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Calculo pesion i.p.absoluta

9 Comentarios
 
Calculo pesion i.p.absoluta
03/04/2014 14:39
Hola buenos dias.
Recientemente se me ha reconocido una i.P.Absoluta por enfermedad comun.
Le he echado un vistazo a la web de la s.Social para saber como se hace el calculo de la pension y me surgen 2 dudas,que son las siguientes:
1-en mi caso las pagas extraordinarias van prorrateadas en la nomina de cada mes ¿ se hace el calculo igual que para el supuesto que las pagas vayan aparte ,2 veces al año?.O se calcula de forma diferente.
2-Mi jornada de trabajo es de 7 horas diarias.¿Habria que hacer el calculo de 8 horas o no ¿ dado que para cotizar un año entero la s. Social hace el computo de 8 horas diarias.
Haber si me podeis echar un cable,muchas gracias de antemano.
03/04/2014 17:42
El pago de incapacidad absoluta es lo que resulte de la base reguladora. Eso depende de tus cotizaciones.
Si te resulta mas de 600 euros eso cobras.
Si resulta menos miran su situación familiar y hacen un ajuste con mínimos. Eso depende repito de su caso particular.
03/04/2014 17:46
Lo que resulte de tu base reguladora en tu caso te dan el 100 % 100 . dan 14 pagas.
Últimamente este tipo de incapacidad es revisable hasta alcanzar la edad de jubilación.
03/04/2014 19:00
Hola gloismena.
Eso que me indicas lo se,que el pago es lo que resulte de la base reguladora.
Suma de todas las bases de cotizaciones que comprenda el periodo exigible en cada caso,dividido por el numero de meses que comprende tal periodo y multiplicado por 1,1666.
La duda que me surge es la que comento al enviar el post,que si se hace el calculo igual con las pagas prorrateadas en cada una de las bases o se hace el calculo de forma diferente y lo de las horas.Gracias de todas formas.
03/04/2014 20:54
La base de cotización es la misma aunque se tengan las pagas prorrateadas o no. Se cotiza cada mes por la parte proporcional de las pagas, aunque no se cobren hasta julio y diciembre.
03/04/2014 21:17
Muchas gracias por la aclaracion,mosca cojonera.Entonces el calculo se hace indiferentemente.
Y por favor alguien que me pueda indicar sobre como se calcula con jornada parcial de 7 horas,ya que al ser la jornada de 8 h.Para el computo,supongo que se tendrian que ampliar el numero de bases de cotizacion hasta alcanzar el periodo exigible.
03/04/2014 22:44
No se que edad tienes . Pero si te han concedido la ipa es porque reúnes los requisitos.
a la hora de mirar e tiempo parcial todo lo sacan por 8 horas es decir si te exigen 8 años y por ejemplo mi caso era un contrato de 4 me miraron los últimos 15 años porque me exijían 7 y algo...
El tiempo parcial tiene unas modificaciones actualmente. cuando lo mio el tiempo parcial se multiplicaba por 1,5. Ahora no lo se.
Saca una hoja de vida laboral y si tienes más o menos los últimos 8 años cobrando casi lo mismo eso es lo que cobrarás.
03/04/2014 22:46
Hay personas que tienen muchos años cotizadas con una buena base .pero los últimos años que son clave trabajan a tiempo parcial y eso baja mucho la pensión . De seguro que si explicas tus números alguien del foro te ayuda.
10/04/2014 20:35
bueno en definitiva el calculo de la pension hay que hacerlo segun la norma que afecta a los trabajadores a tiempo parcial,con lo cual el resultado es proporcionalmente menor,(segun el coeficiente de parcialidad),que un trabajador a tiempo completo.
entonces pregunto,¿si un trabajador a tiempo parcial tiene cotizados a tiempo completo,la totalidad del periodo exigible para la prestacion,tendria derecho si lo solicita a que la seguridad social le hiciera el calculo sobre tiempo completo?
gracias.
10/04/2014 20:38
la diferencia en la cuantia de la pension es considerable,si se hace el calculo a tiempo completo y no a tiempo parcial.
Calculo pesion i.p.absoluta | PorticoLegal
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03/04/2014 14:39
Hola buenos dias.
Recientemente se me ha reconocido una i.P.Absoluta por enfermedad comun.
Le he echado un vistazo a la web de la s.Social para saber como se hace el calculo de la pension y me surgen 2 dudas,que son las siguientes:
1-en mi caso las pagas extraordinarias van prorrateadas en la nomina de cada mes ¿ se hace el calculo igual que para el supuesto que las pagas vayan aparte ,2 veces al año?.O se calcula de forma diferente.
2-Mi jornada de trabajo es de 7 horas diarias.¿Habria que hacer el calculo de 8 horas o no ¿ dado que para cotizar un año entero la s. Social hace el computo de 8 horas diarias.
Haber si me podeis echar un cable,muchas gracias de antemano.
03/04/2014 17:42
El pago de incapacidad absoluta es lo que resulte de la base reguladora. Eso depende de tus cotizaciones.
Si te resulta mas de 600 euros eso cobras.
Si resulta menos miran su situación familiar y hacen un ajuste con mínimos. Eso depende repito de su caso particular.
03/04/2014 17:46
Lo que resulte de tu base reguladora en tu caso te dan el 100 % 100 . dan 14 pagas.
Últimamente este tipo de incapacidad es revisable hasta alcanzar la edad de jubilación.
03/04/2014 19:00
Hola gloismena.
Eso que me indicas lo se,que el pago es lo que resulte de la base reguladora.
Suma de todas las bases de cotizaciones que comprenda el periodo exigible en cada caso,dividido por el numero de meses que comprende tal periodo y multiplicado por 1,1666.
La duda que me surge es la que comento al enviar el post,que si se hace el calculo igual con las pagas prorrateadas en cada una de las bases o se hace el calculo de forma diferente y lo de las horas.Gracias de todas formas.
03/04/2014 20:54
La base de cotización es la misma aunque se tengan las pagas prorrateadas o no. Se cotiza cada mes por la parte proporcional de las pagas, aunque no se cobren hasta julio y diciembre.
03/04/2014 21:17
Muchas gracias por la aclaracion,mosca cojonera.Entonces el calculo se hace indiferentemente.
Y por favor alguien que me pueda indicar sobre como se calcula con jornada parcial de 7 horas,ya que al ser la jornada de 8 h.Para el computo,supongo que se tendrian que ampliar el numero de bases de cotizacion hasta alcanzar el periodo exigible.
03/04/2014 22:44
No se que edad tienes . Pero si te han concedido la ipa es porque reúnes los requisitos.
a la hora de mirar e tiempo parcial todo lo sacan por 8 horas es decir si te exigen 8 años y por ejemplo mi caso era un contrato de 4 me miraron los últimos 15 años porque me exijían 7 y algo...
El tiempo parcial tiene unas modificaciones actualmente. cuando lo mio el tiempo parcial se multiplicaba por 1,5. Ahora no lo se.
Saca una hoja de vida laboral y si tienes más o menos los últimos 8 años cobrando casi lo mismo eso es lo que cobrarás.
03/04/2014 22:46
Hay personas que tienen muchos años cotizadas con una buena base .pero los últimos años que son clave trabajan a tiempo parcial y eso baja mucho la pensión . De seguro que si explicas tus números alguien del foro te ayuda.
10/04/2014 20:35
bueno en definitiva el calculo de la pension hay que hacerlo segun la norma que afecta a los trabajadores a tiempo parcial,con lo cual el resultado es proporcionalmente menor,(segun el coeficiente de parcialidad),que un trabajador a tiempo completo.
entonces pregunto,¿si un trabajador a tiempo parcial tiene cotizados a tiempo completo,la totalidad del periodo exigible para la prestacion,tendria derecho si lo solicita a que la seguridad social le hiciera el calculo sobre tiempo completo?
gracias.
10/04/2014 20:38
la diferencia en la cuantia de la pension es considerable,si se hace el calculo a tiempo completo y no a tiempo parcial.