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caducidad de regimen comunitario

3 Comentarios
 
05/01/2011 12:37
Hola. Si te inscribes como pareja de hecho con tu novia y ella está trabajando, te beneficiará en lo atinente a lo económico, a efectos de que pidas la residencia por arraigo social. Cumples el requisito de tiempo de permanencia en España, con el alta como pareja de hecho, el requisito de tener vínculo familiar con otro extranjero residente legal. Al momento de solicitar el informe de inserción social en los serivicios sociales del Ayuntamiento, deben aportar el contrato de trabajo de ella, sus tres últimas nóminas y su hoja de vida laboral, junto con la certificación de inscripción como pareja de hecho. Tú has de aportar, además, certificaciones de pertenencia a clubes, asociaciones, participación en cursos, etc. Obtendrás una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social. Pero será de régimen general, no comunitaria. Si ella solicita la nacionalidad española (por el tiempo que me dices que lleva, ya la puede solicitar, es iberoamericana, le bastan dos años de residencia), cuando la obtenga, podrás volver al régimen comunitario.

Un cordial saludo y suerte.
05/01/2011 01:02
Hola, mil gracias ante todo por la rápida respuesta!
Me pregunto si esos medios de vidas en el extranjero pudieran ser en patrimonio o si solo se refiere a dinero en efectivo en alguna cuenta.
Por otro lado tengo mi novia que es también de nacionalidad cubana, en España tiene régimen de residencia y trabajo temporal. Ya hizo su primera renovación. Ella tiene contrato fijo. Con estas condiciones sería posible también obtener los papeles haciéndonos pareja de hecho o casándonos?

Gracias, Saludos
Tony
04/01/2011 14:02
Hola. En efecto, se hallan en situación irregular, pero pueden regularizarse ambos por la vía del arraigo social.

La vía posible es que, si no cuenta con un contrato de trabajo, pero en cambio dispone de medios económicos propios suficientes (incluso si vienen del extranjero), pida que en el informe de inserción social que deben elaborar los servicios sociales del Ayuntamiento, que se le exima del requisito de contar con un contrato de trabajo. Es una situación poco corriente, pero posible jurídicamente.

Usted cumplía el tiempo para solicitar la nacionalidad española por residencia (dos años), si no la solicitó, ya no la podrá solicitar hasta que nuevamente cumpla los dos años, dado que su residencia en España se ha visto interrumpida por la caída en la irregularidad por la no modificación oportuna de su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión a régimen general.

Otra posible vía, solo sería, si usted tiene pareja española o comunitaria y se inscribe con ella como pareja de hecho, esto le daría acceso, nuevamente al régimen comunitario y por su intermedio, podría regularizar a su madre, siempre que acredite que depende económicamente de usted y su pareja. Esto, no obstante, si su voluntad es la de casarse con su pareja de hecho, es también posible e igualmente le daría acceso al régimen comunitario.

Un cordial saludo y suerte.

Caducidad de regimen comunitario
04/01/2011 03:47
Hola Erick.
Soy Tony, cubano. Durante 4 años y medio tuve mi régimen comunitario que lo obtuve por mi madre que estaba casada con un ciudadano español. Por desinformación no cambiamos el carnet en el momento que ella se divorcio. Ahora nos hemos encontrado con que tenemos que legalizarnos y aparecemos como que llevamos en España ilegales durante 2 años y medio, el tiempo desde que mi madre se divorcio.
Ahora las únicas vías por las que me pueden renovar son el arraigo social, para lo que me piden un contrato por 1 año. Esta condición para la situación en la que nos encontramos en España es bastante difícil.
Quería saber si existía una solución más viable para poder legalizarme, que no sea el contrato de 1 año.
Gracias...

Saludos Tony
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caducidad de regimen comunitario

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05/01/2011 12:37
Hola. Si te inscribes como pareja de hecho con tu novia y ella está trabajando, te beneficiará en lo atinente a lo económico, a efectos de que pidas la residencia por arraigo social. Cumples el requisito de tiempo de permanencia en España, con el alta como pareja de hecho, el requisito de tener vínculo familiar con otro extranjero residente legal. Al momento de solicitar el informe de inserción social en los serivicios sociales del Ayuntamiento, deben aportar el contrato de trabajo de ella, sus tres últimas nóminas y su hoja de vida laboral, junto con la certificación de inscripción como pareja de hecho. Tú has de aportar, además, certificaciones de pertenencia a clubes, asociaciones, participación en cursos, etc. Obtendrás una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social. Pero será de régimen general, no comunitaria. Si ella solicita la nacionalidad española (por el tiempo que me dices que lleva, ya la puede solicitar, es iberoamericana, le bastan dos años de residencia), cuando la obtenga, podrás volver al régimen comunitario.

Un cordial saludo y suerte.
05/01/2011 01:02
Hola, mil gracias ante todo por la rápida respuesta!
Me pregunto si esos medios de vidas en el extranjero pudieran ser en patrimonio o si solo se refiere a dinero en efectivo en alguna cuenta.
Por otro lado tengo mi novia que es también de nacionalidad cubana, en España tiene régimen de residencia y trabajo temporal. Ya hizo su primera renovación. Ella tiene contrato fijo. Con estas condiciones sería posible también obtener los papeles haciéndonos pareja de hecho o casándonos?

Gracias, Saludos
Tony
04/01/2011 14:02
Hola. En efecto, se hallan en situación irregular, pero pueden regularizarse ambos por la vía del arraigo social.

La vía posible es que, si no cuenta con un contrato de trabajo, pero en cambio dispone de medios económicos propios suficientes (incluso si vienen del extranjero), pida que en el informe de inserción social que deben elaborar los servicios sociales del Ayuntamiento, que se le exima del requisito de contar con un contrato de trabajo. Es una situación poco corriente, pero posible jurídicamente.

Usted cumplía el tiempo para solicitar la nacionalidad española por residencia (dos años), si no la solicitó, ya no la podrá solicitar hasta que nuevamente cumpla los dos años, dado que su residencia en España se ha visto interrumpida por la caída en la irregularidad por la no modificación oportuna de su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión a régimen general.

Otra posible vía, solo sería, si usted tiene pareja española o comunitaria y se inscribe con ella como pareja de hecho, esto le daría acceso, nuevamente al régimen comunitario y por su intermedio, podría regularizar a su madre, siempre que acredite que depende económicamente de usted y su pareja. Esto, no obstante, si su voluntad es la de casarse con su pareja de hecho, es también posible e igualmente le daría acceso al régimen comunitario.

Un cordial saludo y suerte.

Caducidad de regimen comunitario
04/01/2011 03:47
Hola Erick.
Soy Tony, cubano. Durante 4 años y medio tuve mi régimen comunitario que lo obtuve por mi madre que estaba casada con un ciudadano español. Por desinformación no cambiamos el carnet en el momento que ella se divorcio. Ahora nos hemos encontrado con que tenemos que legalizarnos y aparecemos como que llevamos en España ilegales durante 2 años y medio, el tiempo desde que mi madre se divorcio.
Ahora las únicas vías por las que me pueden renovar son el arraigo social, para lo que me piden un contrato por 1 año. Esta condición para la situación en la que nos encontramos en España es bastante difícil.
Quería saber si existía una solución más viable para poder legalizarme, que no sea el contrato de 1 año.
Gracias...

Saludos Tony