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Cambio de administrador

4 Comentarios
 
17/12/2006 12:13
Hola.
Si se ha hecho como dices no hay ningún problema, al tratar el tema de la renovación de cargos de la Junta de Gobierno, acordáis lo que creáis conveniente.

En cuanto a tu explicación de seguir no era necesaria ya que yo solo te puse en antecedentes de la normativa legal para poder continuar en el cargo.

Sigue las explicaciones de DickTurpin, esta bien informado en estos asuntos.

Saludos.
17/12/2006 03:59
josembaigorri –
Respecto a la renovación del cargo de Vicepresidente, hace 3 años se acordó en Junta, que con el fin de que exista una continuidad al frente de la Comunidad, cada año en vez de Presidente elegiríamos al Vicepresidente para que luego fuera el Presidente del año siguiente, y además es una persona apreciada por todos.

Respecto a mi cargo actual de Presidente no me preocupa, pues aunque vivo en otra provincia, en la casa soy bastante apreciado por casi todos los vecinos, que me conocen desde hace 30 años, ya en su día me eligieron como Vicepresidente por votación unánime y sabiendo que residía a 75 Km. de Madrid, además casi todos son personas muy mayores y no quieren desempeñar el cargo.

Por otra parte no tengo especial interés en continuar, debido a los perjuicios y molestias que ello me acarrea. Como ya indicaba, al plantear la cuestión en este foro, mi deseo de continuar en el cargo es solo para no meter en este lió de la demanda a ningún otro vecino y mi única condición que ya he manifestado al Administrador y Vicepresidente es que se elija a otro vicepresidente a fin de que, cuando termine el pleito, bien por sentencia, allanamiento, acuerdo judicial o porque desista el demandante, se convoque una junta extraordinaria para notificarlo a los vecinos y se acepte mi renuncia irrevocable y el Vicepresidente 1º pasen a ocupar el cargo de Presidente.

Respecto al Administrador, en la convocatoria de Junta propuse:

“Administrador, informe de su gestión y renovación del cargo, si procede.”

Pero me convenció de que con poner, “Renovación de cargos del órgano de gobierno” era suficiente para informarnos y debatir su gestión. Ahora pienso que se imagina nuestras intenciones y me ha tomado el pelo. Crees que así podríamos plantear su destitución o tendríamos que haber especificado que se trata del cambio de administrador.

DickTurpin –
En el otro tema que he planteado "Cambio de uso de una vivienda a oficinas" queda mas claro, pero veo que ya me has contestado.
16/12/2006 20:38
Perdone que se lo pregunte pero ¿me podría explicar qué tiene que ver que haya habido insuficiente asesoramiento por parte del administrador al redactar y aprobar un Reglamento de Régimen Interior la comunidad con el hecho de que un propietario haya demandado a la misma y crean ustedes que van a perder el pleito?

Me ha sorprendido enormemente.
16/12/2006 12:14
Hola.

En cuanto continuar en los cargos de Presidente y Vicepresidente no hay problemas si en la Junta contáis con los votos necesarios para prorrogar el mandato otro año.

En cuanto a rescindir el contrato con el Administrador no hay ningún problema el presidente se lo tiene que comunicar para que lo incluya en el orden del día de la reunión y someterlo a votación en la reunión. Puede que no se presente a dicha reunión si siquiera hacer la convocatoria, entonces las cosas se complican un poco si no os devuelve la documentación de la Comunidad, si se da este caso es el Presidente el que tiene que convocar y al principio de la reunión hay que nombrar un secretario para esa reunión y levante el Acta correspondiente.

El administrador no tiene derecho de indemnización ya que se le cesa en Junta Ordinaria que se convoca anualmente, por lo que se supone que se ha cumplido el año desde la última reunión que se le renovó el cargo y no se le vuelve a renovar el cargo para otro año más.

En la misma reunión acordar si se contrata otro o se hace cargo algún propietario o cualquier otra persona que viva en la comunidad de vuestra confianza.

Saludos.




Cambio de administrador
16/12/2006 06:09
Soy nuevo en estos foros y os planteo el problema que tengo por me podéis ayudar en su resolución. Gracias a todos.

En la Comunidad de Propietarios en que soy el Presidente, se aprobó en la Junta general Extraordinaria Constituyente de la Comunidad de Propietarios de fecha 09-12-2002, que el cargo de Secretario-Administrador fuera desempeñado por un profesional colegiado. Este que actúa en nombre y representación de una CSP, acepto y asumió las funciones propias del cargo.

Desde hace tres años se le renueva el cargo en la Junta ordinaria, pero poco a poco ha ido introduciendo y cediendo sus funciones a su hermano/socio, también colegiado.

Desde hace 6 meses ya no se pone al teléfono, según su secretaria siempre esta hablando por la otra línea, reunido o en una junta, el único que me atiende algunas veces es su hermano/socio y al vicepresidente con esas y otras excusas no le atiende nunca.

Este verano, sin ningún tipo de comunicación, verbal o escrita, ni al vicepresidente ni a mi, cerraron sus oficinas durante el mes de agosto, nosotros nos enteramos por el contestador que informaba que las oficinas permanecerían cerradas hasta 1º de septiembre, tampoco dejaron un teléfono para avisos urgentes, ni la posibilidad de dejar mensajes en el contestador.

También por su insuficiente asesoramiento al redactar y aprobar un Reglamento de Régimen Interior la comunidad ha sido demandada Judicialmente por un propietario y el pleito esta prácticamente perdido.

En breve plazo tenemos la Junta anual y tanto el vicepresidente como yo pensábamos, continuar en los cargos para no meter en el lió de la demanda a ningún otro vecino, pero por los hechos referidos hemos perdido la confianza en el y solo nos quedan 2 opciones, o no renovamos nosotros o no renovamos al Secretario-Administrador. La última junta ordinaria en la que se le renovó el cargo fue con fecha 01-02-2006.

¿Para esta ultima opción que plazos tenemos que respetar y que procedimientos deberíamos hacer para no tener ningún perjuicio legal o económico? ¿Es suficiente con no renovarle su nombramiento en la próxima Junta y con mayoría simple? ¿Tendríamos que indemnizarle?
Cambio de administrador | PorticoLegal
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4 Comentarios
 
17/12/2006 12:13
Hola.
Si se ha hecho como dices no hay ningún problema, al tratar el tema de la renovación de cargos de la Junta de Gobierno, acordáis lo que creáis conveniente.

En cuanto a tu explicación de seguir no era necesaria ya que yo solo te puse en antecedentes de la normativa legal para poder continuar en el cargo.

Sigue las explicaciones de DickTurpin, esta bien informado en estos asuntos.

Saludos.
17/12/2006 03:59
josembaigorri –
Respecto a la renovación del cargo de Vicepresidente, hace 3 años se acordó en Junta, que con el fin de que exista una continuidad al frente de la Comunidad, cada año en vez de Presidente elegiríamos al Vicepresidente para que luego fuera el Presidente del año siguiente, y además es una persona apreciada por todos.

Respecto a mi cargo actual de Presidente no me preocupa, pues aunque vivo en otra provincia, en la casa soy bastante apreciado por casi todos los vecinos, que me conocen desde hace 30 años, ya en su día me eligieron como Vicepresidente por votación unánime y sabiendo que residía a 75 Km. de Madrid, además casi todos son personas muy mayores y no quieren desempeñar el cargo.

Por otra parte no tengo especial interés en continuar, debido a los perjuicios y molestias que ello me acarrea. Como ya indicaba, al plantear la cuestión en este foro, mi deseo de continuar en el cargo es solo para no meter en este lió de la demanda a ningún otro vecino y mi única condición que ya he manifestado al Administrador y Vicepresidente es que se elija a otro vicepresidente a fin de que, cuando termine el pleito, bien por sentencia, allanamiento, acuerdo judicial o porque desista el demandante, se convoque una junta extraordinaria para notificarlo a los vecinos y se acepte mi renuncia irrevocable y el Vicepresidente 1º pasen a ocupar el cargo de Presidente.

Respecto al Administrador, en la convocatoria de Junta propuse:

“Administrador, informe de su gestión y renovación del cargo, si procede.”

Pero me convenció de que con poner, “Renovación de cargos del órgano de gobierno” era suficiente para informarnos y debatir su gestión. Ahora pienso que se imagina nuestras intenciones y me ha tomado el pelo. Crees que así podríamos plantear su destitución o tendríamos que haber especificado que se trata del cambio de administrador.

DickTurpin –
En el otro tema que he planteado "Cambio de uso de una vivienda a oficinas" queda mas claro, pero veo que ya me has contestado.
16/12/2006 20:38
Perdone que se lo pregunte pero ¿me podría explicar qué tiene que ver que haya habido insuficiente asesoramiento por parte del administrador al redactar y aprobar un Reglamento de Régimen Interior la comunidad con el hecho de que un propietario haya demandado a la misma y crean ustedes que van a perder el pleito?

Me ha sorprendido enormemente.
16/12/2006 12:14
Hola.

En cuanto continuar en los cargos de Presidente y Vicepresidente no hay problemas si en la Junta contáis con los votos necesarios para prorrogar el mandato otro año.

En cuanto a rescindir el contrato con el Administrador no hay ningún problema el presidente se lo tiene que comunicar para que lo incluya en el orden del día de la reunión y someterlo a votación en la reunión. Puede que no se presente a dicha reunión si siquiera hacer la convocatoria, entonces las cosas se complican un poco si no os devuelve la documentación de la Comunidad, si se da este caso es el Presidente el que tiene que convocar y al principio de la reunión hay que nombrar un secretario para esa reunión y levante el Acta correspondiente.

El administrador no tiene derecho de indemnización ya que se le cesa en Junta Ordinaria que se convoca anualmente, por lo que se supone que se ha cumplido el año desde la última reunión que se le renovó el cargo y no se le vuelve a renovar el cargo para otro año más.

En la misma reunión acordar si se contrata otro o se hace cargo algún propietario o cualquier otra persona que viva en la comunidad de vuestra confianza.

Saludos.




Cambio de administrador
16/12/2006 06:09
Soy nuevo en estos foros y os planteo el problema que tengo por me podéis ayudar en su resolución. Gracias a todos.

En la Comunidad de Propietarios en que soy el Presidente, se aprobó en la Junta general Extraordinaria Constituyente de la Comunidad de Propietarios de fecha 09-12-2002, que el cargo de Secretario-Administrador fuera desempeñado por un profesional colegiado. Este que actúa en nombre y representación de una CSP, acepto y asumió las funciones propias del cargo.

Desde hace tres años se le renueva el cargo en la Junta ordinaria, pero poco a poco ha ido introduciendo y cediendo sus funciones a su hermano/socio, también colegiado.

Desde hace 6 meses ya no se pone al teléfono, según su secretaria siempre esta hablando por la otra línea, reunido o en una junta, el único que me atiende algunas veces es su hermano/socio y al vicepresidente con esas y otras excusas no le atiende nunca.

Este verano, sin ningún tipo de comunicación, verbal o escrita, ni al vicepresidente ni a mi, cerraron sus oficinas durante el mes de agosto, nosotros nos enteramos por el contestador que informaba que las oficinas permanecerían cerradas hasta 1º de septiembre, tampoco dejaron un teléfono para avisos urgentes, ni la posibilidad de dejar mensajes en el contestador.

También por su insuficiente asesoramiento al redactar y aprobar un Reglamento de Régimen Interior la comunidad ha sido demandada Judicialmente por un propietario y el pleito esta prácticamente perdido.

En breve plazo tenemos la Junta anual y tanto el vicepresidente como yo pensábamos, continuar en los cargos para no meter en el lió de la demanda a ningún otro vecino, pero por los hechos referidos hemos perdido la confianza en el y solo nos quedan 2 opciones, o no renovamos nosotros o no renovamos al Secretario-Administrador. La última junta ordinaria en la que se le renovó el cargo fue con fecha 01-02-2006.

¿Para esta ultima opción que plazos tenemos que respetar y que procedimientos deberíamos hacer para no tener ningún perjuicio legal o económico? ¿Es suficiente con no renovarle su nombramiento en la próxima Junta y con mayoría simple? ¿Tendríamos que indemnizarle?