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Baja y vacaciones por rotación: 3 días

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Baja y vacaciones por rotación: 3 días
02/08/2020 18:42
Hoy día 31 de Julio he cogido el alta y a mi por rotación como cada año me toca las vacaciones el día 3 de Agosto y me dice mi encargado q tengo que trabajar al menos tres días ,eso es así?ya que ellos estando de baja desde el mes de Noviembre,la empresa con dos mese de antelación no me ha mandado mi carta de vacaciones aunque yo estuviese de baja.sabemos cuando nos toca puesto que hacemos una rotación
03/08/2020 06:36
1.- Personal con cuadrante se deben reflejar las vacaciones en éste por lo que no sería necesario el escrito de autorización de las vacaciones.
2.- No se las pueden suspender porque como bien dice el trabajador debe ser conocedor del periodo de disfrute con al menos dos meses de antelación.
3.- Tras la situación de una baja por IT, en caso de comenzar las vacaciones, estás quedarían en suspenso y una vez recobrado el alta se negociaría su disfrute entre las partes, pero este no es su caso, usted obtiene el alta antes del comienzo de las vacaciones por lo que no tendría que haber ningún problema para comenzar sus vacaciones.
4.- Pregunte en qué ley viene reflejado que debe tras un periodo de IT trabajar 3 días para generar su dicho a vacaciones, que le muestre la ley, de palabra no existe o si no que se las deniegue por escrito, (haber si hay huevos) por cierto, si le viene con alguna normativa interna que por otra parte contradice la legislación vigente denuncia al canto.
smo
Baja y vacaciones por rotación: 3 días | PorticoLegal
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Baja y vacaciones por rotación: 3 días
02/08/2020 18:42
Hoy día 31 de Julio he cogido el alta y a mi por rotación como cada año me toca las vacaciones el día 3 de Agosto y me dice mi encargado q tengo que trabajar al menos tres días ,eso es así?ya que ellos estando de baja desde el mes de Noviembre,la empresa con dos mese de antelación no me ha mandado mi carta de vacaciones aunque yo estuviese de baja.sabemos cuando nos toca puesto que hacemos una rotación
03/08/2020 06:36
1.- Personal con cuadrante se deben reflejar las vacaciones en éste por lo que no sería necesario el escrito de autorización de las vacaciones.
2.- No se las pueden suspender porque como bien dice el trabajador debe ser conocedor del periodo de disfrute con al menos dos meses de antelación.
3.- Tras la situación de una baja por IT, en caso de comenzar las vacaciones, estás quedarían en suspenso y una vez recobrado el alta se negociaría su disfrute entre las partes, pero este no es su caso, usted obtiene el alta antes del comienzo de las vacaciones por lo que no tendría que haber ningún problema para comenzar sus vacaciones.
4.- Pregunte en qué ley viene reflejado que debe tras un periodo de IT trabajar 3 días para generar su dicho a vacaciones, que le muestre la ley, de palabra no existe o si no que se las deniegue por escrito, (haber si hay huevos) por cierto, si le viene con alguna normativa interna que por otra parte contradice la legislación vigente denuncia al canto.
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