Buenos días. Cuenta corriente en banco de 30.000.- euros con TRES TITULARES A- B y C.- El único que aporta los ingresos es A (padre) . B (Esposa) y C (hijo) . Fallece A.- Al día siguiente, el titular C, saca 10.000.- euros de la mencionada cuenta.- ¿ Con este acto, se está aceptando la herencia en su totalidad de forma expresa y/o tácita , con todas sus consecuencias y no dando a lugar YA a la aceptación a beneficio de inventario ni para el titular B y C ?. Saludos y gracias.
Hola, Juan S , gracias por responder. Es decir, si no mal interpreto la contestación.... Acreditar = Documentalmente con recibos, justificantes de pago,etc.- Pero si solo, acredita 2.000.-euros por ejemplo de los 10.000.- del reintegro . ¿ entonces , el montante sobrante , osea , los 8.000.- euros ; sería con este escenario , la aplicación de la ACEPTACIÓN o bien se podría hacer a BENEFICIO INVENTARIO ?. Saludos