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cambio de apellidos a causa de violencia de genero y rechazo del padre

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Cambio de apellidos a causa de violencia de genero y rechazo del padre
02/04/2014 12:19
Hola, me han planteado una cuestión.
Una persona, ya mayor de edad, quisiera eliminar el apellido de su padre en su nombre para que consten igual que los de su madre. El motivo es que tras años de violencia doméstica y después de la separación su padre ha rechazado todo contacto y cariño con su hija.
Pues bien, observando la ley no he encontrado una forma de eliminarlo, puesto que LA FILIACIÓN DETERMINA LOS APELLIDOS (art. 55 de la Ley del Registro Civil según redacción dada por el art. 3 de la Ley 40/1999 sobre nombres y apellidos), y la filiación es clara en este caso.
Ahora bien, parece que sí CABE QUE EL HIJO SOLICITE LA ALTERACION DEL ORDEN DE LOS APELLIDOS según el art. 109 del Código Civil según redacción dada por el art. 1 de la Ley 40/1999.
Mi duda es, PRIMERO, ¿no hay otro modo para rechazar la paternidad? Sería igual que desheredar a un hijo por ingratitud (no recuerdo el artículo del Código Civil), pero al revés.
Y SEGUNDO, para solicitar la alteración del orden en los apellidos, ¿qué pasos hay que realizar?
Muchas gracias a tod@s, compañer@s.
cambio de apellidos a causa de violencia de genero y rechazo del padre | PorticoLegal
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Cambio de apellidos a causa de violencia de genero y rechazo del padre
02/04/2014 12:19
Hola, me han planteado una cuestión.
Una persona, ya mayor de edad, quisiera eliminar el apellido de su padre en su nombre para que consten igual que los de su madre. El motivo es que tras años de violencia doméstica y después de la separación su padre ha rechazado todo contacto y cariño con su hija.
Pues bien, observando la ley no he encontrado una forma de eliminarlo, puesto que LA FILIACIÓN DETERMINA LOS APELLIDOS (art. 55 de la Ley del Registro Civil según redacción dada por el art. 3 de la Ley 40/1999 sobre nombres y apellidos), y la filiación es clara en este caso.
Ahora bien, parece que sí CABE QUE EL HIJO SOLICITE LA ALTERACION DEL ORDEN DE LOS APELLIDOS según el art. 109 del Código Civil según redacción dada por el art. 1 de la Ley 40/1999.
Mi duda es, PRIMERO, ¿no hay otro modo para rechazar la paternidad? Sería igual que desheredar a un hijo por ingratitud (no recuerdo el artículo del Código Civil), pero al revés.
Y SEGUNDO, para solicitar la alteración del orden en los apellidos, ¿qué pasos hay que realizar?
Muchas gracias a tod@s, compañer@s.