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Baja por enfermedad común

3 Comentarios
 
Baja por enfermedad común
26/03/2021 01:27
Hola, llevo desde junio de baja y ahora la empresa dejó de pagarme, hemos solicitado un pago directo a la mutua para que se aga cargo de los últimos 3 meses que no me han pagado, pero si la mutua me empieza a pagar lo que la empresa me debe lo descuentan del paro? Y puede hacer la empresa lo de dejarme sin el sueldo? Yo todavía no estoy recuperada y el medico sigue dándome la baja y el tratamiento, como serían las cosas apartir de ahora, quien me va abonar eso y de que forma? Gracias
26/03/2021 18:44
Gallega95
Podría hacer una reclamación de cantidad, primero ante el SMAC (empresa) y Mutua (reclamación previa) y posteriormente ante el Juzgado de los Social, demandando a ambos, por los periodos adeudados.
De todas formas, si la Mutua se hace cargo, mediante Pago Directo, de los meses de Incapacidad Temporal que no le está pagando la empresa, no estará consumiendo ningún día de paro.
En cualquier caso, siempre la Mutua responderá de los periodos de baja médica, si la empresa no se los paga.
02/05/2021 18:42
Mateorrll
Hola, estando de baja por IT, te abren expediente de IP y a los 18 meses te dan de baja la empresa sin avisar y pasas al cobro directo por la mutua.

El tiempo que cobras por subsidio de IT dices que no se descuenta del paro y leyendo por el foro dicen lo contrario.

Así que sigo con la duda.. .
04/05/2021 16:17
Entonces no está usted de alta en la empresa por fin de cto con reserva de puesto, esto es que la empresa debe liquidarle todos los salarios más el finiquito y entonces, al ser baja por cont comunes por lo que lo que le estaría pagando la Mutua sería por las prestaciones de desempleo, no obstante si pasa el Tribunal y le conceden la IP pasaría usted a situación de jubilación por IP, por contra sí le rechazan se tendría que reincorporar a su empresa, en caso de que la empresa no procediese a la readmisión sería un despido con lo que cobraría indemnización y luego usted puede NO solicitar la prestación de desempleo que le quedase por cobrar y si encuentra otro empleo recuperaría la prestación cobrada y no habría perdido nada de dicha prestación, solo si solicita el pago de la misma sería cuando se consumiría dicha prestación.
smo
Baja por enfermedad común | PorticoLegal
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Baja por enfermedad común
26/03/2021 01:27
Hola, llevo desde junio de baja y ahora la empresa dejó de pagarme, hemos solicitado un pago directo a la mutua para que se aga cargo de los últimos 3 meses que no me han pagado, pero si la mutua me empieza a pagar lo que la empresa me debe lo descuentan del paro? Y puede hacer la empresa lo de dejarme sin el sueldo? Yo todavía no estoy recuperada y el medico sigue dándome la baja y el tratamiento, como serían las cosas apartir de ahora, quien me va abonar eso y de que forma? Gracias
26/03/2021 18:44
Gallega95
Podría hacer una reclamación de cantidad, primero ante el SMAC (empresa) y Mutua (reclamación previa) y posteriormente ante el Juzgado de los Social, demandando a ambos, por los periodos adeudados.
De todas formas, si la Mutua se hace cargo, mediante Pago Directo, de los meses de Incapacidad Temporal que no le está pagando la empresa, no estará consumiendo ningún día de paro.
En cualquier caso, siempre la Mutua responderá de los periodos de baja médica, si la empresa no se los paga.
02/05/2021 18:42
Mateorrll
Hola, estando de baja por IT, te abren expediente de IP y a los 18 meses te dan de baja la empresa sin avisar y pasas al cobro directo por la mutua.

El tiempo que cobras por subsidio de IT dices que no se descuenta del paro y leyendo por el foro dicen lo contrario.

Así que sigo con la duda.. .
04/05/2021 16:17
Entonces no está usted de alta en la empresa por fin de cto con reserva de puesto, esto es que la empresa debe liquidarle todos los salarios más el finiquito y entonces, al ser baja por cont comunes por lo que lo que le estaría pagando la Mutua sería por las prestaciones de desempleo, no obstante si pasa el Tribunal y le conceden la IP pasaría usted a situación de jubilación por IP, por contra sí le rechazan se tendría que reincorporar a su empresa, en caso de que la empresa no procediese a la readmisión sería un despido con lo que cobraría indemnización y luego usted puede NO solicitar la prestación de desempleo que le quedase por cobrar y si encuentra otro empleo recuperaría la prestación cobrada y no habría perdido nada de dicha prestación, solo si solicita el pago de la misma sería cuando se consumiría dicha prestación.
smo