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Barbacoas

39 Comentarios
Viendo 21 - 39 de 39 comentarios
23/09/2005 13:04
No crean que no he pensado en las soluciones drásticas que me aconsejan, por lo menos, me desquitaría, pero se da el caso que entonces me pueden denunciar a mí, porque para todo eso hay leyes específicas que lo prohíben y, por otro lado, no me gustaría tener que "rebajarme" a su altura.

He buscado en estatutos, y en el Ayuntamiento de Málaga, y no encuentro nada específico para barbacoas. Parece que sólo me puedo amparar en el artículo de "actividades molestas".

Si ustedes me pueden encontrar algo directo, se lo agradecería mucho.

Un saludo.
23/09/2005 11:41
Tranquilo que no estabadiscutiendo ni me lo he tomado como una crítica. En realidad el planteamiento que haces también me lo hice yo. En cuanto a la interpretación de las leyes, es eso. Yo he visto como la misma Sala de una Audiencia ha resuelto cuestiones idénticas de modo totalmente dispar (y eran los mismos Magistrados). O son olvidadizos o se ve que la primera vez que decidieron algo no habían pensado en la segunda interpretación o vete a saber tú. De todos modos y en términos generales, no hay tantas sorpresas.

Saludos
perfil Rus
23/09/2005 11:25
No te llevaba la contraria, es lo de siempre, cuestión de interpretación. Simplemente comento lo que me dijeron en el Ayuntamiento (preguntamos porque al estar el tema de acualidad, temíamos que apareciera el Seprona y nos cayera una multa sólo por poner la parrilla en la acera en vez de meterla en el garaje).

Por otra parte, me alegro de que "El derecho" te dé la razón. Es la que utilizo, y siempre me llevo disgustos, porque las interpretaciones que yo hago de la ley normalmente no las comparte la jurisprudencia, pero bueno, resignación, que para esos están las bases de datos. Además, siempre me queda la esperanza de que algún día alguien comparta mis razonamientos, je,je
23/09/2005 11:02
Ciertamente Rus, dicha normativa es interpretable y ya he comentado que la la expresión "cielo abierto" es compleja dado su carácter difuso.

La opción que plateas debería ser estudiada y valorada. Por mi parte te diré que "El Derecho Editores" que es la base de Datos que utiliza la Magistratura está de acuerdo con la interpretación que he expresado en mi anterior intervención y opinan lo mismo que yo en base a la intención del legislador en el momento de publicar el citado Real Decreto-Ley, que se aprobó por vía de urgencia a la vista de la realidad social del momento.

Un saludo
23/09/2005 11:01
Vuelvo a repetir acerquese al ayuntamiento, pida que pase un inspector de sanidad, y lease las ordenanzas municipales. Y si la barbacoa es de fabricación adherida al suelo, pida que pase el tecnico de urbanismo, para constatar si ha pedido permiso y esta legal. En su ayuntamiento le podran aconsejar. Suba y pida cita con los técnicos. Urbanismo y sanidad
perfil Rus
23/09/2005 10:57
No tengo muy claro que se pueda aplicar al caso la normativa de incendios que cita Dick Turpin. Yo consulté la posibilidad de hacer una parrillada en el patio (asfaltado) de una casa en el campo, y no me pusieron ningún impedimento. Nos dijeron que la prohibición se refiere a zonas abiertas con peligro de incendios, pero por sacar la parilla a la calle (justamente para evitar que el interior se llene de humo) no hay problema.

Sin perjuicio, como digo , de alegar esto, yo optaría por el tema de actividades molestas. Si es una barbacoa "portátil", ¿por qué no la meten en su cocina?
23/09/2005 10:34
a mi tb me interesa, mi caso es que tengo una finquita y hago barbacoas, y el edificio mas cercano está a 10 metros, puedo hacer barbacoas?? yo creo que si, ya que no molesto a nadie y no tengo edificio encima.
23/09/2005 10:17
Es de aplicación el Real Decreto ley 11/2005, de 22 de julio por el que se aprueba medidas urgentes en materia de incendios forestales, por el que se han establecido determinadas limitaciones a la utilización del fuego en el siguiente sentido:

Art. 13: Actividades Prohibidas.

Sin perjuicio de las previsiones contenidas en la normativa autonómica, se prohibe, desde la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley y hasta el 1 de noviembre de 2005 en todo el territorio nacional:

3º Encender fuego a cielo abierto, en las zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello".

La interpretación que se puede hacer parece que se refiere a todo tipo de "cielo abierto" lo que incluiría las barbacoas existentes en zonas de recreo y ocio de las urbanizaciones, como a los domicilios particulares en zonas abiertas.

Aunque la expresión "cielo abierto" es compleja dado su carácter difuso, dada la excepcionalidad de la norma se impone una interpretación acorde a la situación planteada, por lo que hasta el 1 de noviembre de este año no podrán hacer barbacoas ni en las piscinas ni en las terrazas particulares "a cielo abierto".

Por otra parte en su Comunidad Autónoma estará regulada la situación que usted indica, así como en la Ordenanzas Municipales de su Ayuntamiento.
perfil Rus
23/09/2005 09:49
Sacudir las alfombras también resulta bastante molesto, sobre todo cuando el vecino (que la sacude) tiene perro. Otra opción es vaciarles la bolsa del aspirador.

Si tu terraza tiene un pequeño desagüe (ocurre en los balcones de mi edificio), quizás el producto que utilizas para fregar las baldosas resulte "corrosivo" (es lo que sospecho de mi vecina, que los geranios que esán justo bajo ese agujero están quemados).

También puedes celebrar una fiesta con mucho confetti, que seguro que alguno cae en las sardinas.

Ahora en serio. El procedimiento pasa por ir al Ayuntamiento. El problema con los ruidos de los vecinos es que los técnicos municipales no se pueden pasar todo el día en tu casa, y puede dar la casualidad de que ese día tuz vecinos estén tranquilos o que llueva (no es lo mismo que tener un bar debajo). De todas formas, por pedir las ordenanzas y denunciarlo no pierdes nada (quizás que tus vecinos se molesten un poco)

Paciencia (e imaginación)
23/09/2005 09:16
Supongo que un caso como éste es similar al de que aquellos vecinos que se ponen a cocinar callos a mansalva, o tocan el piano todo el día. Ni que hablar de lo que ponen la música o la televisión a todo volumen, etc. Dicen que cada uno en su casa hace lo quiere. Si fallan todas las quejas, estatutos, pues ajo y agua, por desgracia.
Sigo pensando que lo del cubo de agua es costoso, pesa demasiado. Se pueden regar las plantas con una buena manguera también.
23/09/2005 00:22
Yo voto por regar las macetas con un buen cubo de agua resbaladizo los días de barbacoa, al fin y al cabo, es cuando mas lo necesitan por aquello del calor de las brasas...

Es que hay temas que, desafortunadamente la justicia no puede solucionar (al menos de forma sencilla), así que, aunque nos suponga un vecino menos al que saludar en el rellano, a veces la solución es la de "no te creas que yo no se dar la lata tambien" Es una lástima, pero eso es lo que hay.
22/09/2005 14:50
Si no hay ningún decreto del Ayuntamiento que lo impida o algún estatuto comunitario, el tema está dificil, sobretodo si hay que descartar ya la denuncia en juntas comunitarias. Habría que recurrir a los sistemas de pago, los judiciales, y no todo el mundo puede.
Una solución sería exigirles que les inviten a la fiesta, puesto que ya que molestan que se inviten. O ponerse a tocar el trombón cuando estén comiendo las sardinas, o...Lo del cubo de agua no está mal tampoco,no.
perfil Kar
19/09/2005 22:17
Je je!! Buena idea loren faus, aunque para vivir en comunidad es un poco dificil, además creo que no se debe poner a su altura.
En cuanto a lo del ruido puedes llamar a la Policia Local para que realicen una medición. Tu vecino vive en comunidad y como tal tiene que respetar al resto.
Por cierto el patio es privativo o comunitario?
Porque sea lo que sea este vecino no puede hacer un uso para el que no esté destinado.
Por lo de los ruidos mira www.ruidos.org.

Mira también en esta dirección:

http://www.comunidadvecinos.com/modules.php?name=Sections&op=viewarticle&artid=15

Sigo pensando que es una actividad insalubre, además de molesta.
19/09/2005 16:19
yo le propongo una solucion, aunque un poco drastica. Resulta que justo cuando el esta haciendo la barbacoa bajo su balcon, a usted se le ha resbalado de las manos un cubo de agua con el que iba a regar las plantas y, desgraciadamente, ha caido justo encima de la barbacoa. Con individuos de esa calaña, a veces es necesario ponerse a su nivel, de lo contrario se creen los amos del planeta.
19/09/2005 16:18
kar, de hecho, ya le hemos dicho a la administradora que nos amparamos en ese artículo, pero aún así se hizo la votación, aunque dijimos que constase en Acta que nosotros no veíamos necesaria dicha votación. Pero es que éste vecino hace lo que se le antoja. Hace la vida en la terraza-patio (que da al exterior): ha sacado la televisión, el equipo de música, comen ahí... Así que, aparte de las barbacoas, están los ruidos, pero por lo visto para eso tienen que venir no sé quién a medir decibelios y tal. En fín, una molestia total. Un saludo.
perfil Kar
19/09/2005 14:37
Justa, ¿Quizás se podría considerar una actividad molesta e insalubre para los vecinos?. Un saludo
19/09/2005 14:11
Acerquese al ayuntamiento y solicite las ordenanzas municipales, y pida que pase un inspector de sanidad por el edificio. Consulte en el ayuntamiento con los tecnicos de urbanismo, pueden que le den alguna solución.
19/09/2005 14:01
Entonces ¿Qué puedo hacer? Cuando estamos en la terraza, nos tenemos que meter dentro de mi casa por el humo, pero es que el olor de las sardinas se mete dentro de ella y es insoportable. La contestación de él es que cierre mis ventanas (cosa que desde luego hago), pero no me parece justo puesto que yo he pagado mi piso igual que todos y no tengo por qué "encerrarme" en mi propia casa. Muchas gracias.
19/09/2005 13:51
No corresponde a ninguna ley, este articulo o apartado puede ser uno de los que se aprueben en las normas de regimen interior, o en los estatutos de cualquier comunidad de propietarios.
Barbacoas
19/09/2005 13:49
En la dirección: www.valcap.es/publish/viewfull.cfm?ObjectID=1026 encontré la siguiente noticia:

Artículo 1.- A los efectos de evitar las molestias derivadas de los humos y olores, podrán utilizarse barbacoas exclusivamente en los jardines privados, siempre que estén situadas a una distancia mínima de 7 metros de cualquier pared y dispongan de sistemas de evacuación y conducción de humos.

¿Me podrían decir a qué LEY corresponde?. Tengo un vecino que suele hacer barbacoas bajo mi casa alegando que no hay ninguna ley que las prohiba DIRECTAMENTE, y por el Art. 7.2 de Ley de Propiedad Horizontal, ha sometido a votación a los vecinos para determinar si son molestas o no, saliendo favorecido él, ya que votaron hasta los de la letra contraria a los cuales no afecta el problema para nada.
Muchas gracias.