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Baja temporal

3 Comentarios
 
Baja temporal
29/07/2014 00:52
Buenos días,
Agradecería si me pudieran ayudar en lo siguiente: En una semana en la cual tenía días de descanso los días Lunes y Martes, el Miércoles siguiente mi médico me da la baja médica, y no trabajé el resto de la semana. Mi jefe me dice que los dos días de descanso solo corresponde si hubiese trabajado 5 días de la semana, por lo que el Lunes y Martes que mencioné, tuve descanso yo se los "debo" a la empresa, y los tengo que devolver descansando de menos otras semanas o descontando de la nómina. Es correcto? Desde ya muchas gracias.
29/07/2014 05:21
Pues no, no es correcto, 1 si usted coge una baja se computa su jornada así que es como si hubiese trabajado, 2 desde cuando se empieza descansando? Quiero decir que supongo que al descansar L y M esto es porque genero el descanso la semana anterior, así que que se deje su jefe de milongas y se deje de chorradas.
29/07/2014 15:41
Hola,
Gracias por su respuesta. Mi jefe se basa en su punto 2. Dice que esos días de descanso no habían sido generados. Tenemos descansos rotativos, a veces descanso J y V, esa semana me tocó L y M. El argumenta "muy seguro" que para que me correspondan dos días de descanso tengo que haber trabajado 5 antes, en la misma semana.... Entonces no es así en caso de baja?
29/07/2014 19:43
Vamos a ver conozco bien los cuadrantes rotativos con cambios de turno y descanso semanal entre medias y usted salvo que en su primer día de trabajo por circunstancias del cuadrante iniciasr el mes descansando nunca mas va a suceder que descanse antes de generarlo.
Por otra parte cuando uno esta de IT su jornada esos días se genera con lo que si por ej hubiese estafo en situación de IT en días de descanso estaría generando HE.
Usted al mes tiene que hacer un n° determinado de horas que seria dividir el total de horas que marca el convenio anuales y lo divide por 364 días que tiene el año y esas horas son las que genera en días de IT.
SMO.
Baja temporal | PorticoLegal
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29/07/2014 00:52
Buenos días,
Agradecería si me pudieran ayudar en lo siguiente: En una semana en la cual tenía días de descanso los días Lunes y Martes, el Miércoles siguiente mi médico me da la baja médica, y no trabajé el resto de la semana. Mi jefe me dice que los dos días de descanso solo corresponde si hubiese trabajado 5 días de la semana, por lo que el Lunes y Martes que mencioné, tuve descanso yo se los "debo" a la empresa, y los tengo que devolver descansando de menos otras semanas o descontando de la nómina. Es correcto? Desde ya muchas gracias.
29/07/2014 05:21
Pues no, no es correcto, 1 si usted coge una baja se computa su jornada así que es como si hubiese trabajado, 2 desde cuando se empieza descansando? Quiero decir que supongo que al descansar L y M esto es porque genero el descanso la semana anterior, así que que se deje su jefe de milongas y se deje de chorradas.
29/07/2014 15:41
Hola,
Gracias por su respuesta. Mi jefe se basa en su punto 2. Dice que esos días de descanso no habían sido generados. Tenemos descansos rotativos, a veces descanso J y V, esa semana me tocó L y M. El argumenta "muy seguro" que para que me correspondan dos días de descanso tengo que haber trabajado 5 antes, en la misma semana.... Entonces no es así en caso de baja?
29/07/2014 19:43
Vamos a ver conozco bien los cuadrantes rotativos con cambios de turno y descanso semanal entre medias y usted salvo que en su primer día de trabajo por circunstancias del cuadrante iniciasr el mes descansando nunca mas va a suceder que descanse antes de generarlo.
Por otra parte cuando uno esta de IT su jornada esos días se genera con lo que si por ej hubiese estafo en situación de IT en días de descanso estaría generando HE.
Usted al mes tiene que hacer un n° determinado de horas que seria dividir el total de horas que marca el convenio anuales y lo divide por 364 días que tiene el año y esas horas son las que genera en días de IT.
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