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Caída en vía pública.

3 Comentarios
 
Caída en vía pública.
10/04/2009 20:18
Hola a todos, me gustaría me aconsejarais: Mi mujer se cayó en la acera por culpa de una valla mal colocada en una obra. Intervino la policía local, que hizo su informe, y el Samur. El diagnóstico es rotura de rótula rodilla izq. Fuí al dia siguiente al ayuntamiento para ver lo que debía hacer y a quien demandar y me marearon como a una perdiz.
Acabé por solicitar por escrito el informe policial (donde deben aparecer hasta fotos) y cuando lo tenga en mi poder me iré al juzgado de paz del pueblo para interponer una demanda. ¿Hasta ahí voy bien? Si interpongo la demanda ¿que cuantía reclamo? pues no se cuando se recuperará.
Me gustaría me ayudeis con este tema. Saludos y gracias.
21/04/2009 11:34
Yo lo que haria es ir a medico para evaluacion de daños personales o sino, ir al juzgado de guardia para que sea reconocida por medico forense, mas economico. Pero al juzgado de paz no vayas, no es el organo competente para conocer del asunto.

lawteo@yahoo.es
21/04/2009 13:52
Deberia ponerse en contacto con el responsable de la obra, seguro que tengan una poliza para accidentes y si es así, que den parte a su compañia aseguradora de lo ocurrido.

Eso no le quita para que ustedes puedan reclamar las lesiones que se produjo en la caida, pero al menos la compañia tendra conocimiento. Si no dan ese parte a la compañia, usted luego tendra más problemas a la hora de reclamar a la empresa de la obra que puso las vallas.

Quizas este tema solo lo pueda reclamar por la via civil... porque por la penal tendrá que demostrar que hubo negligencia por parte de la empresa... no vayan a decirle que su mujer pasó por el lugar donde no tenia que pasar o algo asi y que la negligente ha sido ella..

Salvo mejor opinión.
21/04/2009 17:24
lo primero que tiene que hacer es saber contra quién debe dirigirse. Si la obra es municipal, Ayuntamiento (vía administrativa). Y si la obra es privada, frente a la empresa (vía civil).

En estos casos la vía penal no tiene mucho sentido porque la negligencia debería ser muy grave para ser constitutiva de infracción penal.

En cualquier caso, debe esperar al alta de su mujer. A partir de ese momento tiene un año para presentar reclamación previa frente al Ayuntamiento. Debe aportar los informes médicos y demostrar que la caída se produjo por el mal estado de la obra. Si no le dan la razón, deberá presentar una demanda contencioso-administrativa en el juzgado correspondiente.

si va contra la empresa por vía civil, como seguramente reclamará más de 900 euros, necesitará abogado y procurador.


Caída en vía pública. | PorticoLegal
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Caída en vía pública.
10/04/2009 20:18
Hola a todos, me gustaría me aconsejarais: Mi mujer se cayó en la acera por culpa de una valla mal colocada en una obra. Intervino la policía local, que hizo su informe, y el Samur. El diagnóstico es rotura de rótula rodilla izq. Fuí al dia siguiente al ayuntamiento para ver lo que debía hacer y a quien demandar y me marearon como a una perdiz.
Acabé por solicitar por escrito el informe policial (donde deben aparecer hasta fotos) y cuando lo tenga en mi poder me iré al juzgado de paz del pueblo para interponer una demanda. ¿Hasta ahí voy bien? Si interpongo la demanda ¿que cuantía reclamo? pues no se cuando se recuperará.
Me gustaría me ayudeis con este tema. Saludos y gracias.
21/04/2009 11:34
Yo lo que haria es ir a medico para evaluacion de daños personales o sino, ir al juzgado de guardia para que sea reconocida por medico forense, mas economico. Pero al juzgado de paz no vayas, no es el organo competente para conocer del asunto.

lawteo@yahoo.es
21/04/2009 13:52
Deberia ponerse en contacto con el responsable de la obra, seguro que tengan una poliza para accidentes y si es así, que den parte a su compañia aseguradora de lo ocurrido.

Eso no le quita para que ustedes puedan reclamar las lesiones que se produjo en la caida, pero al menos la compañia tendra conocimiento. Si no dan ese parte a la compañia, usted luego tendra más problemas a la hora de reclamar a la empresa de la obra que puso las vallas.

Quizas este tema solo lo pueda reclamar por la via civil... porque por la penal tendrá que demostrar que hubo negligencia por parte de la empresa... no vayan a decirle que su mujer pasó por el lugar donde no tenia que pasar o algo asi y que la negligente ha sido ella..

Salvo mejor opinión.
21/04/2009 17:24
lo primero que tiene que hacer es saber contra quién debe dirigirse. Si la obra es municipal, Ayuntamiento (vía administrativa). Y si la obra es privada, frente a la empresa (vía civil).

En estos casos la vía penal no tiene mucho sentido porque la negligencia debería ser muy grave para ser constitutiva de infracción penal.

En cualquier caso, debe esperar al alta de su mujer. A partir de ese momento tiene un año para presentar reclamación previa frente al Ayuntamiento. Debe aportar los informes médicos y demostrar que la caída se produjo por el mal estado de la obra. Si no le dan la razón, deberá presentar una demanda contencioso-administrativa en el juzgado correspondiente.

si va contra la empresa por vía civil, como seguramente reclamará más de 900 euros, necesitará abogado y procurador.