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Caja seguridad

1 Comentarios
 
09/08/2014 20:14
Le damos algunas directrices sobre las cajas de seguridad. No obstante, debe saber que cada entidad tiene sus propias condiciones que deberá conocer cuando las contrata:

¿A quién se alquila?
Las cajas son un servicio que se oferta a los mejores clientes, como un complemento al resto de servicios que le presta. No existen muchas entidades que presten este servicio, puesto que no es un negocio especialmente rentable para el banco (consumen mucho espacio físico, las comisiones no son muy elevadas) y pueden atraer un público peligroso, no deseable (blanqueo de dinero, negocios oscuros).

¿Qué puede depositar? Documentos, joyas, dinero, etc. Las posibles limitaciones han de venir reflejadas en el contrato, que excluye, como no podía ser de otra manera, sustancias peligrosas, nocivas o de comercialización prohibida. En todo caso, lo que hay dentro de la caja sólo lo conoce en principio el cliente. Ahora bien, dicha confidencialidad suele conllevar que se fije una cantidad cerrada por el Banco en concepto de seguro de los bienes allí depositados ante supuestos de robos, incendios, etc. Si quiere incrementar dicho seguro es posible que deba revelar el contenido de la caja al banco y contratar una ampliación de seguro, o bien contratar externamente otro seguro.

Debe tener en cuenta que la caja puede ser abierta por orden judicial (supongamos un embargo, por ejemplo) y Hacienda considera que también puede acceder al contenido de las mismas. La AEAT tiene información de los titulares y autorizados en dichas cajas de seguridad.

¿Cuánto cuesta? No se puede hablar de un coste medio, ya que varia mucho en función de la caja alquilada, de la entidad, etc. En todo caso, los costes máximos, como en el resto de servicios prestados, los tiene publicados en el libro de comisiones que todas las entidades bancarias han de tener colgado en su web. Sin embargo existen algunas comisiones que le pueden cobrar:
◾Una de apertura (no recuperable) y/o una fianza (recuperable de la caja)
◾Una mensual por alquiler de la caja, que variará en función del tamaño de la misma.
◾Otra cada vez que se visite la caja.
◾La repercusión o suplido de los seguros que hemos comentado.
◾Suplementos a las comisiones anteriores por incorporar autorizados.

Un saludo

https://www.facebook.com/BanulsGonzalez



Caja seguridad
31/07/2014 13:51
Para poder contratar una caja de seguridad hay algunas normas que debamos saber?, y todos los bancos tienen las mismas condiciones ? gracias
Caja seguridad | PorticoLegal
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1 Comentarios
 
09/08/2014 20:14
Le damos algunas directrices sobre las cajas de seguridad. No obstante, debe saber que cada entidad tiene sus propias condiciones que deberá conocer cuando las contrata:

¿A quién se alquila?
Las cajas son un servicio que se oferta a los mejores clientes, como un complemento al resto de servicios que le presta. No existen muchas entidades que presten este servicio, puesto que no es un negocio especialmente rentable para el banco (consumen mucho espacio físico, las comisiones no son muy elevadas) y pueden atraer un público peligroso, no deseable (blanqueo de dinero, negocios oscuros).

¿Qué puede depositar? Documentos, joyas, dinero, etc. Las posibles limitaciones han de venir reflejadas en el contrato, que excluye, como no podía ser de otra manera, sustancias peligrosas, nocivas o de comercialización prohibida. En todo caso, lo que hay dentro de la caja sólo lo conoce en principio el cliente. Ahora bien, dicha confidencialidad suele conllevar que se fije una cantidad cerrada por el Banco en concepto de seguro de los bienes allí depositados ante supuestos de robos, incendios, etc. Si quiere incrementar dicho seguro es posible que deba revelar el contenido de la caja al banco y contratar una ampliación de seguro, o bien contratar externamente otro seguro.

Debe tener en cuenta que la caja puede ser abierta por orden judicial (supongamos un embargo, por ejemplo) y Hacienda considera que también puede acceder al contenido de las mismas. La AEAT tiene información de los titulares y autorizados en dichas cajas de seguridad.

¿Cuánto cuesta? No se puede hablar de un coste medio, ya que varia mucho en función de la caja alquilada, de la entidad, etc. En todo caso, los costes máximos, como en el resto de servicios prestados, los tiene publicados en el libro de comisiones que todas las entidades bancarias han de tener colgado en su web. Sin embargo existen algunas comisiones que le pueden cobrar:
◾Una de apertura (no recuperable) y/o una fianza (recuperable de la caja)
◾Una mensual por alquiler de la caja, que variará en función del tamaño de la misma.
◾Otra cada vez que se visite la caja.
◾La repercusión o suplido de los seguros que hemos comentado.
◾Suplementos a las comisiones anteriores por incorporar autorizados.

Un saludo

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Caja seguridad
31/07/2014 13:51
Para poder contratar una caja de seguridad hay algunas normas que debamos saber?, y todos los bancos tienen las mismas condiciones ? gracias