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bajas i.t.

3 Comentarios
 
Bajas i.t.
17/02/2012 18:12
Hola, la duda que se me presenta es la siguiente:
Cuando se calcula la base por i.t. y el salario o grupo de cotización es diaria no hay duda, pero cuando el salario o grupo de cotización es mensual, es decir todos los meses son de 30 días, si por ejemplo esta de baja durante 3 meses, los días de prestación serían todos los días naturales del mes o se tomarian todos los meses de 30 días? creo que son los días naturales aunque el salario o grupo sea mensual.
Saludos y gracias.
17/02/2012 18:13
Hola

La prestación de IT se abona por días naturales, con independencia de tipo de retribución del trabajador.

salud!
17/02/2012 18:22
es decir que aunque tenga retribución mensual si por ejemplo el mes de enero tiene 31 días, y estuviera todo el mes de baja deberia de multiplicar mi base diaria por 31 días aunque mi retribución sea de 30 ¿no?
17/02/2012 18:29
Podría decirse así.

Suponinendo que estemos hablando de una situación de trabajo a tiempo completo, se trata de sacar la base diaria, dividiendo la base del mes anterior a la baja entre los días de ese mes.

A esa base diaria, le aplicas los porcentajes correspondientes al periodo de IT en que nos encontremos, ya sea 60% o 75%. De ahí saldrá la prestación IT diaria.

Esa prestación deberás abonarla por cada día de baja, si es todo el mes completo, por tantos días como tenga el mes.
bajas i.t. | PorticoLegal
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Bajas i.t.
17/02/2012 18:12
Hola, la duda que se me presenta es la siguiente:
Cuando se calcula la base por i.t. y el salario o grupo de cotización es diaria no hay duda, pero cuando el salario o grupo de cotización es mensual, es decir todos los meses son de 30 días, si por ejemplo esta de baja durante 3 meses, los días de prestación serían todos los días naturales del mes o se tomarian todos los meses de 30 días? creo que son los días naturales aunque el salario o grupo sea mensual.
Saludos y gracias.
17/02/2012 18:13
Hola

La prestación de IT se abona por días naturales, con independencia de tipo de retribución del trabajador.

salud!
17/02/2012 18:22
es decir que aunque tenga retribución mensual si por ejemplo el mes de enero tiene 31 días, y estuviera todo el mes de baja deberia de multiplicar mi base diaria por 31 días aunque mi retribución sea de 30 ¿no?
17/02/2012 18:29
Podría decirse así.

Suponinendo que estemos hablando de una situación de trabajo a tiempo completo, se trata de sacar la base diaria, dividiendo la base del mes anterior a la baja entre los días de ese mes.

A esa base diaria, le aplicas los porcentajes correspondientes al periodo de IT en que nos encontremos, ya sea 60% o 75%. De ahí saldrá la prestación IT diaria.

Esa prestación deberás abonarla por cada día de baja, si es todo el mes completo, por tantos días como tenga el mes.