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Cambio de autorización de búsqueda de empleo a autorización trabajo por cuenta ajena.

2 Comentarios
 
Cambio de autorización de búsqueda de empleo a autorización trabajo por cuenta ajena.
01/12/2020 16:49
Buenas tardes a todos,

Mi pareja es americana, lleva ya 3 años en España y acaba de terminar unos estudios de Máster. Le ha sido aprobada hace un mes la autorización de residencia por búsqueda de empleo, y buscando ha encontrado un posible trabajo. Al preguntar a la abogada que nos llevó el trámite si pudiera modificar la autorización a una autorización de trabajo por cuenta ajena nos ha dicho que esto NO podría hacerse hasta haber cumplido 10 meses en España con esta autorización de búsqueda de empleo.
¿Alguien puede confirmarme que esto es verdad? Porque he estado buscando y buscando y no encuentro nada acerca de una espera obligatoria de 10 meses desde que recibes está autorización, más teniendo en cuenta que el permiso solo tiene vigor improrrogable de 12 meses.
Muchas gracias por adelantado!!
02/12/2020 21:39
AJ29
Hola:

Lo que sucede es que el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado mediante Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, establece que los titulares de una autorización de RESIDENCIA (es decir, de residencia no lucrativa, que no lleva aparejada una autorización para trabajar) pueden solicitar la modificación a cualquier autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, cuenta propia, con excepción a la autorización de trabajo, profesional altamente cualificado, luego de haber cumplido un año de residencia. Pero como las solicitudes de renovación pueden presentarse dentro de los 60 días anteriores a la caducidad de la autorización, resulta que realmente la modificación se puede hacer cuando ya se haya cumplido al menos 10 meses y se esté en el plazo de renovación. Esto rige para todas las autorizaciones previstas en la la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y desarrolladas en su Reglamento.

Pero en cambio, en el marco de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, basta con NO HALLARSE IRREGULARMENTE EN TERRITORIO ESPAÑOL (art. 62.3.a), de la citada Ley) y desde luego, carecer de antecedentes penales en España y en los anteriores países de residencia. Ahora bien: esta Ley brinda un tratamiento más beneficioso que el ofrecido por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y su Reglamento de desarrollo, pero en cambio, tiene unos destinatarios calificados:

a) Inversores.

b) Emprendedores.

c) Profesionales altamente cualificados.

d) Investigadores.

e) Trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas.

Los titulares de la autorización de residencia para búsqueda de empleo pueden modificar a cualquiera de las autorizaciones de residencia de las previstas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley de Extranjería) o en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización ( Ley de Emprendedores). Si es dentro de las reguladas en la Ley de Extranjería, se tendrá que esperar efectivamente a haber cumplido al menos 10 meses de residencia para modificar; pero si es dentro de las reguladas en la Ley de Emprendedores, no será necesario esperar tanto, pero ha de tenerse en cuenta las exigencias peculiares que establece esa Ley (que en su día fue bautizada como "ley de Extranjería para extranjeros ricos").

Un cordial saludo.
30/01/2022 21:21
Hola buenas noches, disculpa la pregunta. Me gustaría saber si fue posible la contratación de tu esposa? Yo también cuento con la residencia de búsqueda de empleo y estoy en la búsqueda activa de la oferta laboral para hacer el cambio. Me gustaría saber un poco de la experiencia de ustedes.
Muchas gracias
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Cambio de autorización de búsqueda de empleo a autorización trabajo por cuenta ajena.
01/12/2020 16:49
Buenas tardes a todos,

Mi pareja es americana, lleva ya 3 años en España y acaba de terminar unos estudios de Máster. Le ha sido aprobada hace un mes la autorización de residencia por búsqueda de empleo, y buscando ha encontrado un posible trabajo. Al preguntar a la abogada que nos llevó el trámite si pudiera modificar la autorización a una autorización de trabajo por cuenta ajena nos ha dicho que esto NO podría hacerse hasta haber cumplido 10 meses en España con esta autorización de búsqueda de empleo.
¿Alguien puede confirmarme que esto es verdad? Porque he estado buscando y buscando y no encuentro nada acerca de una espera obligatoria de 10 meses desde que recibes está autorización, más teniendo en cuenta que el permiso solo tiene vigor improrrogable de 12 meses.
Muchas gracias por adelantado!!
02/12/2020 21:39
AJ29
Hola:

Lo que sucede es que el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado mediante Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, establece que los titulares de una autorización de RESIDENCIA (es decir, de residencia no lucrativa, que no lleva aparejada una autorización para trabajar) pueden solicitar la modificación a cualquier autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, cuenta propia, con excepción a la autorización de trabajo, profesional altamente cualificado, luego de haber cumplido un año de residencia. Pero como las solicitudes de renovación pueden presentarse dentro de los 60 días anteriores a la caducidad de la autorización, resulta que realmente la modificación se puede hacer cuando ya se haya cumplido al menos 10 meses y se esté en el plazo de renovación. Esto rige para todas las autorizaciones previstas en la la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y desarrolladas en su Reglamento.

Pero en cambio, en el marco de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, basta con NO HALLARSE IRREGULARMENTE EN TERRITORIO ESPAÑOL (art. 62.3.a), de la citada Ley) y desde luego, carecer de antecedentes penales en España y en los anteriores países de residencia. Ahora bien: esta Ley brinda un tratamiento más beneficioso que el ofrecido por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y su Reglamento de desarrollo, pero en cambio, tiene unos destinatarios calificados:

a) Inversores.

b) Emprendedores.

c) Profesionales altamente cualificados.

d) Investigadores.

e) Trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas.

Los titulares de la autorización de residencia para búsqueda de empleo pueden modificar a cualquiera de las autorizaciones de residencia de las previstas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley de Extranjería) o en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización ( Ley de Emprendedores). Si es dentro de las reguladas en la Ley de Extranjería, se tendrá que esperar efectivamente a haber cumplido al menos 10 meses de residencia para modificar; pero si es dentro de las reguladas en la Ley de Emprendedores, no será necesario esperar tanto, pero ha de tenerse en cuenta las exigencias peculiares que establece esa Ley (que en su día fue bautizada como "ley de Extranjería para extranjeros ricos").

Un cordial saludo.
30/01/2022 21:21
Hola buenas noches, disculpa la pregunta. Me gustaría saber si fue posible la contratación de tu esposa? Yo también cuento con la residencia de búsqueda de empleo y estoy en la búsqueda activa de la oferta laboral para hacer el cambio. Me gustaría saber un poco de la experiencia de ustedes.
Muchas gracias