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cambio de empresa

3 Comentarios
 
Cambio de empresa
10/04/2003 10:30
Mi pregunta es, una trabajadora indefinida con 3 años de antiguedad,si cambia de empresa puede mantener sus mismo derechos de algun modo?
11/04/2003 13:27
No entiendo muy bien la pregunta. ¿A qué derechos te refieres? Cambias de empresa por extinción de la relación laboral, por dimisión o baja voluntaria, por acuerdo con la empresa. En fin deberías especificar algo más.
14/04/2003 11:07
No simplemente una persona que trabaja para alguien que tiene dos empresas y la quieren pasar a otra distinta empresa del mismo jefe, con unos derechos ya adquiridos , como vacaciones, antiguedad, y esta persona quiere conservarlos no que se los finiquiteen y los pierda.
14/04/2003 13:46
Si no existe movilidad geográfica hay que distinguir entre cambio dentro de un mismo centro o desde un centro de trabajo a otro que no implique cambio de residencia. Este cambio es una manifestación dentro del poder de dirección del empresario, sin perjuicio de la posibilidad de que por acuerdo individual o colectivo se establezca una compensación económica de otro orden en supuestos de que el cambio de un centro a otro conlleve una mayor onerosidad para el trabajador. Y si no hay cambio de contrato o extinción no tiene porqué perder derechos.

En la apreciación de perjuicios causados por el traslado de un centro de trabajo a otro que no impliquen cambio de residencia deben considerarse varios factores como la distancia respecto del domicilio, vías de acceso, medios de transporte y otros. Según STSJ Cantabría 11.1.99. Saludos
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Cambio de empresa
10/04/2003 10:30
Mi pregunta es, una trabajadora indefinida con 3 años de antiguedad,si cambia de empresa puede mantener sus mismo derechos de algun modo?
11/04/2003 13:27
No entiendo muy bien la pregunta. ¿A qué derechos te refieres? Cambias de empresa por extinción de la relación laboral, por dimisión o baja voluntaria, por acuerdo con la empresa. En fin deberías especificar algo más.
14/04/2003 11:07
No simplemente una persona que trabaja para alguien que tiene dos empresas y la quieren pasar a otra distinta empresa del mismo jefe, con unos derechos ya adquiridos , como vacaciones, antiguedad, y esta persona quiere conservarlos no que se los finiquiteen y los pierda.
14/04/2003 13:46
Si no existe movilidad geográfica hay que distinguir entre cambio dentro de un mismo centro o desde un centro de trabajo a otro que no implique cambio de residencia. Este cambio es una manifestación dentro del poder de dirección del empresario, sin perjuicio de la posibilidad de que por acuerdo individual o colectivo se establezca una compensación económica de otro orden en supuestos de que el cambio de un centro a otro conlleve una mayor onerosidad para el trabajador. Y si no hay cambio de contrato o extinción no tiene porqué perder derechos.

En la apreciación de perjuicios causados por el traslado de un centro de trabajo a otro que no impliquen cambio de residencia deben considerarse varios factores como la distancia respecto del domicilio, vías de acceso, medios de transporte y otros. Según STSJ Cantabría 11.1.99. Saludos