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Cambiario. Demanda por impago de pagaré.

1 Comentarios
 
Cambiario. demanda por impago de pagaré.
17/02/2020 23:17
Hola!!! Me demandan por impago de un pagaré, contesto a la demanda alegando incumplimiento del contrato y aportando una prueba de audio totalmente lícita para mi defensa en la que se prueba el incumplimiento de quien me demanda. Quien me demanda la imputa en el juicio y SS la estima impertinente llegando a afirmar que ante la duda de posible manipulación no la admite, mi abogado protesta pero SS no admite la prueba. Pierdo el juicio, cambio de abogado para apelar en segunda instancia y vuelvo a perder porque en segunda instancia hacen suya la argumentación de primera instancia, no aceptando mi prueba de audio vulnerando así la tutela judicial y el derecho a defensa. Finalmente me embargan. La pregunta; ahora yo puedo presentar demanda contra quien me demandó en el cambiario por daños y perjuicios que la mercancía me ocasionó aportando la misma prueba que se me denegó? Es cosa juzgada o no lo es en tanto que no se pudo discutir sobre la prueba al no ser admitida anteriormente?, gracias.
18/02/2020 07:34
Landman
La cosa juzgada no tiene nada que ver con las pruebas que se hayan practicado, sino con la elusión de la posibilidad de que dos resoluciones recaigan sobre el mismo asunto. Tiene que ver por tanto con la identidad de partes y la identidad de objeto, y no con las actuaciones procesales. Si no ha transcurrido un año desde que se le infirió el daño por la mercancía, y este daño es evaluable, se trata de una acción distinta del cambiario y puede usted presentar demanda. Pero lo más probable es que le vuelvan a decir lo mismo de la grabación, y se cargará con un tercer capítulo de costas. El juez no está vinculado con pruebas practicadas en otros juicios, por lo que podrá usted intentarlo de nuevo. Aunque se demuestre que esa grabación es real, la misma por sí no tiene una consecuencia automática y puede ser considerada irrelevante a los fines del juicio. Deberá demostrar además que los daños son consecuencia directa de la mercancía que compró y, en fin, no es cosa de que vaya usted tribunal por tribunal hasta que encuentre uno que le dé la razón, porque le va a salir por una fortuna en tiempo y en dinero.
Cambiario. Demanda por impago de pagaré. | PorticoLegal
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Cambiario. demanda por impago de pagaré.
17/02/2020 23:17
Hola!!! Me demandan por impago de un pagaré, contesto a la demanda alegando incumplimiento del contrato y aportando una prueba de audio totalmente lícita para mi defensa en la que se prueba el incumplimiento de quien me demanda. Quien me demanda la imputa en el juicio y SS la estima impertinente llegando a afirmar que ante la duda de posible manipulación no la admite, mi abogado protesta pero SS no admite la prueba. Pierdo el juicio, cambio de abogado para apelar en segunda instancia y vuelvo a perder porque en segunda instancia hacen suya la argumentación de primera instancia, no aceptando mi prueba de audio vulnerando así la tutela judicial y el derecho a defensa. Finalmente me embargan. La pregunta; ahora yo puedo presentar demanda contra quien me demandó en el cambiario por daños y perjuicios que la mercancía me ocasionó aportando la misma prueba que se me denegó? Es cosa juzgada o no lo es en tanto que no se pudo discutir sobre la prueba al no ser admitida anteriormente?, gracias.
18/02/2020 07:34
Landman
La cosa juzgada no tiene nada que ver con las pruebas que se hayan practicado, sino con la elusión de la posibilidad de que dos resoluciones recaigan sobre el mismo asunto. Tiene que ver por tanto con la identidad de partes y la identidad de objeto, y no con las actuaciones procesales. Si no ha transcurrido un año desde que se le infirió el daño por la mercancía, y este daño es evaluable, se trata de una acción distinta del cambiario y puede usted presentar demanda. Pero lo más probable es que le vuelvan a decir lo mismo de la grabación, y se cargará con un tercer capítulo de costas. El juez no está vinculado con pruebas practicadas en otros juicios, por lo que podrá usted intentarlo de nuevo. Aunque se demuestre que esa grabación es real, la misma por sí no tiene una consecuencia automática y puede ser considerada irrelevante a los fines del juicio. Deberá demostrar además que los daños son consecuencia directa de la mercancía que compró y, en fin, no es cosa de que vaya usted tribunal por tribunal hasta que encuentre uno que le dé la razón, porque le va a salir por una fortuna en tiempo y en dinero.