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Caducidad o prescripcion de la accion de retablecimiento urbanístico

6 Comentarios
 
31/10/2006 20:01
¿SABEIS LO QUE PASA?.¡Que el trato no es igual para todo el mundo!,los jueces juzgan en base a Ley.¿Pero les llega lo de todos por igual?.
Haciendo un recorrido por cualquier periódico, viendo y escuchando algunos programas de TV, en
internet, en un sinfín de medios, salen casos como los de Marbella, Ciempozuelos, Cantabria (En este se perjudica a terceros, por lo tanto FATAL), Canarias......miles de millones de por medio, así que vamos arrastrando. Pero la justicia se justifica metiendo a "El Lute" en la carcel por robar
gallinas. Es decir, metiéndose con las pequeñas cosas. Hacienda, reconocido por los mismos inspectores con los pequeños contribuyentes...que pasa con los que ganan cientos de millones a diario?, lo estamos viendo a diario en la bolsa,¿¡esos son señores respetables!?.
30/07/2006 21:56
creo que incluso a la Administración le convendría llegar a un acuerdo de legalización pues en muchos casos se obtendría un aumento de impuestos via IBI ya que si soncerramientos de terrazas se amplian los metros de viviendas. El caso es ver si perjudica a alguien la obra porque si no no veo la razón de que sigan siendo ilegales despues de tanto tiempo. Un saludo
30/07/2006 21:41
El problema de muchas de estas obras, debería depender de la buena o mala fe. Hay quien las realiza intencionadamente,a sabiendas de que está cometiendo una infracción.La que me atañe fue consentida,verbalmente,por el ayuntamiento de marras, ante la falta de plan urbanístico alguno en la población.El resto un abuso de poder de alguien que era funcionario del ministerio, en Madrid, y tenía una propiedad frente a la mía, la nueva obra le quitaba la vista.
No obstante, el deso de legalización viene más por
la inoperancia de la administración, y el mal efecto que hace cualquier obra paralizada años ha...y "lo que rondaré". Creo que estarían mejor terminadas, aunque lógicamente dándoles el acabado que la
normativa exija y previo pago de la correspondiente licencia.
22/06/2006 21:19
Ojala fuera como tu dices,,,que todos los que tengamos obras ilegales prescritas nos las pudieran legalizar ,,,,habria una fila muy larga supongo.

Estoy pensando en todas las personas que tienen cerramientos de terrazas, balcones o patios de luces, ,duplex ilegales,casas en terreno rustico,,trasteros ilegales,,piscinas ilegales,,enfin,,una larga lista...!yo me apunto a tan magnifica propuesta!!
21/06/2006 08:44
Gracias, Eolo, se que sigue siendo ilegal, y que como tal se mantendría, sin poder hacer mas obra que aquella que signifique conservación -con licencia municipal-. Pero si existe caducidad o prescripción lo que no podrían hacer es demoler..!?
El planteamiento es: No es mejor legalizar a través
de recalificación, que mantener durante tiempo perpetuo algo que según se dice es ilegal?.
17/06/2006 21:19
Por pasividad de la administración existe caducidad y prescripción.
Pero la obra continúa siendo ilegal por fuera de ordenación.

No se fie porque la administracion puede volver por sus fueros.
Caducidad o prescripcion de la accion de retablecimiento urbanístico
15/06/2006 22:04
Por sentencia del Tribunal Supremo de Mayo de 1987 se dió la razón a la administración para que procediese a la demolición de una obra realizada sin licencia y en terreno no urbanizado. Han pasado 19 años,desde la sentencia firme, y este es el momento en que todo sigue igual.

Una demolición no es una sanción, sino el restablecimiento del orden perturbado.Por ello, y puesto que no hay plazo especificado para la ejecución de la acción hay que acogerse al art. 1964 del Codigo Civíl, plazo general de prescripción de quince años.

Actualmente, el art. 518 de la LEC cifra en cinco años el plazo de CADUCIDAD de la acción ejecutiva fundada en sentencia., a contar desde su firmeza.

En ambos casos tanto la PRESCRIPCION, como la CADUCIDAD, se habrían producido.

Las preguntas que me hago son: Tanto en una como en otra situación estaría en situación de fuera de ordenación?. Qué se podría hacer para legalizar la obra y evitar el efecto visual ? (naturalmente que sin demoler).Ciertamente se puede asgurar que ha prescrito o caducado la acción?.
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31/10/2006 20:01
¿SABEIS LO QUE PASA?.¡Que el trato no es igual para todo el mundo!,los jueces juzgan en base a Ley.¿Pero les llega lo de todos por igual?.
Haciendo un recorrido por cualquier periódico, viendo y escuchando algunos programas de TV, en
internet, en un sinfín de medios, salen casos como los de Marbella, Ciempozuelos, Cantabria (En este se perjudica a terceros, por lo tanto FATAL), Canarias......miles de millones de por medio, así que vamos arrastrando. Pero la justicia se justifica metiendo a "El Lute" en la carcel por robar
gallinas. Es decir, metiéndose con las pequeñas cosas. Hacienda, reconocido por los mismos inspectores con los pequeños contribuyentes...que pasa con los que ganan cientos de millones a diario?, lo estamos viendo a diario en la bolsa,¿¡esos son señores respetables!?.
30/07/2006 21:56
creo que incluso a la Administración le convendría llegar a un acuerdo de legalización pues en muchos casos se obtendría un aumento de impuestos via IBI ya que si soncerramientos de terrazas se amplian los metros de viviendas. El caso es ver si perjudica a alguien la obra porque si no no veo la razón de que sigan siendo ilegales despues de tanto tiempo. Un saludo
30/07/2006 21:41
El problema de muchas de estas obras, debería depender de la buena o mala fe. Hay quien las realiza intencionadamente,a sabiendas de que está cometiendo una infracción.La que me atañe fue consentida,verbalmente,por el ayuntamiento de marras, ante la falta de plan urbanístico alguno en la población.El resto un abuso de poder de alguien que era funcionario del ministerio, en Madrid, y tenía una propiedad frente a la mía, la nueva obra le quitaba la vista.
No obstante, el deso de legalización viene más por
la inoperancia de la administración, y el mal efecto que hace cualquier obra paralizada años ha...y "lo que rondaré". Creo que estarían mejor terminadas, aunque lógicamente dándoles el acabado que la
normativa exija y previo pago de la correspondiente licencia.
22/06/2006 21:19
Ojala fuera como tu dices,,,que todos los que tengamos obras ilegales prescritas nos las pudieran legalizar ,,,,habria una fila muy larga supongo.

Estoy pensando en todas las personas que tienen cerramientos de terrazas, balcones o patios de luces, ,duplex ilegales,casas en terreno rustico,,trasteros ilegales,,piscinas ilegales,,enfin,,una larga lista...!yo me apunto a tan magnifica propuesta!!
21/06/2006 08:44
Gracias, Eolo, se que sigue siendo ilegal, y que como tal se mantendría, sin poder hacer mas obra que aquella que signifique conservación -con licencia municipal-. Pero si existe caducidad o prescripción lo que no podrían hacer es demoler..!?
El planteamiento es: No es mejor legalizar a través
de recalificación, que mantener durante tiempo perpetuo algo que según se dice es ilegal?.
17/06/2006 21:19
Por pasividad de la administración existe caducidad y prescripción.
Pero la obra continúa siendo ilegal por fuera de ordenación.

No se fie porque la administracion puede volver por sus fueros.
Caducidad o prescripcion de la accion de retablecimiento urbanístico
15/06/2006 22:04
Por sentencia del Tribunal Supremo de Mayo de 1987 se dió la razón a la administración para que procediese a la demolición de una obra realizada sin licencia y en terreno no urbanizado. Han pasado 19 años,desde la sentencia firme, y este es el momento en que todo sigue igual.

Una demolición no es una sanción, sino el restablecimiento del orden perturbado.Por ello, y puesto que no hay plazo especificado para la ejecución de la acción hay que acogerse al art. 1964 del Codigo Civíl, plazo general de prescripción de quince años.

Actualmente, el art. 518 de la LEC cifra en cinco años el plazo de CADUCIDAD de la acción ejecutiva fundada en sentencia., a contar desde su firmeza.

En ambos casos tanto la PRESCRIPCION, como la CADUCIDAD, se habrían producido.

Las preguntas que me hago son: Tanto en una como en otra situación estaría en situación de fuera de ordenación?. Qué se podría hacer para legalizar la obra y evitar el efecto visual ? (naturalmente que sin demoler).Ciertamente se puede asgurar que ha prescrito o caducado la acción?.