Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Cambio circunstancias

8 Comentarios
 
23/10/2006 17:32
En primera instancia no suele haber costas, en apelación si, dependiendo de la audiencia provincial y de la sección de la misma.
23/10/2006 13:41
Vivimos en cataluña, tenemos separación de bienes. He oido que si el juez deterinara que no me corresponde que me duelvan el piso, se me podría cobrar una burrada en costas o algo así. ¿Es esto cierto???
Gracias a todos, es una situación muy desagradable, Ver que tu ex está literalmente montada en el dólar y el trabajo que tengo yo para llegar a final de mes pagando mi hipoteca y los gastos de su casa...
21/10/2006 18:38

Al abogado ya, cambie de abogado si este no le convence, hay muchos y muy eficaces (esto son habas contadas) procure ir primero a documentarse sobre los bienes adquiridos, registro etc.
21/10/2006 14:05
Perdón, artículo 96 CC en relación al 97, siendo éste último el que se toma en consideración para la pensión compensatoria, aunque sirve también cara a saber qué pruebas debemos hacer valer para probar qué parte es el interés más necesitado de protección en caso de solicitar la atribución y uso de la vivienda.
21/10/2006 14:02
Debe solicitar una modificación de medidas por cambio de las circunstancias. Asegúrese de acreditar bien el patrimonio de la esposa para demostrar que no es el interés necesitado de protección pues dispone de patrimonio propio (es necesario puesto que así lo exige el art. 97 del C.C. en base a lo que motiva la concesión del derecho de uso y disfrute), sobre todo, si tiene otras viviendas, y puesto que sus hijos son mayores de edad, tiene igualdad de derechos a la hora de concederle el uso y disfrute del piso. Si está en peor situación económica que ella, acredítelo y liquide los gananciales inmediatamente si no lo ha hecho.
Por supuesto, asegúrese de contratar a un abogado que defienda sus intereses con ganas, y si no le convence, no se conforme. Pida presupuesto previo y si no quieren dárselo, suscriba con el abogado una hoja de encargo donde figure el precio que le va a cobrar y en concepto de qué.
Mucha suerte, bien llevado su caso es viable.
20/10/2006 14:34
Supngo que la atribución se le hizo a los hijos y a ella como custodia. El asunto no está tanto en ir por la vía de las ganancias de ella, sino si sus hijos son mayores de edad e independientes economicamente. Si es así, procede instar una modificación de medidas, solicitando la extinción de las mismas y, por ende, la finalización en la atribución del uso a los hijos y al conyuge custodio. Es decir, su "exposa".
20/10/2006 12:18
Hay una cosa que no entiendo: usted le planteó lo que expone a la abogada? Y si es así, son íntimas su abogada y su ex o hermanas? Porque si no es así, ya no entiendo nada.
20/10/2006 12:09
Acuda a un abogado, ya.
Cambio circunstancias
20/10/2006 12:04
Hola. Cuando me separé firme convenio regulador con mi ex. Teníamos separación de bienes. Se quedó viviendo en el domicilio conyugal (que es de mi titularidad), pagando yo compensatoria y alimentos a mis hijos, suministros, escuelas, o sea: todo. Esto sigue siendo hoy día así (hace 18 años del divorcio). Ella siempre ha trabajado. En el 2004 mi señora exposa heredó un patrimonio de más de 6 millones de Euros de su madre en propiedades inmobiliarias (más cuentas no declaradas en paraísos fiscales). Voy a una abogada para solicitarle que quiero una modificación para que me devuelva el piso (siguiendo pagando lo demás) y me dice que no pierda el tiempo. A ver, no soy abogado pero esta sra. está montada en el dólar y los hijos son mayores de edad... el sentido común me dice que hay un sustancial cambio de circunstancias. Su patrimonio inmobiliario le da unos rendimientos de más de 18.000 Euros (declarados) y su trabajo 2000 netos.... Si es que yo creo que esto es hasta enriquecimiento injusto. Ayuuuuudaaaaaaaa!
Cambio circunstancias | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Cambio circunstancias

8 Comentarios
 
23/10/2006 17:32
En primera instancia no suele haber costas, en apelación si, dependiendo de la audiencia provincial y de la sección de la misma.
23/10/2006 13:41
Vivimos en cataluña, tenemos separación de bienes. He oido que si el juez deterinara que no me corresponde que me duelvan el piso, se me podría cobrar una burrada en costas o algo así. ¿Es esto cierto???
Gracias a todos, es una situación muy desagradable, Ver que tu ex está literalmente montada en el dólar y el trabajo que tengo yo para llegar a final de mes pagando mi hipoteca y los gastos de su casa...
21/10/2006 18:38

Al abogado ya, cambie de abogado si este no le convence, hay muchos y muy eficaces (esto son habas contadas) procure ir primero a documentarse sobre los bienes adquiridos, registro etc.
21/10/2006 14:05
Perdón, artículo 96 CC en relación al 97, siendo éste último el que se toma en consideración para la pensión compensatoria, aunque sirve también cara a saber qué pruebas debemos hacer valer para probar qué parte es el interés más necesitado de protección en caso de solicitar la atribución y uso de la vivienda.
21/10/2006 14:02
Debe solicitar una modificación de medidas por cambio de las circunstancias. Asegúrese de acreditar bien el patrimonio de la esposa para demostrar que no es el interés necesitado de protección pues dispone de patrimonio propio (es necesario puesto que así lo exige el art. 97 del C.C. en base a lo que motiva la concesión del derecho de uso y disfrute), sobre todo, si tiene otras viviendas, y puesto que sus hijos son mayores de edad, tiene igualdad de derechos a la hora de concederle el uso y disfrute del piso. Si está en peor situación económica que ella, acredítelo y liquide los gananciales inmediatamente si no lo ha hecho.
Por supuesto, asegúrese de contratar a un abogado que defienda sus intereses con ganas, y si no le convence, no se conforme. Pida presupuesto previo y si no quieren dárselo, suscriba con el abogado una hoja de encargo donde figure el precio que le va a cobrar y en concepto de qué.
Mucha suerte, bien llevado su caso es viable.
20/10/2006 14:34
Supngo que la atribución se le hizo a los hijos y a ella como custodia. El asunto no está tanto en ir por la vía de las ganancias de ella, sino si sus hijos son mayores de edad e independientes economicamente. Si es así, procede instar una modificación de medidas, solicitando la extinción de las mismas y, por ende, la finalización en la atribución del uso a los hijos y al conyuge custodio. Es decir, su "exposa".
20/10/2006 12:18
Hay una cosa que no entiendo: usted le planteó lo que expone a la abogada? Y si es así, son íntimas su abogada y su ex o hermanas? Porque si no es así, ya no entiendo nada.
20/10/2006 12:09
Acuda a un abogado, ya.
Cambio circunstancias
20/10/2006 12:04
Hola. Cuando me separé firme convenio regulador con mi ex. Teníamos separación de bienes. Se quedó viviendo en el domicilio conyugal (que es de mi titularidad), pagando yo compensatoria y alimentos a mis hijos, suministros, escuelas, o sea: todo. Esto sigue siendo hoy día así (hace 18 años del divorcio). Ella siempre ha trabajado. En el 2004 mi señora exposa heredó un patrimonio de más de 6 millones de Euros de su madre en propiedades inmobiliarias (más cuentas no declaradas en paraísos fiscales). Voy a una abogada para solicitarle que quiero una modificación para que me devuelva el piso (siguiendo pagando lo demás) y me dice que no pierda el tiempo. A ver, no soy abogado pero esta sra. está montada en el dólar y los hijos son mayores de edad... el sentido común me dice que hay un sustancial cambio de circunstancias. Su patrimonio inmobiliario le da unos rendimientos de más de 18.000 Euros (declarados) y su trabajo 2000 netos.... Si es que yo creo que esto es hasta enriquecimiento injusto. Ayuuuuudaaaaaaaa!