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Baremos custodia exclusiva

3 Comentarios
 
Baremos custodia exclusiva
10/03/2023 16:18
Cuando se calcula el importe de pensión de los hijos por custodia exclusiva, si ambos progenitores ganan aproximadamente lo mismo pero uno de ellos tiene hipoteca y más hijos de otro matrimonio , ¿eso se tiene en cuenta para determinar el importe? Gracias
13/03/2023 10:00
Depende. Que haya hijos de otro matrimonio "puede" tenerse en cuenta, según el caso, si son hijos anteriores y si la nueva pensión supone privar a estos de los alimentos a los que también tienen derecho, pero no siempre se van a tener en cuenta, si los ingresos son suficientes, si se decide tener más hijos después de haber ya una sentencia, etc.
La hipoteca en principio no se debería tener en cuenta, pero tampoco creo que se puede afirmar taxativamente.
Pero vamos, de forma automática, no, como "norma general" NO se tienen en cuenta.
14/03/2023 14:40
paquito xocolatero
Tenía entendido que se miraban los ingresos pero también loa gastos de cada progenitor. Entiendo que no es lo mismo que uno esté viviendo en la casa familiar sin pagar nada y que el otro al tener que irse , tenga que pagar un alquiler o una hipoteca.
Los hijos que no son de ese primer mattimonio, son posteriores pero son anteriores a un posible cambio de custodia compartida a una exclusiva
16/03/2023 10:42
Si ya había una pensión fijada hacia otros hijos sí se tiene en cuenta (generalmente). Que se viva en una casa familiar que esté ya pagada o no en principio no, no cambia por ejemplo si se establecen las medidas un mes antes o un mes después de terminar de pagar una hipoteca. Sí se tiene en cuenta si se proporciona la vivienda a los menores, claro, ya que es parte de los alimentos, pero como digo depende, no es lo mismo si ganas el SMI o eres Amancio Ortega. En las tablas orientativas (hay calculadoras online basadas en ellas que puedes consultar, en la web del poder judicial) puedes ver que se tiene en cuenta solo el salario, no se cuentan los gastos como por ejemplo para pedir una hipoteca. Si hay circunstancias especiales se pueden justificar ante un tribunal, pero "por defecto" solo se consideran los salarios, ya que el código civil habla del caudal económico.
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10/03/2023 16:18
Cuando se calcula el importe de pensión de los hijos por custodia exclusiva, si ambos progenitores ganan aproximadamente lo mismo pero uno de ellos tiene hipoteca y más hijos de otro matrimonio , ¿eso se tiene en cuenta para determinar el importe? Gracias
13/03/2023 10:00
Depende. Que haya hijos de otro matrimonio "puede" tenerse en cuenta, según el caso, si son hijos anteriores y si la nueva pensión supone privar a estos de los alimentos a los que también tienen derecho, pero no siempre se van a tener en cuenta, si los ingresos son suficientes, si se decide tener más hijos después de haber ya una sentencia, etc.
La hipoteca en principio no se debería tener en cuenta, pero tampoco creo que se puede afirmar taxativamente.
Pero vamos, de forma automática, no, como "norma general" NO se tienen en cuenta.
14/03/2023 14:40
paquito xocolatero
Tenía entendido que se miraban los ingresos pero también loa gastos de cada progenitor. Entiendo que no es lo mismo que uno esté viviendo en la casa familiar sin pagar nada y que el otro al tener que irse , tenga que pagar un alquiler o una hipoteca.
Los hijos que no son de ese primer mattimonio, son posteriores pero son anteriores a un posible cambio de custodia compartida a una exclusiva
16/03/2023 10:42
Si ya había una pensión fijada hacia otros hijos sí se tiene en cuenta (generalmente). Que se viva en una casa familiar que esté ya pagada o no en principio no, no cambia por ejemplo si se establecen las medidas un mes antes o un mes después de terminar de pagar una hipoteca. Sí se tiene en cuenta si se proporciona la vivienda a los menores, claro, ya que es parte de los alimentos, pero como digo depende, no es lo mismo si ganas el SMI o eres Amancio Ortega. En las tablas orientativas (hay calculadoras online basadas en ellas que puedes consultar, en la web del poder judicial) puedes ver que se tiene en cuenta solo el salario, no se cuentan los gastos como por ejemplo para pedir una hipoteca. Si hay circunstancias especiales se pueden justificar ante un tribunal, pero "por defecto" solo se consideran los salarios, ya que el código civil habla del caudal económico.