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Burofax finalización del contrato

7 Comentarios
 
04/09/2020 23:32
Y en cuanto a probar los desperfectos del sofá, mire si figuraba en el inventario de muebles del contrato: si no figuraba es como si no existiera; si figurase, aténgase a estos dos artículos del Código Civil:

"Artículo 1562

A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario.

Artículo 1563

El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya."
04/09/2020 23:29
En la respuesta que le he dado se contempla la fecha de su contrato, no se preocupe. El RDL 21/2018 no fue convalidado por el Congreso de los Diputados (fue derogado por resolución de 22 de enero del 2019) y aunque hay quien mantiene, y no es mala opinión, su vigencia durante esos 35 días, de todos modos no modificaba el contenido del art. 11 LAU.
04/09/2020 11:56
Por cierto y no es que yo sea ninguna experta.

Pero antes de entrar en el foro he dado muchísimas vueltas y resulta que es un contrato de alquiler es de fecha de 1 de enero de 2019.

Hay una ley de arrendamientos urbanos que duró muy poquito muy poquito como un mes o una cosa así y lo que yo no sé es si eso cambia en algo la cosa
04/09/2020 11:53
Buenos días gracias por vuestra pronta respuesta.

El sofá no se puede tapizar está destrozado, costaría más tapizar lo que uno nuevo , cuando entré al apartamento avise a la vecina de arriba por si acaso había algún desperfecto importante y ella misma entró conmigo, respecto al burofax no solicita ninguna indemnización en el mismo .
Solamente habla de los desperfectos en la vivienda que yo no he querido reparar y supuestamente de unas amenazas que mi marido le hizo cosa que ni tan siquiera es verdad.

Las palabras de mi marido fueron “tú lo que tienes que hacer es pagar “
04/09/2020 11:48
Coindico plenamente con la acertada respuesta de Hoplon y me permito añadir el matiz de que para probar los desperfectos del sofa habría que asegurar que antes de la entrada del inquilino el sofa estaba bien.
04/09/2020 11:41
Me refería, claro está, a las reformas de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
04/09/2020 11:41
Su contrato se firma entre la Ley 4/2013 y la reforma de marzo del 2019 y hay que atenerse al texto del art. 11 -desistimiento del contrato- vigente en la fecha de firma, enero del 2019.

En dicho artículo se regula el derecho del arrendatario a desistir del contrato con un preaviso de treinta días, y su inquilino lo ha incumplido.

La alegación de defectos sin arreglar no significa nada ni tiene ningún valor.

Tiene que mirar también si en el contrato dicho desistimiento anticipado conlleva una indemnización.

A falta de aclarar lo de la indemnización, esto es lo que puede usted reclamar:

Primero: Mes de agosto, daños en el sofá y suministros impagados.

Segundo: mes de septiembre, por razón del preaviso incumplido.

Para los daños en el tresillo necesitará factura del tapicero, y que un par de testigos (por ejemplo el presidente de la comunidad y el administrador) vean el tresillo roto, y acepten testificar en juicio. Eso, cuanto antes, para no dejar pasar mucho tiempo entre el burofax y la visita de los testigos.

De esos importes hay que descontar la fianza, y a partir de ahí:

Si el resultado de la resta es menor de dos mil euros lo podrá reclamar en juicio verbal sin abogado ni procurador, con un simple formulario.

Si el resultado de la resta es mayor de dos mil euros necesitará abogado y procurador.

Hay que mirar si en el burofax designa nuevo domicilio, si no lo hace se la citará en el trabajo, o por edictos.
Burofax finalización del contrato
04/09/2020 10:42
Buenos días.

Expongo aquí mi tema aunque es un poquito largo a ver si alguien me puede dar solución.

En enero de 2019 firme un contrato por un año, propietaria de un apartamento en enero de 2020 aunque no hay nada por escrito se prorroga por un año más.

Ayer día 3 de septiembre de 2020 recibo un burofax por parte del inquilino diciendo que resolvían unilateralmente el contrato con fecha 1 de septiembre de 2020, en todo este tiempo la inquilina ha ido pagando con retrasos efectivos y contrastados por transferencia bancaria, la entrega de llaves me la hecho dejando las llaves en el buzón, así decía en el burofax, en este momento debe el alquiler correspondiente al mes de agosto más Varias facturas de agua y luz
En el burofax alega que la casa tiene varios desperfectos que yo no he querido arreglar desde enero de 2019, mi pregunta es.

Yo ya entrado en el apartamento recogiendo las llaves del buzón y la casa está más o menos bien pero un sofá de piel nuevo nuevo a estrenar está totalmente roto y arañado por las mascotas que ellos tenían,
Quiero hacer la reclamación por el mes que deben y por avisar de un día para otro más las facturas y los desperfectos ocasionados cuando se han ido no han dejado dirección conocida.

Ella es funcionaria, cómo puedo proceder para la reclamación?
Gracias anticipadas
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Burofax finalización del contrato

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04/09/2020 23:32
Y en cuanto a probar los desperfectos del sofá, mire si figuraba en el inventario de muebles del contrato: si no figuraba es como si no existiera; si figurase, aténgase a estos dos artículos del Código Civil:

"Artículo 1562

A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario.

Artículo 1563

El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya."
04/09/2020 23:29
En la respuesta que le he dado se contempla la fecha de su contrato, no se preocupe. El RDL 21/2018 no fue convalidado por el Congreso de los Diputados (fue derogado por resolución de 22 de enero del 2019) y aunque hay quien mantiene, y no es mala opinión, su vigencia durante esos 35 días, de todos modos no modificaba el contenido del art. 11 LAU.
04/09/2020 11:56
Por cierto y no es que yo sea ninguna experta.

Pero antes de entrar en el foro he dado muchísimas vueltas y resulta que es un contrato de alquiler es de fecha de 1 de enero de 2019.

Hay una ley de arrendamientos urbanos que duró muy poquito muy poquito como un mes o una cosa así y lo que yo no sé es si eso cambia en algo la cosa
04/09/2020 11:53
Buenos días gracias por vuestra pronta respuesta.

El sofá no se puede tapizar está destrozado, costaría más tapizar lo que uno nuevo , cuando entré al apartamento avise a la vecina de arriba por si acaso había algún desperfecto importante y ella misma entró conmigo, respecto al burofax no solicita ninguna indemnización en el mismo .
Solamente habla de los desperfectos en la vivienda que yo no he querido reparar y supuestamente de unas amenazas que mi marido le hizo cosa que ni tan siquiera es verdad.

Las palabras de mi marido fueron “tú lo que tienes que hacer es pagar “
04/09/2020 11:48
Coindico plenamente con la acertada respuesta de Hoplon y me permito añadir el matiz de que para probar los desperfectos del sofa habría que asegurar que antes de la entrada del inquilino el sofa estaba bien.
04/09/2020 11:41
Me refería, claro está, a las reformas de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
04/09/2020 11:41
Su contrato se firma entre la Ley 4/2013 y la reforma de marzo del 2019 y hay que atenerse al texto del art. 11 -desistimiento del contrato- vigente en la fecha de firma, enero del 2019.

En dicho artículo se regula el derecho del arrendatario a desistir del contrato con un preaviso de treinta días, y su inquilino lo ha incumplido.

La alegación de defectos sin arreglar no significa nada ni tiene ningún valor.

Tiene que mirar también si en el contrato dicho desistimiento anticipado conlleva una indemnización.

A falta de aclarar lo de la indemnización, esto es lo que puede usted reclamar:

Primero: Mes de agosto, daños en el sofá y suministros impagados.

Segundo: mes de septiembre, por razón del preaviso incumplido.

Para los daños en el tresillo necesitará factura del tapicero, y que un par de testigos (por ejemplo el presidente de la comunidad y el administrador) vean el tresillo roto, y acepten testificar en juicio. Eso, cuanto antes, para no dejar pasar mucho tiempo entre el burofax y la visita de los testigos.

De esos importes hay que descontar la fianza, y a partir de ahí:

Si el resultado de la resta es menor de dos mil euros lo podrá reclamar en juicio verbal sin abogado ni procurador, con un simple formulario.

Si el resultado de la resta es mayor de dos mil euros necesitará abogado y procurador.

Hay que mirar si en el burofax designa nuevo domicilio, si no lo hace se la citará en el trabajo, o por edictos.
Burofax finalización del contrato
04/09/2020 10:42
Buenos días.

Expongo aquí mi tema aunque es un poquito largo a ver si alguien me puede dar solución.

En enero de 2019 firme un contrato por un año, propietaria de un apartamento en enero de 2020 aunque no hay nada por escrito se prorroga por un año más.

Ayer día 3 de septiembre de 2020 recibo un burofax por parte del inquilino diciendo que resolvían unilateralmente el contrato con fecha 1 de septiembre de 2020, en todo este tiempo la inquilina ha ido pagando con retrasos efectivos y contrastados por transferencia bancaria, la entrega de llaves me la hecho dejando las llaves en el buzón, así decía en el burofax, en este momento debe el alquiler correspondiente al mes de agosto más Varias facturas de agua y luz
En el burofax alega que la casa tiene varios desperfectos que yo no he querido arreglar desde enero de 2019, mi pregunta es.

Yo ya entrado en el apartamento recogiendo las llaves del buzón y la casa está más o menos bien pero un sofá de piel nuevo nuevo a estrenar está totalmente roto y arañado por las mascotas que ellos tenían,
Quiero hacer la reclamación por el mes que deben y por avisar de un día para otro más las facturas y los desperfectos ocasionados cuando se han ido no han dejado dirección conocida.

Ella es funcionaria, cómo puedo proceder para la reclamación?
Gracias anticipadas