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10/07/2020 22:03
Buenas noches, a ver si pueden informarme sobre este tema por favor.
He estado en una empresa de artes graficas durante 11 años con la categoria de oficial de 2ª, y por temas personales lo deje con esta empresa y ahora estoy en otra nueva con un contrato de obra y servicio. Y me surgen dos preguntas:
En mi contrato que me han hecho nuevo soy auxiliar de taller, lo cual ya no soy operario de 2ª como estaba anteriormente. Esto se puede hacer? o tienen que mantermerme dicha categoria de oficial de 2ª aunque sea de obra y servicio?
Al ser contrato de obra y servicio me tienen que poner una fecha mas o menos determinada de la duracion del contrato?

Gracias de antemano por la ayuda.
11/07/2020 08:57
Greta123
Hola,

al ser un contrato nuevo en otra empresa, la categoría que tuvieras en tu anterior empresa no es relevante. Eso sí, si te exigen funciones propias de tu anterior categoría (por ejemplo, el encargarte de una máquina), pide que te abonen la categoría superior.

Con respecto a la duración de un contrato de obra y servicio, no, no tiene porqué recoger una fecha determinada. Ten en cuenta solamente que por norma general no puede superar los tres años de duración (4 en determinados supuestos) y que si lo hiciese, pasarías automáticamente a ser indefinido.

Un saludo!
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Buenas noches, a ver si pueden informarme sobre este tema por favor.
He estado en una empresa de artes graficas durante 11 años con la categoria de oficial de 2ª, y por temas personales lo deje con esta empresa y ahora estoy en otra nueva con un contrato de obra y servicio. Y me surgen dos preguntas:
En mi contrato que me han hecho nuevo soy auxiliar de taller, lo cual ya no soy operario de 2ª como estaba anteriormente. Esto se puede hacer? o tienen que mantermerme dicha categoria de oficial de 2ª aunque sea de obra y servicio?
Al ser contrato de obra y servicio me tienen que poner una fecha mas o menos determinada de la duracion del contrato?

Gracias de antemano por la ayuda.
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Greta123
Hola,

al ser un contrato nuevo en otra empresa, la categoría que tuvieras en tu anterior empresa no es relevante. Eso sí, si te exigen funciones propias de tu anterior categoría (por ejemplo, el encargarte de una máquina), pide que te abonen la categoría superior.

Con respecto a la duración de un contrato de obra y servicio, no, no tiene porqué recoger una fecha determinada. Ten en cuenta solamente que por norma general no puede superar los tres años de duración (4 en determinados supuestos) y que si lo hiciese, pasarías automáticamente a ser indefinido.

Un saludo!