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calendario laboral

2 Comentarios
 
Calendario laboral
12/10/2003 20:04
Hola a todos. En la empresa donde trabajo desde hace poco resulta que hay dos calendarios, uno para los que trabajan de lunes a viernes turno mañana y tarde y otro para los que trabajamos turno rotativo , mañana, noche y tarde . De mañana y tarde se trabajan ocho horas mas media de descanso , asi que de noche siete horas menos media de descanso, osea seis horas y media.Asi que al cabo del año los que trabajamos de noche tenemos unos 14 ó 15 dias menos de fiesta que los demas por lo de la hora y media que perdemos cada dia en el tunno de noche. Mi pregunta: es legal ? . Gracias.
13/10/2003 16:52
¿Has mirado tu convenio colectivo? Quizás sea legal, si teneis distintos contratos de trabajo los de un turno u otro.Supongo que cobrais diferentes sueldos los de un turno y otro.
13/10/2003 21:02
Olvidé decir que por convenio todos los trabajadores de la empresa tenemos que trabajar las mismas horas anuales Tambien cobramos pluses por nocturnidad y por trabajar en festivos , pero para hacer las mismas horas anuales tenemos que trabajar 14 dias mas al año.
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12/10/2003 20:04
Hola a todos. En la empresa donde trabajo desde hace poco resulta que hay dos calendarios, uno para los que trabajan de lunes a viernes turno mañana y tarde y otro para los que trabajamos turno rotativo , mañana, noche y tarde . De mañana y tarde se trabajan ocho horas mas media de descanso , asi que de noche siete horas menos media de descanso, osea seis horas y media.Asi que al cabo del año los que trabajamos de noche tenemos unos 14 ó 15 dias menos de fiesta que los demas por lo de la hora y media que perdemos cada dia en el tunno de noche. Mi pregunta: es legal ? . Gracias.
13/10/2003 16:52
¿Has mirado tu convenio colectivo? Quizás sea legal, si teneis distintos contratos de trabajo los de un turno u otro.Supongo que cobrais diferentes sueldos los de un turno y otro.
13/10/2003 21:02
Olvidé decir que por convenio todos los trabajadores de la empresa tenemos que trabajar las mismas horas anuales Tambien cobramos pluses por nocturnidad y por trabajar en festivos , pero para hacer las mismas horas anuales tenemos que trabajar 14 dias mas al año.