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¿cabe la acumulacion de procesos?

2 Comentarios
 
¿cabe la acumulacion de procesos?
19/11/2010 10:36
PROCESO 1º: mi CLIENTE es demandado, como persona física, por un FONTANERO AUTÓNOMO por el impago de unas facturas tras la prestación de sus servicios en la obra xx.

PROCESO 2º: la S.L.U. de mi CLIENTE demanda al FONTANERO AUTÓNOMO (se trata de una S.L.U. cuyo administrador y socio único es mi cliente) reclamándole una deuda por las roturas de unas tuberias durante la prestación de sus servicios en la obra YY.

Ambas deudas surgen de la misma y continuada relación profesional entre las partes, primero del FONTANERO AUTÓNOMO con la S.L.U. de mi CLIENTE, después con mi CLIENTE personalmente (da de baja en el IAE la S.L.U. por motivos económicos, continuando como autónomo).

Se trata de dos procesos de reclamación de cantidad, los dos en juicio ordinario, en juzgados de 1ª instancia, basados en la misma relación profesional continuada en el tiempo, pero se trata de obras distintas, y además no coinciden demandante y demandado en ambas procesos....

¿Creeis que puedo pedir la acumulación de procesos?



19/11/2010 11:25
El problema es saber si los trabajos por los que el fontanero denuncia a tu cliente los contrató el como autonomo ó el como SLU

Y viceversa si los trabajos por los que tu cliente demanda al fontanero fueron hechos a la SLU o al empresario individual

Si no coinciden no puedes acumularlos
Es más si el fontanero ha demandado a tu cliente persona física por trabajos realizados a la SLU puedes tirar atras esa demanda porque tu cliente persona fisica no es parte
19/11/2010 11:41
Gracias por la rápida respuesta.

Aclaro:
El pago por los trabajos que el fontanero reclama los contrató mi cliente como autónomo, porque ya había dado de baja la S.L.U.

Los trabajos anteriores por los que mi cliente demanda al fontanero fueron hechos a la S.L.U.

No coinciden, pero se trata de una S.L.U. cuyo socio y administrador es mi cliente y ambas deudas están basadas en la misma relación profesional que las dos partes mantienen desde hace años.

Su demanda está bien planteada, pero sigo dudando sobre una posible acumulación de procesos

¿Como lo ves?
¿cabe la acumulacion de procesos? | PorticoLegal
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¿cabe la acumulacion de procesos?
19/11/2010 10:36
PROCESO 1º: mi CLIENTE es demandado, como persona física, por un FONTANERO AUTÓNOMO por el impago de unas facturas tras la prestación de sus servicios en la obra xx.

PROCESO 2º: la S.L.U. de mi CLIENTE demanda al FONTANERO AUTÓNOMO (se trata de una S.L.U. cuyo administrador y socio único es mi cliente) reclamándole una deuda por las roturas de unas tuberias durante la prestación de sus servicios en la obra YY.

Ambas deudas surgen de la misma y continuada relación profesional entre las partes, primero del FONTANERO AUTÓNOMO con la S.L.U. de mi CLIENTE, después con mi CLIENTE personalmente (da de baja en el IAE la S.L.U. por motivos económicos, continuando como autónomo).

Se trata de dos procesos de reclamación de cantidad, los dos en juicio ordinario, en juzgados de 1ª instancia, basados en la misma relación profesional continuada en el tiempo, pero se trata de obras distintas, y además no coinciden demandante y demandado en ambas procesos....

¿Creeis que puedo pedir la acumulación de procesos?



19/11/2010 11:25
El problema es saber si los trabajos por los que el fontanero denuncia a tu cliente los contrató el como autonomo ó el como SLU

Y viceversa si los trabajos por los que tu cliente demanda al fontanero fueron hechos a la SLU o al empresario individual

Si no coinciden no puedes acumularlos
Es más si el fontanero ha demandado a tu cliente persona física por trabajos realizados a la SLU puedes tirar atras esa demanda porque tu cliente persona fisica no es parte
19/11/2010 11:41
Gracias por la rápida respuesta.

Aclaro:
El pago por los trabajos que el fontanero reclama los contrató mi cliente como autónomo, porque ya había dado de baja la S.L.U.

Los trabajos anteriores por los que mi cliente demanda al fontanero fueron hechos a la S.L.U.

No coinciden, pero se trata de una S.L.U. cuyo socio y administrador es mi cliente y ambas deudas están basadas en la misma relación profesional que las dos partes mantienen desde hace años.

Su demanda está bien planteada, pero sigo dudando sobre una posible acumulación de procesos

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