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calculo base reguladora desempleo

1 Comentarios
 
26/01/2004 13:44
Efectivamente, el INEM cálcula la base reguladora de la prestación dividiendo por 180 la suma de las cotizaciones por la contingencia de desempleo correspondiente a los últimos 180 días cotizados precedentes al día en que se haya producido la situación legal de desempleo.

Esto es lo que viene aplicando el INEM y supongo que aunque existan sentencias contradictorias no hay jurisprudencia del TS que complemente el ordenamiento jurídico en otro sentido. Porque en caso de ser así el INEM tendría que aplicar otro criterio distinto al que viene realizando.

Los 180 días últimos, son los naturales del período y no corresponden al promedio de los seis meses anteriores que es el criterio que se utiliza para la base de cotización.

Un ejemplo: Una persona que tiene cotización mensual (30 días mensuales) que extingue su contrato de trabajo con fecha 31 de Marzo y el día 1 de abril solicita prestaciones por desempleo le tendrán en cuenta para la base reguladora diaria:

Criterio del INEM Días y bases del certificado
31 días de marzo ( 30 días - 1.568,64 €)
28 días de febrero ( 28 días - 1.673,94 €)
31 días de enero (30 días - 1.676,82 €)
31 días de diciembre (30 días -1.658,79 €)
30 días de noviembre (30 días -1.712,88 €)
29 dias de octubre (30 días -1.694,85 €)
(total 180 días) ( total 178 dias)

Si sumamos las bases de cotización del certificado de empresa de los seis meses y hacemos el promedio nos sale: 9.985,92/6= 1.664.32 que dividido entre 30 días= 55,48 € díarios de cotización por contingencia comunes.

Ahora bien para cálcular la base reguladora se hace por los últimos 180 días explicados con anterioridad pero al sumar las cotizaciones serán las mismas a excepción del mes de octubre que al ser 29 días los que corresponden habrá que hacer una regla de tres: si a 31 día correponden 1.694,85 a 29 son 1,585,50 siendo el total de los seis con la nueva cantidad de octubre = 9.876,57 que dividido por 180 = 54,87 día de base reguladora para el cálculo de la prestación.

En los trabajadores que tienen bases de cotización mensuales existe esa diferencia 54,87 € de base reguladora y 55,48 € de base de cotización.

No obstante, si alguien conoce alguna sentencia del T. Supremo que lo diga. Pero el criterio que se está aplicando es el establecido en la Ley General de la Seguridad Social y en el Real Decreto 625/1.985 de 2 de abril.

Saludos.


Calculo base reguladora desempleo
23/01/2004 22:10
Hola a todos: Un caso de Auxi. adtvo. cotizacion mensual por 30 días.base cotizacion de 1154,81 euros.
yo creo que tiene que ser 1154,81x6/180=38,49

El inem, ( donde se ha tramitado) me calcula dividiendo cada base de cotizacion por los días del mes que corresponda, así por ejemplo en octubre que tiene 31 días, me divide las 1154,81/31.... y finalmente suma los 180 días, de tal manera que la base reguladora sale menos que de la otra manera.

Se que hay sentencias de diferentes Tribunales Superiores de Justicia en sentidos opuestos en relacion a este tema.

Sabeis alguno si existe alguna sentencia del Tribunal Supremo en este sentido? Gracias de antemano. y saludos
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26/01/2004 13:44
Efectivamente, el INEM cálcula la base reguladora de la prestación dividiendo por 180 la suma de las cotizaciones por la contingencia de desempleo correspondiente a los últimos 180 días cotizados precedentes al día en que se haya producido la situación legal de desempleo.

Esto es lo que viene aplicando el INEM y supongo que aunque existan sentencias contradictorias no hay jurisprudencia del TS que complemente el ordenamiento jurídico en otro sentido. Porque en caso de ser así el INEM tendría que aplicar otro criterio distinto al que viene realizando.

Los 180 días últimos, son los naturales del período y no corresponden al promedio de los seis meses anteriores que es el criterio que se utiliza para la base de cotización.

Un ejemplo: Una persona que tiene cotización mensual (30 días mensuales) que extingue su contrato de trabajo con fecha 31 de Marzo y el día 1 de abril solicita prestaciones por desempleo le tendrán en cuenta para la base reguladora diaria:

Criterio del INEM Días y bases del certificado
31 días de marzo ( 30 días - 1.568,64 €)
28 días de febrero ( 28 días - 1.673,94 €)
31 días de enero (30 días - 1.676,82 €)
31 días de diciembre (30 días -1.658,79 €)
30 días de noviembre (30 días -1.712,88 €)
29 dias de octubre (30 días -1.694,85 €)
(total 180 días) ( total 178 dias)

Si sumamos las bases de cotización del certificado de empresa de los seis meses y hacemos el promedio nos sale: 9.985,92/6= 1.664.32 que dividido entre 30 días= 55,48 € díarios de cotización por contingencia comunes.

Ahora bien para cálcular la base reguladora se hace por los últimos 180 días explicados con anterioridad pero al sumar las cotizaciones serán las mismas a excepción del mes de octubre que al ser 29 días los que corresponden habrá que hacer una regla de tres: si a 31 día correponden 1.694,85 a 29 son 1,585,50 siendo el total de los seis con la nueva cantidad de octubre = 9.876,57 que dividido por 180 = 54,87 día de base reguladora para el cálculo de la prestación.

En los trabajadores que tienen bases de cotización mensuales existe esa diferencia 54,87 € de base reguladora y 55,48 € de base de cotización.

No obstante, si alguien conoce alguna sentencia del T. Supremo que lo diga. Pero el criterio que se está aplicando es el establecido en la Ley General de la Seguridad Social y en el Real Decreto 625/1.985 de 2 de abril.

Saludos.


Calculo base reguladora desempleo
23/01/2004 22:10
Hola a todos: Un caso de Auxi. adtvo. cotizacion mensual por 30 días.base cotizacion de 1154,81 euros.
yo creo que tiene que ser 1154,81x6/180=38,49

El inem, ( donde se ha tramitado) me calcula dividiendo cada base de cotizacion por los días del mes que corresponda, así por ejemplo en octubre que tiene 31 días, me divide las 1154,81/31.... y finalmente suma los 180 días, de tal manera que la base reguladora sale menos que de la otra manera.

Se que hay sentencias de diferentes Tribunales Superiores de Justicia en sentidos opuestos en relacion a este tema.

Sabeis alguno si existe alguna sentencia del Tribunal Supremo en este sentido? Gracias de antemano. y saludos