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Calculo Indeminzación

2 Comentarios
 
Calculo indeminzación
18/12/2006 11:14
Hola a todos, tengo alguna duda para calcular una indemnización por despido (causas objetivas).
Son 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades, este caso llega al tope, entonces ¿no tengo que calcular importe diario? me refiero a las pagas, en otro caso yo calculo el importe diario según conceptos salariales las parte proporcional de pagas. Como habla de 12 mensualidades ¿tan solo sería el importe de un mes * 12?
Otra duda, siendo un trabajador que cada 15 días cobra nocturnidad por turno, contaría este concepto para el cálculo de la indeminación.
Muchas gracias.
18/12/2006 15:21
¿Nadie me sabe contestar?
Es que no me parece muy justo, calculando la indemnización a una persona que lleva mas de 20 años en la empresa cobra menos que otra con 15 años.
18/12/2006 19:18
Tienes que calcular el importe diario, y en el mismo incluirás las pagas extraordinarias.

Para calcular el importe diario, calcula la retribucion bruta anual (hay que incluir todos los complementos salariales, pagas extras ...) y divídela por 360 (sueldo mensual), o 365 (sueldo diario).

Como muy bien dices, el número de días de indemnización no podrá superar la anualidad, es decir, que si lleva 15 años en la empresa, el número de días de indemnización serán 20x15= 300 días de indemnización (no llegaría al tope).

Ahora bien, si llevara 20 años, entonces serían 360 días de indemnización (por superar el tope, aunque en este caso, si no hubiera tope, le corresponderían 400 días).

En cuanto a lo que dices en tu segunda intervención, me parece que eso no es posible.

Salvo mejor opinión. Un saludo.
Calculo Indeminzación | PorticoLegal
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Calculo indeminzación
18/12/2006 11:14
Hola a todos, tengo alguna duda para calcular una indemnización por despido (causas objetivas).
Son 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades, este caso llega al tope, entonces ¿no tengo que calcular importe diario? me refiero a las pagas, en otro caso yo calculo el importe diario según conceptos salariales las parte proporcional de pagas. Como habla de 12 mensualidades ¿tan solo sería el importe de un mes * 12?
Otra duda, siendo un trabajador que cada 15 días cobra nocturnidad por turno, contaría este concepto para el cálculo de la indeminación.
Muchas gracias.
18/12/2006 15:21
¿Nadie me sabe contestar?
Es que no me parece muy justo, calculando la indemnización a una persona que lleva mas de 20 años en la empresa cobra menos que otra con 15 años.
18/12/2006 19:18
Tienes que calcular el importe diario, y en el mismo incluirás las pagas extraordinarias.

Para calcular el importe diario, calcula la retribucion bruta anual (hay que incluir todos los complementos salariales, pagas extras ...) y divídela por 360 (sueldo mensual), o 365 (sueldo diario).

Como muy bien dices, el número de días de indemnización no podrá superar la anualidad, es decir, que si lleva 15 años en la empresa, el número de días de indemnización serán 20x15= 300 días de indemnización (no llegaría al tope).

Ahora bien, si llevara 20 años, entonces serían 360 días de indemnización (por superar el tope, aunque en este caso, si no hubiera tope, le corresponderían 400 días).

En cuanto a lo que dices en tu segunda intervención, me parece que eso no es posible.

Salvo mejor opinión. Un saludo.