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Bienes inmuebles (IBI)

7 Comentarios
 
Bienes inmuebles (ibi)
01/08/2003 23:07
Vivo 30 años en el inmueble como arrendatario, he de pagar este impuesto? mi contrato tiene una clasula sobre :derramas pero no dice nada sobre impuestos. atentamente. agradecida
05/08/2003 14:47
Pues si tu contrato tiene 30 años está sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1.964, y con la nueva ley de arrendamientos de 1.994 se estableció que el pago de dicho impuesto corresponde al arrendatario, a no ser que en tu contrato expresamente ponga que la debe pagar el arrendador.
Por tanto, debes abonar tu dicho impuesto pues eso se estableció en la nueva ley de 1.994, cuya reforma en este punto te afecta. Piensa que en caso de no abonar el impuesto pueden desahuciarte de la vivienda.
Suerte.
08/08/2003 17:14
como ya dije: agradecida LAWER
08/08/2003 19:53
Ojo, solo los IBI correspondientes a los años 95 en adelante.
20/08/2003 18:48
Teresa, el ibi, según la Ley de Haciendas Locales y la del catastro inmobiliario, corresponde abonarlo al propietario, o a los titulares de algun derecho real como son el usufructo, la superficie o la concesión administrativa. A TI NO. Que no te engañen. Además, si no se abonan los recibos, primero se embargan las cuentas. ¿A nombre de quién está el recibo?
29/08/2003 20:02
Una cosa es quien sea el sujeto pasivo del tributo, que es el propietario, y otra que este no pueda repercutir su importe al arrendatario.

Ya no sería una deuda de caracter fiscal, sino meramente civil.

Un saludo
16/09/2003 19:06
totalmente de acuerdo con Sergio, ya he visto más de un caso parecido, es totalmente legal repercutir el IBI al arrendatario, aunque en el contrato no diga nada al respecto, todo ello en base a una disposición transitoria de la Lau 94 (no recuerdo ahora el número, creo ke la tercera).
16/09/2003 19:10
la base legal se halla en lay 94, disposición transitoria segunda, apartado c), otros derechos del arrendador, entre los que se incluye el de exigir al arrendatario el IBi, entre otros muchos derechos.
Bienes inmuebles (IBI) | PorticoLegal
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Bienes inmuebles (ibi)
01/08/2003 23:07
Vivo 30 años en el inmueble como arrendatario, he de pagar este impuesto? mi contrato tiene una clasula sobre :derramas pero no dice nada sobre impuestos. atentamente. agradecida
05/08/2003 14:47
Pues si tu contrato tiene 30 años está sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1.964, y con la nueva ley de arrendamientos de 1.994 se estableció que el pago de dicho impuesto corresponde al arrendatario, a no ser que en tu contrato expresamente ponga que la debe pagar el arrendador.
Por tanto, debes abonar tu dicho impuesto pues eso se estableció en la nueva ley de 1.994, cuya reforma en este punto te afecta. Piensa que en caso de no abonar el impuesto pueden desahuciarte de la vivienda.
Suerte.
08/08/2003 17:14
como ya dije: agradecida LAWER
08/08/2003 19:53
Ojo, solo los IBI correspondientes a los años 95 en adelante.
20/08/2003 18:48
Teresa, el ibi, según la Ley de Haciendas Locales y la del catastro inmobiliario, corresponde abonarlo al propietario, o a los titulares de algun derecho real como son el usufructo, la superficie o la concesión administrativa. A TI NO. Que no te engañen. Además, si no se abonan los recibos, primero se embargan las cuentas. ¿A nombre de quién está el recibo?
29/08/2003 20:02
Una cosa es quien sea el sujeto pasivo del tributo, que es el propietario, y otra que este no pueda repercutir su importe al arrendatario.

Ya no sería una deuda de caracter fiscal, sino meramente civil.

Un saludo
16/09/2003 19:06
totalmente de acuerdo con Sergio, ya he visto más de un caso parecido, es totalmente legal repercutir el IBI al arrendatario, aunque en el contrato no diga nada al respecto, todo ello en base a una disposición transitoria de la Lau 94 (no recuerdo ahora el número, creo ke la tercera).
16/09/2003 19:10
la base legal se halla en lay 94, disposición transitoria segunda, apartado c), otros derechos del arrendador, entre los que se incluye el de exigir al arrendatario el IBi, entre otros muchos derechos.