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Beneficio de inventario

2 Comentarios
 
Beneficio de inventario
17/07/2019 08:18
Buenos días. Cuenta corriente en banco de 30.000.- euros con TRES TITULARES A- B y C.- El único que aporta los ingresos es A (padre) .
B (Esposa) y C (hijo) .
Fallece A.- Al día siguiente, el titular C, saca 10.000.- euros de la mencionada cuenta.-
¿ Con este acto, se está aceptando la herencia en su totalidad de forma expresa y/o tácita , con todas sus consecuencias y no dando a lugar YA a la aceptación a beneficio de inventario ni para el titular B y C ?.
Saludos y gracias.
17/07/2019 08:57
Marcos1944
Sí. Así es, salvo que C acredite que ese dinero ha sido para atender gastos de la testamentaría, sepelio, etc.
……………………………………………………………………….……...
17/07/2019 10:05
Juan S
Hola, Juan S , gracias por responder.
Es decir, si no mal interpreto la contestación.... Acreditar = Documentalmente con recibos, justificantes de pago,etc.- Pero si solo, acredita 2.000.-euros por ejemplo de los 10.000.- del reintegro .
¿ entonces , el montante sobrante , osea , los 8.000.- euros ; sería con este escenario , la aplicación de la ACEPTACIÓN o bien se podría hacer a BENEFICIO INVENTARIO ?.
Saludos
Beneficio de inventario | PorticoLegal
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Beneficio de inventario
17/07/2019 08:18
Buenos días. Cuenta corriente en banco de 30.000.- euros con TRES TITULARES A- B y C.- El único que aporta los ingresos es A (padre) .
B (Esposa) y C (hijo) .
Fallece A.- Al día siguiente, el titular C, saca 10.000.- euros de la mencionada cuenta.-
¿ Con este acto, se está aceptando la herencia en su totalidad de forma expresa y/o tácita , con todas sus consecuencias y no dando a lugar YA a la aceptación a beneficio de inventario ni para el titular B y C ?.
Saludos y gracias.
17/07/2019 08:57
Marcos1944
Sí. Así es, salvo que C acredite que ese dinero ha sido para atender gastos de la testamentaría, sepelio, etc.
……………………………………………………………………….……...
17/07/2019 10:05
Juan S
Hola, Juan S , gracias por responder.
Es decir, si no mal interpreto la contestación.... Acreditar = Documentalmente con recibos, justificantes de pago,etc.- Pero si solo, acredita 2.000.-euros por ejemplo de los 10.000.- del reintegro .
¿ entonces , el montante sobrante , osea , los 8.000.- euros ; sería con este escenario , la aplicación de la ACEPTACIÓN o bien se podría hacer a BENEFICIO INVENTARIO ?.
Saludos