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Cálculo br ipt para profesión habitual

1 Comentarios
 
Cálculo br ipt para profesión habitual
15/04/2019 11:39
Hlo buenas desde asturias mi nombre es jose manuel tengo 57 años y 43 cotizados a la SS en regimen general el 27/02/2019 me concedieron una IPT para profasion havitual
Mi pregunta es la siguiente en los años 2012y2013 estuve de excedencia por cuidado de familiar 19 meses la base de calculo se cogen los ultimos 8 años el primer año me cuenta como cotizado el tiempo restante con la base minima existente pero no la mia sino la que existe en ese momento en la base de calculo de la SS quisiera saber si es correcto
me tiene que hacer el coeficiente por años cotizados o no cuenta gracias
16/04/2019 19:36
Pirinaico
Hola. Efectivamente, al tener más de 52 años de edad, la base reguladora de la incapacidad permanente se calcula en base a las cotizaciones efectuadas en los 8 últimos años anteriores a la incapacidad. El primer año de excedencia por cuidado de un familiar cotiza como si se estuviese trabajando. El resto de años no hay cotización, existiendo una laguna de cotización y por ello el INSS computa la base mínima de cotización de dicho período de laguna ( 753 € en al año 2013).
Por otra parte no te aplican ningún coeficiente reductor en la base reguladora pues , sumando los años cotizados más los años que te faltan hasta los 65 años edad, superas los 35 años de cotización. Por tanto la pensión de IP Total, será el 75 % ( 55 % más 20 % por tener más de 55 años de edad) multiplicado por el 100 % ( por los años cotizados) de la base reguladora de los 8 últimos años .
Saludos
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15/04/2019 11:39
Hlo buenas desde asturias mi nombre es jose manuel tengo 57 años y 43 cotizados a la SS en regimen general el 27/02/2019 me concedieron una IPT para profasion havitual
Mi pregunta es la siguiente en los años 2012y2013 estuve de excedencia por cuidado de familiar 19 meses la base de calculo se cogen los ultimos 8 años el primer año me cuenta como cotizado el tiempo restante con la base minima existente pero no la mia sino la que existe en ese momento en la base de calculo de la SS quisiera saber si es correcto
me tiene que hacer el coeficiente por años cotizados o no cuenta gracias
16/04/2019 19:36
Pirinaico
Hola. Efectivamente, al tener más de 52 años de edad, la base reguladora de la incapacidad permanente se calcula en base a las cotizaciones efectuadas en los 8 últimos años anteriores a la incapacidad. El primer año de excedencia por cuidado de un familiar cotiza como si se estuviese trabajando. El resto de años no hay cotización, existiendo una laguna de cotización y por ello el INSS computa la base mínima de cotización de dicho período de laguna ( 753 € en al año 2013).
Por otra parte no te aplican ningún coeficiente reductor en la base reguladora pues , sumando los años cotizados más los años que te faltan hasta los 65 años edad, superas los 35 años de cotización. Por tanto la pensión de IP Total, será el 75 % ( 55 % más 20 % por tener más de 55 años de edad) multiplicado por el 100 % ( por los años cotizados) de la base reguladora de los 8 últimos años .
Saludos