Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

barreras arquitectonicas

1 Comentarios
 
29/10/2010 13:33
Le dire lo que ante una situacion similar me dijeron en el Servicio Vasco de Accesibilidad (seguro que hay un organismo similar en su comunidad autonoma) :

Puestos en gastos es mejor contratar un estudio previo de accesibilidad a un Arquitecto, en el les indicaran cual o cuales son las soluciones tecnicamente viables sin afectar a la seguridad del edificio y resolviendo el problema de accesibilidad. Empeñarse en una unica solucion sin haber estudiado otras posibles puede ser a la larga mas caro y con peor resolucion tecnica.

Legalmente usted puede segunel art 10,4 de LPH: " en caso de discrepancia sobre la naturaleza de las obras que haya que realizar, resolvera lo procedente la junta cde propietarios. Tambien podran los interesados solicitar arbitraje o dictamen tecnico en los terminos que establece la ley".

Las obras de accesibilidad que no superen tres mensualidades tendra que pagarlas. Para las demas dependera de si hay mayores de 70 ominusvalidos en cuyo caso se necesita una mayoria (de la comunidad) y si no los hay 3/5 partes de votos y %.

suerte.
Barreras arquitectonicas
29/10/2010 09:18
con la disculpa de quitar barreras se estan cometiendo abusos serios de gastos ,se aprovecha ha hacer obras carisimas, cambiar el portal con materiales super caros,y leggir la opcion mas cara.
en nuestra comunidad hay diez escaleras de acceso al ascensor, para salvar esta traba se puede hacer una rampa o poner un elevador. bien mi pregunta es la siguiente¿tengo obligacion de aceptar el acceso mas caro que es cambiar todo el ascensor para bajarlo hasta el portal lo cual conlleva un gasto que no me puedo permitir,? ademas tocar la zapata principal del edificio comun ? ¿ las lonjas tienen obligacion de contribuir en los gastos? tambien hay que hacer nuevo todo el portal. espero y agradezco si alguien me puede aclarar este tema ya que ni en la ley esta claro gracias de antemano
barreras arquitectonicas | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

barreras arquitectonicas

1 Comentarios
 
29/10/2010 13:33
Le dire lo que ante una situacion similar me dijeron en el Servicio Vasco de Accesibilidad (seguro que hay un organismo similar en su comunidad autonoma) :

Puestos en gastos es mejor contratar un estudio previo de accesibilidad a un Arquitecto, en el les indicaran cual o cuales son las soluciones tecnicamente viables sin afectar a la seguridad del edificio y resolviendo el problema de accesibilidad. Empeñarse en una unica solucion sin haber estudiado otras posibles puede ser a la larga mas caro y con peor resolucion tecnica.

Legalmente usted puede segunel art 10,4 de LPH: " en caso de discrepancia sobre la naturaleza de las obras que haya que realizar, resolvera lo procedente la junta cde propietarios. Tambien podran los interesados solicitar arbitraje o dictamen tecnico en los terminos que establece la ley".

Las obras de accesibilidad que no superen tres mensualidades tendra que pagarlas. Para las demas dependera de si hay mayores de 70 ominusvalidos en cuyo caso se necesita una mayoria (de la comunidad) y si no los hay 3/5 partes de votos y %.

suerte.
Barreras arquitectonicas
29/10/2010 09:18
con la disculpa de quitar barreras se estan cometiendo abusos serios de gastos ,se aprovecha ha hacer obras carisimas, cambiar el portal con materiales super caros,y leggir la opcion mas cara.
en nuestra comunidad hay diez escaleras de acceso al ascensor, para salvar esta traba se puede hacer una rampa o poner un elevador. bien mi pregunta es la siguiente¿tengo obligacion de aceptar el acceso mas caro que es cambiar todo el ascensor para bajarlo hasta el portal lo cual conlleva un gasto que no me puedo permitir,? ademas tocar la zapata principal del edificio comun ? ¿ las lonjas tienen obligacion de contribuir en los gastos? tambien hay que hacer nuevo todo el portal. espero y agradezco si alguien me puede aclarar este tema ya que ni en la ley esta claro gracias de antemano