Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Burofax, inquilino abandona vivienda debiendo dinero.

3 Comentarios
 
Burofax, inquilino abandona vivienda debiendo dinero.
02/12/2019 11:20
Hola,
En el contrato DE ARRENDAMIENTO en el primer apartado donde dice "REUNIDOS" cuando indiqué los datos del inquilino puse su nombre, apellidos, dni pero como domicilio habitual puse el que estaba en el dni, es decir, donde había vivido anteriormente con sus padres, de hecho, sus padres viven aún ahí.
En otra página del contrato figuraba que a efectos de norificación se utilizaría como dirección la de la vivienda arrendada.
Como el inquilino se ha marchado sin entregar llaves y debiendo dinero, necesito enviar un burofax para reclamar impago, las llaves, firmar contrato de rescisión. Pero si lo envío a la dirección de la vivienda arrendada por lo que me han dicho los vecinos, no le llegará. ¿Es un delito enviar un burofax a la dirección que consta en el apartado reunidos, que es la dirección donde quizá esté viviendo ahora y si no su familia se lo podría hacer llegar?

Gracias.
02/12/2019 11:51
SARAGJ
1.- En primer lugar eso que dice nunca puede ser delito.
2.- SI el contrato dice que el domicilio a efectos de notificaciones es la vivienda arrendada, entonces es la vivienda arrendada. No es cuestión de inventos. El contrato dice lo que dice y si no se quería eso no haberlo firmado.
3.- Lo que debe hacer ud. es enviar el burofax a la vivienda alquilada, porque eso es lo que dice el contrato. Si cuando vaya correos el inquilino no está, Correos le dejará un aviso por 15 días, transcurridos los cuales ud. puede dar por perfectamente notificado el burofax como si se hubiera entregado, ya que el inquilino firmó el contrato donde decía que el domicilio a efectos de notificaciones era la vivienda alquilada, y tendría que haber estado pendiente de mirar el buzón para ver si la habían dejado o no algún aviso (como de hecho ocurrira), y si no lo ha recogido (que no lo recogerá) es única y exclusivamente por culpa del inquilino, porque debería haber estado pendiente y no lo ha estado.
4.- Dicho todo eso, yo que ud. también enviaría un burofax al domicilio de los padres, para mayor seguridad. Es decir: mande ud. 2 y si no contesta (que no contestará) lo demanda con total seguridad y tranquilidad.
02/12/2019 11:51
SARAGJ
Enviar una comunicación bien sea por burofax o por correo certificado nunca puede ser delito.
02/12/2019 13:59
SARAGJ
Nada que se pueda añadir a la intachable opinión de Leonjbr y Johnwick: con mandar un burofax al inmueble arrendado usted cumple, pero si quiere mande usted dos burofax, es posible que cuando le llegue el requerimiento al domicilio de los padres esta noticia le deje ver que va usted a reclamar y le haga, por lo menos, devolver las llaves.
Burofax, inquilino abandona vivienda debiendo dinero. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Burofax, inquilino abandona vivienda debiendo dinero.

3 Comentarios
 
Burofax, inquilino abandona vivienda debiendo dinero.
02/12/2019 11:20
Hola,
En el contrato DE ARRENDAMIENTO en el primer apartado donde dice "REUNIDOS" cuando indiqué los datos del inquilino puse su nombre, apellidos, dni pero como domicilio habitual puse el que estaba en el dni, es decir, donde había vivido anteriormente con sus padres, de hecho, sus padres viven aún ahí.
En otra página del contrato figuraba que a efectos de norificación se utilizaría como dirección la de la vivienda arrendada.
Como el inquilino se ha marchado sin entregar llaves y debiendo dinero, necesito enviar un burofax para reclamar impago, las llaves, firmar contrato de rescisión. Pero si lo envío a la dirección de la vivienda arrendada por lo que me han dicho los vecinos, no le llegará. ¿Es un delito enviar un burofax a la dirección que consta en el apartado reunidos, que es la dirección donde quizá esté viviendo ahora y si no su familia se lo podría hacer llegar?

Gracias.
02/12/2019 11:51
SARAGJ
1.- En primer lugar eso que dice nunca puede ser delito.
2.- SI el contrato dice que el domicilio a efectos de notificaciones es la vivienda arrendada, entonces es la vivienda arrendada. No es cuestión de inventos. El contrato dice lo que dice y si no se quería eso no haberlo firmado.
3.- Lo que debe hacer ud. es enviar el burofax a la vivienda alquilada, porque eso es lo que dice el contrato. Si cuando vaya correos el inquilino no está, Correos le dejará un aviso por 15 días, transcurridos los cuales ud. puede dar por perfectamente notificado el burofax como si se hubiera entregado, ya que el inquilino firmó el contrato donde decía que el domicilio a efectos de notificaciones era la vivienda alquilada, y tendría que haber estado pendiente de mirar el buzón para ver si la habían dejado o no algún aviso (como de hecho ocurrira), y si no lo ha recogido (que no lo recogerá) es única y exclusivamente por culpa del inquilino, porque debería haber estado pendiente y no lo ha estado.
4.- Dicho todo eso, yo que ud. también enviaría un burofax al domicilio de los padres, para mayor seguridad. Es decir: mande ud. 2 y si no contesta (que no contestará) lo demanda con total seguridad y tranquilidad.
02/12/2019 11:51
SARAGJ
Enviar una comunicación bien sea por burofax o por correo certificado nunca puede ser delito.
02/12/2019 13:59
SARAGJ
Nada que se pueda añadir a la intachable opinión de Leonjbr y Johnwick: con mandar un burofax al inmueble arrendado usted cumple, pero si quiere mande usted dos burofax, es posible que cuando le llegue el requerimiento al domicilio de los padres esta noticia le deje ver que va usted a reclamar y le haga, por lo menos, devolver las llaves.