Buenos días, Si, podrá seguir percibiendo la prestación por maternidad ya que según el artículo 13.2 de la Ley 32/2010, de 5 de agosto, establece que:
2. En el supuesto en que el hecho causante de la protección por cese de actividad se produzca cuando el trabajador autónomo se encuentre en situación de maternidad o paternidad, se seguirá percibiendo la prestación por maternidad o por paternidad hasta que las mismas se extingan, en cuyo momento se pasará a percibir, siempre que reúnan los requisitos legalmente establecidos, la prestación económica por cese de actividad que les corresponda.
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Soy autonoma y doy a luz en julio. mi pregunta es: Una vez este de baja por maternidad si ceso mi actividad como autonomá seguiria cobrando la baja maternal?