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Cambio de horario

3 Comentarios
 
Cambio de horario
13/10/2010 17:27
Buenas tardes,

Llevo desde el 18 de marzo de 2008 hasta ahora ( 2 años y 7 meses) haciendo un mismo horario. Pero por incorporación de un nuevo compañero mi jefe quiere cambiernos los horarios a dos de nosotros. Quisiera saber si el tiene derecho a hacerlo si yo no soy mi conformidad.
Espero vuestra respuesta.
Gracias y un saludo
13/10/2010 17:43
Se me olvidó comentaros que el puesto de trabajo es Recepcionista de Hotel, y el cambio de horario se realiza por favorecer al compañero que se incorpora nuevo. No supone un cambio de horarios en cuanto a los turnos ( que se mantienen 7:30 a 15:30 y 15:30 a 23:30) sino en cuanto a cambios en los dias libres a disfrutar.
13/10/2010 18:05
Un cambio de horario es un cambio sustancial de las condiciones de trabajo y en el ET Art.41 da al trabajador la posibilidad de rescindir el contrato con derecho a paro, pero no es tu caso ya que es un caso de condiciones mas beneficiosas a titulo personal, si estas estan recogidas en tu Convenio (pregunta en un sindicato) esa calificación la define el trabajador y por lo tanto no podría cambiarte tu disfrute de descanso semanal, en este caso prevalece lo mas beneficioso por antiguedad. En caso de no acuerdo debería la empresa iniciar un Exp. en Delegación de trabajo defendiendo su derecho a organizar la empresa que en todo caso cuanto menos deberia ser rotativo el disfrute de dias considerados mas beneficiosos. En tu caso no accederia al tener tu vida familiar adaptada a tu situación de casi 3 años.
15/10/2010 11:41
lupula:
Yo acabo de hablar con mi abogado por un tema parecido (cambio sustancial en las condiciones de trabajo), y me ha dicho que puedo pedir lo que quiera, pero que el empresario puede hacer lo que le de la gana alegando motivos de organización. Eso si, puedo pedir la rescisión del contrato, pero que ni antguedad ni derechos adquiridos ni historias; que él puede llegar a los acuerdos que quiera con los trabajadores que quiera.
Si se rescinde el contrato ¿que indemnización queda?

Un saludo.
Cambio de horario | PorticoLegal
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Cambio de horario
13/10/2010 17:27
Buenas tardes,

Llevo desde el 18 de marzo de 2008 hasta ahora ( 2 años y 7 meses) haciendo un mismo horario. Pero por incorporación de un nuevo compañero mi jefe quiere cambiernos los horarios a dos de nosotros. Quisiera saber si el tiene derecho a hacerlo si yo no soy mi conformidad.
Espero vuestra respuesta.
Gracias y un saludo
13/10/2010 17:43
Se me olvidó comentaros que el puesto de trabajo es Recepcionista de Hotel, y el cambio de horario se realiza por favorecer al compañero que se incorpora nuevo. No supone un cambio de horarios en cuanto a los turnos ( que se mantienen 7:30 a 15:30 y 15:30 a 23:30) sino en cuanto a cambios en los dias libres a disfrutar.
13/10/2010 18:05
Un cambio de horario es un cambio sustancial de las condiciones de trabajo y en el ET Art.41 da al trabajador la posibilidad de rescindir el contrato con derecho a paro, pero no es tu caso ya que es un caso de condiciones mas beneficiosas a titulo personal, si estas estan recogidas en tu Convenio (pregunta en un sindicato) esa calificación la define el trabajador y por lo tanto no podría cambiarte tu disfrute de descanso semanal, en este caso prevalece lo mas beneficioso por antiguedad. En caso de no acuerdo debería la empresa iniciar un Exp. en Delegación de trabajo defendiendo su derecho a organizar la empresa que en todo caso cuanto menos deberia ser rotativo el disfrute de dias considerados mas beneficiosos. En tu caso no accederia al tener tu vida familiar adaptada a tu situación de casi 3 años.
15/10/2010 11:41
lupula:
Yo acabo de hablar con mi abogado por un tema parecido (cambio sustancial en las condiciones de trabajo), y me ha dicho que puedo pedir lo que quiera, pero que el empresario puede hacer lo que le de la gana alegando motivos de organización. Eso si, puedo pedir la rescisión del contrato, pero que ni antguedad ni derechos adquiridos ni historias; que él puede llegar a los acuerdos que quiera con los trabajadores que quiera.
Si se rescinde el contrato ¿que indemnización queda?

Un saludo.