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cálculo indemnización por despido

8 Comentarios
 
15/05/2012 18:29
Vale vale! Si! 20 años! Ahora lo he visto. Disculpa.
15/05/2012 17:46
Pero no entiendo porqué cuenta hasta 18 de diciembre de 2011, si el despido es el 15 de mayo de 2012.
15/05/2012 17:40
Si una persona nace el 18 de diciembre de 1991, el 18 de Diciembre de 2011, ¿cuantos años cumple? 20 años, no?

El mes de diciembre de 1991 cuenta como un mes completo, y el de diciembre de 2011 como otro mes completo, luego tienes enero y febrero completo, por eso son 2 meses fuera del cómputo completo de años, que son 20, no 21.

Un saludo.
15/05/2012 17:37
entonces si es un error suyo y no por nada especial, sí que serían 21 años, pero cambiaría a 2 meses por lo que usted me ha dicho. correcto.

muchas gracias! no me había percatado de esa disposición transitoria.

Muy agradecida!
15/05/2012 17:17
contabilizas del 18 de diciembre de 1991 a 18 de diciembre de 2011 por algo en especial?

y muchas gracias por lo apuntado!
15/05/2012 17:14
el total es del 18 de diciembre de 1991 a 15 mayo de 2012.

15/05/2012 17:04
Por cierto, no son 21 años sino 20 años (del 18 de diciembre de 1991 a 18 de diciembre de 2011 han pasado 20 años, no 21). Y son 2 meses, no 3 (diciembre de 2011 ya está contabilizado dentro de los años completos).

20 x 45 días = 900 días.
3,75 x 2 meses = 7,50 días.
907,50 x 35,47 = 32.189,03 euros.

Un saludo.

15/05/2012 16:55
Salario regulador = 35,47

Indemnización = 35,47 x 956,25 días (no se redondean los días) = 33.918,19 euros.

No hay nada más que añadir porque los días calculados anteriores a la reforma suman más que 720 días que marca la reforma laboral. En ese caso, la indemnización resultante es el cálculo hecho en base a los 45 días de antes de la reforma.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdl3-2012.html

DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Indemnizaciones por despido improcedente.

2. La indemnización por despido improcedente de los contratos formalizados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha de entrada en vigor y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior. El importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley resultase un número de días superior, (*******) en cuyo caso se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que dicho importe pueda ser superior a 42 mensualidades, en ningún caso.



Un saludo.
Cálculo indemnización por despido
15/05/2012 16:20
Lo hago manual y me salen estos resultados, pero con las calculadoras q hay directas no me sale lo mismo (q deberia ser segun las calculadoras = 32.160’78 euros.)
. creo q me equivoco en el cómputo de los meses? cómo se cuentan?

Datos: de 18 de diciembre de 1991 a 15 mayo de 2012.

salario mensual incluido prorrateo: 1.078'91 euros

Indemnización correspondiente al período 18 de diciembre de 1991 a 11 de febrero de 2012 (21 años y 3 meses de antigüedad) correspondería:

45 días x 21 años = 945 días

(45 días x 3 meses) / 12 meses = 11’25 días = 12 días

Lo que suma un total de 957 días de indemnización.

Salario diario que ha de servir de módulo para el cálculo de la indemnización:

(1.078’91 x 12) / 365 = 35,47 euros

Importe de la indemnización hasta el 11 de febrero de 2012:

35,47 euros x 957 días = 33.944,79 euros


Indemnización correspondiente al período 12 de febrero a 15 de maig de 2012 (3 meses):

(33 días x 3 meses) / 12 meses = 8,25 días, redondeando: 9 días

35,47 euros x 9 días = 319,23 euros

Importe total de la indemnización: 33.944,79 euros 319,23 euros = 34.264,02 euros

muchas gracias!
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8 Comentarios
 
15/05/2012 18:29
Vale vale! Si! 20 años! Ahora lo he visto. Disculpa.
15/05/2012 17:46
Pero no entiendo porqué cuenta hasta 18 de diciembre de 2011, si el despido es el 15 de mayo de 2012.
15/05/2012 17:40
Si una persona nace el 18 de diciembre de 1991, el 18 de Diciembre de 2011, ¿cuantos años cumple? 20 años, no?

El mes de diciembre de 1991 cuenta como un mes completo, y el de diciembre de 2011 como otro mes completo, luego tienes enero y febrero completo, por eso son 2 meses fuera del cómputo completo de años, que son 20, no 21.

Un saludo.
15/05/2012 17:37
entonces si es un error suyo y no por nada especial, sí que serían 21 años, pero cambiaría a 2 meses por lo que usted me ha dicho. correcto.

muchas gracias! no me había percatado de esa disposición transitoria.

Muy agradecida!
15/05/2012 17:17
contabilizas del 18 de diciembre de 1991 a 18 de diciembre de 2011 por algo en especial?

y muchas gracias por lo apuntado!
15/05/2012 17:14
el total es del 18 de diciembre de 1991 a 15 mayo de 2012.

15/05/2012 17:04
Por cierto, no son 21 años sino 20 años (del 18 de diciembre de 1991 a 18 de diciembre de 2011 han pasado 20 años, no 21). Y son 2 meses, no 3 (diciembre de 2011 ya está contabilizado dentro de los años completos).

20 x 45 días = 900 días.
3,75 x 2 meses = 7,50 días.
907,50 x 35,47 = 32.189,03 euros.

Un saludo.

15/05/2012 16:55
Salario regulador = 35,47

Indemnización = 35,47 x 956,25 días (no se redondean los días) = 33.918,19 euros.

No hay nada más que añadir porque los días calculados anteriores a la reforma suman más que 720 días que marca la reforma laboral. En ese caso, la indemnización resultante es el cálculo hecho en base a los 45 días de antes de la reforma.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdl3-2012.html

DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Indemnizaciones por despido improcedente.

2. La indemnización por despido improcedente de los contratos formalizados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha de entrada en vigor y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior. El importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley resultase un número de días superior, (*******) en cuyo caso se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que dicho importe pueda ser superior a 42 mensualidades, en ningún caso.



Un saludo.
Cálculo indemnización por despido
15/05/2012 16:20
Lo hago manual y me salen estos resultados, pero con las calculadoras q hay directas no me sale lo mismo (q deberia ser segun las calculadoras = 32.160’78 euros.)
. creo q me equivoco en el cómputo de los meses? cómo se cuentan?

Datos: de 18 de diciembre de 1991 a 15 mayo de 2012.

salario mensual incluido prorrateo: 1.078'91 euros

Indemnización correspondiente al período 18 de diciembre de 1991 a 11 de febrero de 2012 (21 años y 3 meses de antigüedad) correspondería:

45 días x 21 años = 945 días

(45 días x 3 meses) / 12 meses = 11’25 días = 12 días

Lo que suma un total de 957 días de indemnización.

Salario diario que ha de servir de módulo para el cálculo de la indemnización:

(1.078’91 x 12) / 365 = 35,47 euros

Importe de la indemnización hasta el 11 de febrero de 2012:

35,47 euros x 957 días = 33.944,79 euros


Indemnización correspondiente al período 12 de febrero a 15 de maig de 2012 (3 meses):

(33 días x 3 meses) / 12 meses = 8,25 días, redondeando: 9 días

35,47 euros x 9 días = 319,23 euros

Importe total de la indemnización: 33.944,79 euros 319,23 euros = 34.264,02 euros

muchas gracias!