiores a 12 meses en ningún sitio. No se si eso indica que voy a cobrar el 100% de nuevo o tendría que seguir mirando a ver si hay letra pequeña no especificada en le convenio.
06/02/2013 20:08
De todas maneras, tienes 4 días desde que recibes la carta del alta para hacer la reclamación. Luego deben contestarte a dicha reclamación en los siguientes 7 días, así que tendrías una semana más justificada para no ir a trabajar.
Si al cabo de esos 7 días no te han contestado (como fue mi caso) la reclamación se entiende rechazada por silencio administrativo, por lo cual te queda la vía judicial.
De todas formas cuando te llegue la carta de alta vete al INSS inmediatamente. Ellos te van a informar mejor que yo.
06/02/2013 20:04
Bueno, pues si sigo igual que hasta ahora me aguanto... Menos es nada y ya he aprendido a vivir con este sueldo... Qué remedio!!
Avulepa, mi caso es complicado, yo tengo una lesión grave de rodilla, crónica. La baja fue para operarme y la cosa se alargó porque el crtílago de mi rodilla está muy dañado. A eso hay que sumarle que estoy embarazada de casi 30 semanas.
Cuando recibí la carta de alta fui al INSS a poner una reclamación y además, el día que tenía que hacerse efectiva esa alta entregué también en el INSS una baja de mi médico de cabecera por lumbalgia en el embarazo, ya que cualquier nueva baja debe aprobarla el INSS. Por suerte para mi no suelen discutir las bajas de las embarazadas, lo cual me da tiempo para tramitar la incapacidad.
No se si te he ayudado.
06/02/2013 15:50
Klary27, al tratarse de un nuevo proceso por una enfermedad distinta cobrarías desde el inicio el complemento. Ahora bien, dices que perteneces a la hostelería. En ese caso te recomiendo que revises bien el convenio. En el caso de mi provincia, este convenio establece el complemento "siempre y cuadno el trabajador no tuviera un índice de ausencias igual o superior al 4% por dicha causa, calculado en los días naturales del periodo de ocupación computado en los doce meses aneriores a al baja". Por lo tanto, si en su provincia utilizan la misma fórmula, es muy posible que no tengas derecho al complemento.

Salvo mejor opción.
06/02/2013 14:45
Hola klary27.me gustaría saber como lo has hecho .yo estoy de baja por depresión con ansiedad provocada por una situación laboral muy tensa;con denuncias por acoso etc....eel caso esque me van a dar el alta por agotamiento del plazo (18meses).y no puedo volver porque estoy muy deprimido y necesito coger otra baja,hasta q salga el juicio q tengo con la empresa en noviembre.t dejó mi mail .porfa contesta. avulepa@gmail.com
06/02/2013 13:43
Perfecto!!! Gracias. :)
06/02/2013 13:32
Si no te han despedido cobraras lo del convenio igualmente.
Ten encuenta que vuelves a tener una nueva baja laboral y no tiene nada que ver con la primera.
Quiere decir que te olvides la ultima baja y cobraras Por enfermedad común : 60% de la base reguladora entre el 4º y el 20º día y el 75% a partir del 21º día. Mas lo del convenio.
Baja por distinta patología
06/02/2013 11:23
Hace poco os escribía preguntando que opciones tenía ante un alta improcedente.
Reclamé y finalmente se entiende denegada la reclamación por silencio administrativo.
El caso es que para curarme en salud, pedí otra baja al médico de cabecera, ya que me es imposible incorporarme al trabajo.Hoy me han llamado para decirme que la baja por distinta patología está aprobada y la verdad es que después de una semana de incertidumbre ya respiro tranquila!!
Ahora mi duda es, si es una nueva baja, vuelvo a cobrar como al principio o continúo con el 75%?
Aclaro que soy camarera y por mi convenio el primer año de baja cobraba el sueldo completo, ahora no se si al ser una baja distinta vuelvo a cobrar completo o continúo con la reducción de salario.
Espero haberme explicado bien y que alguien pueda resolverme esta duda.
Gracias por anticipado!!