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Camaras ocultas

8 Comentarios
 
Camaras ocultas
12/04/2003 19:35
Hola!!
Me gustaría que alguien me informara si es legal que una empresa instale camaras ocultas y camaras de seguridad vistas en una oficina,pues tengo entendido que una oficina tiene consideracion legal de domicilio y sería un delito contra la intimidad.Gracias.
13/04/2003 19:59
Hola Ayla voy a intentar ayudarte:

En un principio no existe (o al menos no la conozco) una regulación específica de la instalación y utilización de medios de control y vigilancia (sistemas de captación de imágenes y grabación de sonidos) en los centros de trabajo. Por tanto, ante la discrepancia, son los órganos jurisdiccionales los encargados de ponderar la legitimidad empresarial del poder de dirección, atribuida en el artº 20.3 del E.T., en contraposición con el respeto de los DERECHOS FUNDAMENTALES del trabajador (especialmente, el de la intimidad personal) que protege la C.E. en su artículo 18.1, y siempre utilizando el principio de proporcionalidad del caso.

No obstante lo anterior, como bien sabes, la LPL sí considera válidos, como medios de prueba, en su artículo 90.1 esta clase de mecanismos. Eso sí, siempre que su captación u obtención no se hubieran realizado mediante procedimientos que supongan "violación" de libertades públicas o derechos fundamentales que nuestra Constitución ampara.

Por otro lado, la Doctrina Jurídica (TC) ha reiterado, que en modo alguno puede limitarse el alcance del derecho a la intimidad de los trabajadores, a las zonas del centro de trabajo donde se desempeñan los cometidos propios de la actividad profesional, negando sin excepción, que pueda producirse una lesión del referido derecho fundamental en el ámbito de desempeño de las tareas profesionales. Así también, considera, que no sólo habrá de tener en cuenta el lugar del centro de trabajo en que se instalan los sistemas de control, sino también otros elementos de juicio: si la instalación se hace de forma descriminatoria, masiva o no; si los sistemas son viables o no han sido instalados subrepticiamente; si existen razones de seguridad, atendiendo a tipo de actividad..., etc.

Finalmente decir y a modo de resumen, la instalación estaría justificada atendiendo a los criterios necesidad objetiva que redunde en beneficio de la actividad, seguridad, etc. No sería admisible (y así debería entenderse) la instalación de estos medios, si su utilización solo respondiera al control del trabajador en los lugares de descanso, vestuarios y comedores, que resultarían lesivos a su intimidad.

Espero te sea útil. Un saludo.
14/04/2003 16:44
Respondiendo a Ayla y agradeciendo a Zitro su respuesta a mi anterior consulta de 02.04.03 sobre el mismo asunto de videovigilancia, creo oportuno facilitar esta página web que he encontrado : la dirige don Emilio Pajares Montolío, profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad Carlos III de Madrid y a mí me ha servido muchísimo para despejar completamente la ignorancia en que estaba sumido (muchísimas gracias de corazón don Emilio) la dirección es www.uc3m.es/uc3m/dpto/PU/dppu02/Videovigilancia.htm
Como veréis, es muy completa y esperanzadora. No hemos de permitir que nadie pueda convertir los lugares de trabajo en espacios de terror, a veces tan degradantes sólo, como el famoso "Hotel Glamour". Hay que pedir el amparo jurisdiccional y las reparaciones a que haya lugar. Así lo estoy haciendo e iré informando de su transcurso. Gracias.
15/04/2003 23:43
Gracias a ti Robles. He mirado la página y me ha gustado mucho. Es reconfortante, cuando menos, encontrarte, que a un compañero (licenciado, diplomado, que más da, en todo caso, "forista") le ha sido útil la información que le has dado.

Como bien sabes (y así lo expuse el otro día, aún cuando me respondieron, que debía de ir, no a la Univesidad, nuevamente, sino a la escuela, en unión de otro compañero) la intención de varios foristas, Jesusfer, Pang, Juanjo, Juliana ...etc. en los que me incluyo, no tiene otra finalidad que la de servir de ayuda. De ahí varios compeñeros nos autodenominemos "laboralistas sin frontera" y con nuestras respuestas (unas veces acertadas;otras menos; pero todas con el mejor ánimo y mayor voluntad de servicio) tratemos de mantener este punto de encuentro que nos permita, sobre todo, aprender, no solo de laboral, sino de tolerancia, etc.

Lo dicho compañero Robles, es un placer. Recibe un saludo.
29/04/2008 22:35
Soy delegada sindical y tambien he descuvierto que en el obrador donde trabajo han puesto una camara .Me han expedientado y me quieren despedir alegan que le he gritado al jefe, el me acuso de algo que yo no he hecho
04/07/2008 16:32
Buenos les cuento mi caso yo travajo para una empresa de seguridad y empesaron a montar camaras ocultas (dentro de ovjetos).
Dentro de la sala de monitoreo donde controlamos las camaras , nos pusieron una dentro del cistema de alumbrado(video y Audio)una mini camara.
Tengo en tendido que las empresas de seguridad entregan un a lista de funcionamiento a carabinero. sovre como estara formada la seguridad y todo lo que tiene que ver con camaras.Se que son legales las camras que estan a la vista que actuan de forma disuasiva.
Pero las Ocultas en Objetos con audio son legales.
07/07/2008 09:59
haze unos meses me pusieron una camara oculta en una esquina de mi puesto de trabajo dentro de unas tuberias , el comite no sabia nada .tambien me ha puesto un detective .me he puesto en contacto con un abogado y los voy a denunciar por meterse en mi intimidad en el puesto donde trabajaba solo estabamos dos mujeres que llevamos 8 años trabajando juntas por lo tanto somos amigas y hablamos de toda nuestra vida .el muy asqueroso se ha enterado de todo y por eso lo vamos a denunciar con una querella criminal
08/07/2008 23:49
Bien
27/08/2010 16:40
hola!
a mi me gustaria saber el tema de las camaras ocultas en una vivienda, que enteoria deben ser legal. pero si van invitados que desconocen lapresencia de esta, y se graban cosas intimas, relaciones sexuales..etc...sin consentimiento, hastaque punto es legal? gracias
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Camaras ocultas
12/04/2003 19:35
Hola!!
Me gustaría que alguien me informara si es legal que una empresa instale camaras ocultas y camaras de seguridad vistas en una oficina,pues tengo entendido que una oficina tiene consideracion legal de domicilio y sería un delito contra la intimidad.Gracias.
13/04/2003 19:59
Hola Ayla voy a intentar ayudarte:

En un principio no existe (o al menos no la conozco) una regulación específica de la instalación y utilización de medios de control y vigilancia (sistemas de captación de imágenes y grabación de sonidos) en los centros de trabajo. Por tanto, ante la discrepancia, son los órganos jurisdiccionales los encargados de ponderar la legitimidad empresarial del poder de dirección, atribuida en el artº 20.3 del E.T., en contraposición con el respeto de los DERECHOS FUNDAMENTALES del trabajador (especialmente, el de la intimidad personal) que protege la C.E. en su artículo 18.1, y siempre utilizando el principio de proporcionalidad del caso.

No obstante lo anterior, como bien sabes, la LPL sí considera válidos, como medios de prueba, en su artículo 90.1 esta clase de mecanismos. Eso sí, siempre que su captación u obtención no se hubieran realizado mediante procedimientos que supongan "violación" de libertades públicas o derechos fundamentales que nuestra Constitución ampara.

Por otro lado, la Doctrina Jurídica (TC) ha reiterado, que en modo alguno puede limitarse el alcance del derecho a la intimidad de los trabajadores, a las zonas del centro de trabajo donde se desempeñan los cometidos propios de la actividad profesional, negando sin excepción, que pueda producirse una lesión del referido derecho fundamental en el ámbito de desempeño de las tareas profesionales. Así también, considera, que no sólo habrá de tener en cuenta el lugar del centro de trabajo en que se instalan los sistemas de control, sino también otros elementos de juicio: si la instalación se hace de forma descriminatoria, masiva o no; si los sistemas son viables o no han sido instalados subrepticiamente; si existen razones de seguridad, atendiendo a tipo de actividad..., etc.

Finalmente decir y a modo de resumen, la instalación estaría justificada atendiendo a los criterios necesidad objetiva que redunde en beneficio de la actividad, seguridad, etc. No sería admisible (y así debería entenderse) la instalación de estos medios, si su utilización solo respondiera al control del trabajador en los lugares de descanso, vestuarios y comedores, que resultarían lesivos a su intimidad.

Espero te sea útil. Un saludo.
14/04/2003 16:44
Respondiendo a Ayla y agradeciendo a Zitro su respuesta a mi anterior consulta de 02.04.03 sobre el mismo asunto de videovigilancia, creo oportuno facilitar esta página web que he encontrado : la dirige don Emilio Pajares Montolío, profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad Carlos III de Madrid y a mí me ha servido muchísimo para despejar completamente la ignorancia en que estaba sumido (muchísimas gracias de corazón don Emilio) la dirección es www.uc3m.es/uc3m/dpto/PU/dppu02/Videovigilancia.htm
Como veréis, es muy completa y esperanzadora. No hemos de permitir que nadie pueda convertir los lugares de trabajo en espacios de terror, a veces tan degradantes sólo, como el famoso "Hotel Glamour". Hay que pedir el amparo jurisdiccional y las reparaciones a que haya lugar. Así lo estoy haciendo e iré informando de su transcurso. Gracias.
15/04/2003 23:43
Gracias a ti Robles. He mirado la página y me ha gustado mucho. Es reconfortante, cuando menos, encontrarte, que a un compañero (licenciado, diplomado, que más da, en todo caso, "forista") le ha sido útil la información que le has dado.

Como bien sabes (y así lo expuse el otro día, aún cuando me respondieron, que debía de ir, no a la Univesidad, nuevamente, sino a la escuela, en unión de otro compañero) la intención de varios foristas, Jesusfer, Pang, Juanjo, Juliana ...etc. en los que me incluyo, no tiene otra finalidad que la de servir de ayuda. De ahí varios compeñeros nos autodenominemos "laboralistas sin frontera" y con nuestras respuestas (unas veces acertadas;otras menos; pero todas con el mejor ánimo y mayor voluntad de servicio) tratemos de mantener este punto de encuentro que nos permita, sobre todo, aprender, no solo de laboral, sino de tolerancia, etc.

Lo dicho compañero Robles, es un placer. Recibe un saludo.
29/04/2008 22:35
Soy delegada sindical y tambien he descuvierto que en el obrador donde trabajo han puesto una camara .Me han expedientado y me quieren despedir alegan que le he gritado al jefe, el me acuso de algo que yo no he hecho
04/07/2008 16:32
Buenos les cuento mi caso yo travajo para una empresa de seguridad y empesaron a montar camaras ocultas (dentro de ovjetos).
Dentro de la sala de monitoreo donde controlamos las camaras , nos pusieron una dentro del cistema de alumbrado(video y Audio)una mini camara.
Tengo en tendido que las empresas de seguridad entregan un a lista de funcionamiento a carabinero. sovre como estara formada la seguridad y todo lo que tiene que ver con camaras.Se que son legales las camras que estan a la vista que actuan de forma disuasiva.
Pero las Ocultas en Objetos con audio son legales.
07/07/2008 09:59
haze unos meses me pusieron una camara oculta en una esquina de mi puesto de trabajo dentro de unas tuberias , el comite no sabia nada .tambien me ha puesto un detective .me he puesto en contacto con un abogado y los voy a denunciar por meterse en mi intimidad en el puesto donde trabajaba solo estabamos dos mujeres que llevamos 8 años trabajando juntas por lo tanto somos amigas y hablamos de toda nuestra vida .el muy asqueroso se ha enterado de todo y por eso lo vamos a denunciar con una querella criminal
08/07/2008 23:49
Bien
27/08/2010 16:40
hola!
a mi me gustaria saber el tema de las camaras ocultas en una vivienda, que enteoria deben ser legal. pero si van invitados que desconocen lapresencia de esta, y se graban cosas intimas, relaciones sexuales..etc...sin consentimiento, hastaque punto es legal? gracias