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Basado en hechos reales.

7 Comentarios
 
08/11/2006 18:17
perdón, dije "reseñar" entendiendo la toma de huellas dactilares, etc... en calidad de detenidos, pero por supuesto que comparto que si van indocumentados o hay algún género de dudas en la documentación de los mismos, puedes llevarlos a comisaría para tomarles los datos y comprobar la veracidad de los mismos.

08/11/2006 16:19
Pués si Joe, soy Policía Local. Lo que planteo ocurrio en uin control conjunto con la P. Nacional, yo al igual que la mayoría hubiera intervenido el género, filiado a los ocupantes del vehículo y a correr. En inspección de detenidos la instructora puso muchos problemas pero al final se quedaron detenidos y al día siguiente se hicieron las gestiones.

También detuvieron el mismo día a otro conductor que debajo de la rueda de repuesto llevaba una caja de munición de 9mm parabelum, no más de 40 cartuchos y no poseía permiso de armas; por eso realizaba la otra consulta respecto a la cantidad a partir de la cual se considera delito la tenencia de munición; yo en este caso debido a la poca cantidad de munición hubiera levantado un acta por infracción a la Ley 1/92 y no hubiera detenido.

Un saludo.

Un saludo.
08/11/2006 16:00
Buenas/os. Yo estoy con Joe. Acostumbro a ser muy prudente. Les comiso, como mucho, el material y ya vendrán a buscarlo. Si són 3000 euros, pienso que el viaje les sale a cuenta. Es un indicio bastante fiable lo de las bolsas, pero como dice guarromán, no esta prohibida la tenencia de las mismas.
Art. 19 .2.L.O. 1/92: "Para el descubrimineto y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social y para la recogida de instrumentos, efectos o pruebas del mismo, se podra establecer controles en las vias, etc...

salu2
08/11/2006 14:23
Quizás no me expliqué bien, cuando dije lo de la reseña, me refería a si existen dudas sobre su identidad, en especial si van indocumentados, y el traslado y reseña lo efectuaría amparado en el artículo 20 de la L.0. 1/92. Saludos.
08/11/2006 14:08
ojito.

en base a qué detienes a un señor que te puede manifestar que tiene una perfumería en francia y que siempre tiene 100 frascos en el coche?

además, no está prohibida la tenencia de las bolsas que comentas.

creo que ni siquiera podrías reseñarlos (para ello tienen que estar en situación de "detenidos"), por que en base a qué los detienes.

entiendo que la cuestión sería en el momento en el que les paras, realizar las averiguaciones oportunas y si ves que no hay nada, dejarlos.

este es mi punto de vista desde una hipotética postura de abogado de los detenidos.
08/11/2006 12:56
Pues mira que andan extranjeros por ahi con el domicilio del propio despacho donde le arreglan los papeles...
o bien se detienen extranjeros sin domicilio y el propio despacho que le asiste le da el suyo propio...

Que los policias escriban en estos foros me parece algo muy bueno, al fin y al cabo formamos todos parte del mismo engranaje.

saludos.
08/11/2006 10:57
Bien está lo que bien acaba.
Quizás yo hubiese pecado de cobardía, pero yo no los hubiese detenido, los hubiese filiado bien (a pesar de no tener domicilio conocido), si hubiese sido necesario los hubiese llevado al C.N.P. para reseña dactiloscópica, aprehensión de los objetos, informe por escrito al juzgado y... a correr...
Si se llega a descubrir el lugar de procedencia de los objetos y se tiene constancia de la denuncia, informe a C.N.P. o Guardia Civil (parto de la base de que eres Policía Local, si no estoy equivocado) con traspaso de copia de diligencias para que, si están por la labor, los pongan en búsqueda interna para su posterior puesta a disposición judicial.
Se supone que esos delincuentes (presuntos delincuentes) van a seguir actuando en España (dónde mejor van a estar que aquí?) y... ya caerán...
Nunca estás a salvo de una denuncia por detención ilegal.
Saludos.
Basado en hechos reales.
08/11/2006 06:14
En un control policial nocturno de un vehículo se encuentran en el maletero numerosos frascos de colonia de marca así como los utensilios que se utilizan para inutilizar los sistemas de alarmas (bolsas forradas de alumunio para evitar que salte la alarma).

Como quiera que los que portan estos efectos son extranjeros y carecen de domicilio conocido se procede a su detención, si bien se desconoce de donde proceden estos productos y si existe denuncia por la sustracción.

Posteriormente como consecuencia de las investigaciones efectuadas se comprueba que estas colonias se sustrajeron en otra Comunidad Autónoma y existe denuncia por los hechos. El valor de lo sustraido casi alcanza los 3000 euros.

La duda que me surje es ¿que hubiera pasado si no se logra averiguar la procedencia de estos productos?. ¿Se podría acusar a los agentes de detención ilegal o el hecho de portar las bolsas manipuladas para poder eludir las alarmas y la gran cantidad de frascos encontrados se puede deducir la existencia de un hecho que reviste los caracteres de delito y ello justificaría la detención al carecer de domicilio y ser extranjeros?

Un saludo.
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08/11/2006 18:17
perdón, dije "reseñar" entendiendo la toma de huellas dactilares, etc... en calidad de detenidos, pero por supuesto que comparto que si van indocumentados o hay algún género de dudas en la documentación de los mismos, puedes llevarlos a comisaría para tomarles los datos y comprobar la veracidad de los mismos.

08/11/2006 16:19
Pués si Joe, soy Policía Local. Lo que planteo ocurrio en uin control conjunto con la P. Nacional, yo al igual que la mayoría hubiera intervenido el género, filiado a los ocupantes del vehículo y a correr. En inspección de detenidos la instructora puso muchos problemas pero al final se quedaron detenidos y al día siguiente se hicieron las gestiones.

También detuvieron el mismo día a otro conductor que debajo de la rueda de repuesto llevaba una caja de munición de 9mm parabelum, no más de 40 cartuchos y no poseía permiso de armas; por eso realizaba la otra consulta respecto a la cantidad a partir de la cual se considera delito la tenencia de munición; yo en este caso debido a la poca cantidad de munición hubiera levantado un acta por infracción a la Ley 1/92 y no hubiera detenido.

Un saludo.

Un saludo.
08/11/2006 16:00
Buenas/os. Yo estoy con Joe. Acostumbro a ser muy prudente. Les comiso, como mucho, el material y ya vendrán a buscarlo. Si són 3000 euros, pienso que el viaje les sale a cuenta. Es un indicio bastante fiable lo de las bolsas, pero como dice guarromán, no esta prohibida la tenencia de las mismas.
Art. 19 .2.L.O. 1/92: "Para el descubrimineto y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social y para la recogida de instrumentos, efectos o pruebas del mismo, se podra establecer controles en las vias, etc...

salu2
08/11/2006 14:23
Quizás no me expliqué bien, cuando dije lo de la reseña, me refería a si existen dudas sobre su identidad, en especial si van indocumentados, y el traslado y reseña lo efectuaría amparado en el artículo 20 de la L.0. 1/92. Saludos.
08/11/2006 14:08
ojito.

en base a qué detienes a un señor que te puede manifestar que tiene una perfumería en francia y que siempre tiene 100 frascos en el coche?

además, no está prohibida la tenencia de las bolsas que comentas.

creo que ni siquiera podrías reseñarlos (para ello tienen que estar en situación de "detenidos"), por que en base a qué los detienes.

entiendo que la cuestión sería en el momento en el que les paras, realizar las averiguaciones oportunas y si ves que no hay nada, dejarlos.

este es mi punto de vista desde una hipotética postura de abogado de los detenidos.
08/11/2006 12:56
Pues mira que andan extranjeros por ahi con el domicilio del propio despacho donde le arreglan los papeles...
o bien se detienen extranjeros sin domicilio y el propio despacho que le asiste le da el suyo propio...

Que los policias escriban en estos foros me parece algo muy bueno, al fin y al cabo formamos todos parte del mismo engranaje.

saludos.
08/11/2006 10:57
Bien está lo que bien acaba.
Quizás yo hubiese pecado de cobardía, pero yo no los hubiese detenido, los hubiese filiado bien (a pesar de no tener domicilio conocido), si hubiese sido necesario los hubiese llevado al C.N.P. para reseña dactiloscópica, aprehensión de los objetos, informe por escrito al juzgado y... a correr...
Si se llega a descubrir el lugar de procedencia de los objetos y se tiene constancia de la denuncia, informe a C.N.P. o Guardia Civil (parto de la base de que eres Policía Local, si no estoy equivocado) con traspaso de copia de diligencias para que, si están por la labor, los pongan en búsqueda interna para su posterior puesta a disposición judicial.
Se supone que esos delincuentes (presuntos delincuentes) van a seguir actuando en España (dónde mejor van a estar que aquí?) y... ya caerán...
Nunca estás a salvo de una denuncia por detención ilegal.
Saludos.
Basado en hechos reales.
08/11/2006 06:14
En un control policial nocturno de un vehículo se encuentran en el maletero numerosos frascos de colonia de marca así como los utensilios que se utilizan para inutilizar los sistemas de alarmas (bolsas forradas de alumunio para evitar que salte la alarma).

Como quiera que los que portan estos efectos son extranjeros y carecen de domicilio conocido se procede a su detención, si bien se desconoce de donde proceden estos productos y si existe denuncia por la sustracción.

Posteriormente como consecuencia de las investigaciones efectuadas se comprueba que estas colonias se sustrajeron en otra Comunidad Autónoma y existe denuncia por los hechos. El valor de lo sustraido casi alcanza los 3000 euros.

La duda que me surje es ¿que hubiera pasado si no se logra averiguar la procedencia de estos productos?. ¿Se podría acusar a los agentes de detención ilegal o el hecho de portar las bolsas manipuladas para poder eludir las alarmas y la gran cantidad de frascos encontrados se puede deducir la existencia de un hecho que reviste los caracteres de delito y ello justificaría la detención al carecer de domicilio y ser extranjeros?

Un saludo.