Los días de I.T. no se tienen en cuenta para el cálculo del 4,5%, y yo en mi caso pago este concepto indemnizatorio exclusivamente sobre los conecptos de las tablas salariales (s. base, plus actividad, pagas extras y vacaciones), sin tener en cuenta incentivos ni horas extras.
- Actualmente trabajo en una empresa, desde el día 10/01/05, con contrato de fijo de obra que va a finalizar en los próximos días.
- Tengo un sueldo verbalmente acordado con la empresa, superior a lo establecido en el Convenio Colectivo, por lo que la diferencia entre lo acorado y el Convenio va reflejado en nómina en concepto de incentivo.
- Esporádicamente hago algunas horas extras que también van reflejadas en nómina.
- Desde el día 25/10/05 hasta el 21/1/05 estuve en baja por IT.
- Podría por favor decirme alguien si para el cálculo del 4,5% de indemnización por cese se debe tener en cuenta lo que he cobrado por incentivos, horas extras y días de IT. ?