Hola, mi situación es la siguiente.
Dispongo de dos años de prestación. El otro día hice un contrato de un día con una empresa y vía telemática reanude mi paro. Según me informaron en mi oficina del Inem, con este tipo de contratos solo se resta a la prestación el día trabajado.
Cuál es mi sorpresa, al mirar el recibo de mi prestación para el siguiente mes, que por haber trabajado un día he perdido 66,03€ de mi prestación.
No entiendo si mi base de cotización diaria es del 60% sobre 55,63€. Es decir, 33,37€ por día.
Por qué si solo he trabajado un día no se me restan solo los 33,37€?
Mi duda es, como recalculan la prestación? Sobre qué bases?
Por otro lado, la empresa que me contrató un día hace figurar en mi certificado de empresa fin de contrato que mi base de cotización contigencias comunes es de 69,54€ y para la base de cotización al desempleo es la misma, 69,54€. Aunque tengo entendido que esto no afecta a mi prestación anterior. Puede que sea por esto?
Es un tema que me preocupa bastante, ya que voy a realizar mas contratos por días con esta empresa. Pero me da que pensar el hacerlo, porque trabajando estoy perdiendo dinero!! y es ilógico no?
Por favor, si me pudieran ayudar con el tema.
Muchas gracias
No que va!. Eso lo sabía porque todos los meses cobro lo mismo de paro. Independientemente si el mes tiene 30 o 31 días.
De todas formas gracias por tu repuesta.... nunca se sabe
A ver si voy a la oficina del Inem para que me lo expliquen!!
Otra cosa que te ha podido ocurrir. Al hacer la reanudación telematicamente, fíjate si la reanudación te la ha hecho desde el día que dejaste de trabajar o un día posterior. Por ejemplo, si trabajaste el día 3, mira si se te ha reanudado desde el 4 o desde el 5.
Las vacaciones retribuidas y no difrutadas se considera periodo cotizado. Suele ocurrir que en contratos temporales de cortísima duración, se comunica a la Seguridad Social días de vacaciones retribuidas y no disfrutadas. No sería extraño que con sólo un día trabajado, tengas un día de vacación. Al hacerlo telemáticamente la reanudación, te coge este día y te reanuda a partir de la finalización de la reanudación.
Tampoco, ya miré eso! Como no sea lo que comentas del día de vacaciones...
Aún así imagina si hago 10 días de contrato al mes, me seguirá no saliendo rentable el trabajar?!
que vamos a ver, no quiero generar ninguna duda.... no es mi caso. Yo quiero trabajar, y más aún porque probablemente en esta empresa después de algunos contratos de estos a tiempo parcial, me ofrezcan a tiempo completo.
Pero no es normal, que estando en casa y cobrando el paro se gane mas!!! no?!! no entiendo no entiendo como lo calculan, por mas que lo miro y mas vueltas que le de...
Mira te adjunto un extracto de la nómina a percibir como prestación por el Inem. A ver si cuatro ojos ven mas que dos! jijijij
El día que yo trabajé fue el día 20/11/2010.
Ah!! por fin lo entiendo gracias a tu explicación!! Ahora me coindice todo!!!
Vamos que ha coincidido lo de el contrato por un día, justo con que han pasado 6 meses desde que empece a cobrar el paro, fecha en la que el Inem lo regula y baja el tramo de porcentaje sobre la B.reguladora al 60%.... verdad?!!
Bueno pues gracias a tu aclaración seguiré trabajando estos contratos por un día!!!! jajjajaj :)
la verdad es que también espero que lleguen a mas.... aunque suene raro me encanta trabajar y mas en lo mío!! solo lo dejé porque mi empresa quebró :(