Ante una coacción de mi esposa decido cambiar la cerradura: 1.- El hecho es constitutivo de: Violencia de Genero // Domestica // NO especial 2.- Cabe la detención Si // NO 3.- Tipo penal: Coaaciones 172.2 // coacciones 620.2 // Amenazas 620.2
Así, sin consultar el C.P. te diría que violencia de género, normalmente hay detención, aunque podrían ahorrártela y que se podría incardinar en el 172.2. Pd. No soy abogado, así que seguro que he fallado.
Hombre, si las coacciones las hubiera hecho ella seguro que lo dejan en falta, pero ya sabemos que tal y como están las cosas, siendo el hombre y existiendo relación de pareja...