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baja por enfermedad de un desempleado

3 Comentarios
 
06/05/2003 17:01
Totalmente de acuerdo. El "problema" es que si el trabajador agota la prestación por desempleo y solicita la continuidad de la incapacidad temporal en la Seguridad Social, la cantidad que pasa a percibir mensualmente es el 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, 338,40€ al mes, independientemente de la base de cotización que tuviera al acceder a la prestación por desempleo. Sólo se respeta en algunos casos determinados la base que tenía. Injusto, ¿no os parece?. Modificado en la Ley de Acompañamiento de diciembre de 2001.
06/05/2003 15:52
Buena respuesta. Estoy de acuerdo con Jesusfer.
06/05/2003 09:29
Cuando un trabajador o una trabajadora está cobrando prestaciones por desempleo y tiene una incapacidad temporal sigue cobrando una cantidad igual a la prestación por desempleo que le será abonada por el INEM. Los partes tanto de baja como los de confirmación tiene que entregarlos en el INEM. durante ese tiempo se interrumpen las revisiones correspondientes a la demanda de empleo. La baja tienes que comunicarla al INEM, alli te informarán. Saludos.
Baja por enfermedad de un desempleado
06/05/2003 01:35
Hola me gustaría saber que sucede cuando una persona desempleada que está percibiendo prestación por desempleo se pone enferma y su médico le da la baja,le paga la seguridad social y no le sigue corriendo el paro o por el contrario sigue pagando el inem.Gracias.
baja por enfermedad de un desempleado | PorticoLegal
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06/05/2003 17:01
Totalmente de acuerdo. El "problema" es que si el trabajador agota la prestación por desempleo y solicita la continuidad de la incapacidad temporal en la Seguridad Social, la cantidad que pasa a percibir mensualmente es el 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, 338,40€ al mes, independientemente de la base de cotización que tuviera al acceder a la prestación por desempleo. Sólo se respeta en algunos casos determinados la base que tenía. Injusto, ¿no os parece?. Modificado en la Ley de Acompañamiento de diciembre de 2001.
06/05/2003 15:52
Buena respuesta. Estoy de acuerdo con Jesusfer.
06/05/2003 09:29
Cuando un trabajador o una trabajadora está cobrando prestaciones por desempleo y tiene una incapacidad temporal sigue cobrando una cantidad igual a la prestación por desempleo que le será abonada por el INEM. Los partes tanto de baja como los de confirmación tiene que entregarlos en el INEM. durante ese tiempo se interrumpen las revisiones correspondientes a la demanda de empleo. La baja tienes que comunicarla al INEM, alli te informarán. Saludos.
Baja por enfermedad de un desempleado
06/05/2003 01:35
Hola me gustaría saber que sucede cuando una persona desempleada que está percibiendo prestación por desempleo se pone enferma y su médico le da la baja,le paga la seguridad social y no le sigue corriendo el paro o por el contrario sigue pagando el inem.Gracias.