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Cambio de jornada laboral

3 Comentarios
 
26/09/2022 06:57
Jamgrrhh28
Pues la parte de programaciones y más"burocrática" por así decirlo me permitian hacerlo en casa. Reuniones y tutorías con padres, formaciones y demás en el centro.
26/09/2022 03:11
Ese trabajo mixto de programación era a distancia, es decir fuera del centro? Osea teletrabajo? Si es así no existe MSCT la empresa puede conceder y retirar el teletrabajo cuando quiera ya que es de carácter voluntario por ambas partes.
smo
25/09/2022 23:46
MaraG
Buenas, en mi opinión MSCT clarísima, art.41 Estatuto Trabajadores, en este caso horario y distribución de la jornada, que como afirma le ocasiona perjuicios en el ámbito de la conciliación laboral y familiar, y personal por los estudios. Primero, dicha decisión debe ser justificada por la empresa, porque si antes venía trabajando con un régimen mixto y ahora le obligan a permanecer todas sus horas en régimen presencial, la empresa debe motivar dicho cambio por escrito. Y aquí viene la parte que más le interese, y es la de impugnar dicha medida, porque el plazo es 20 días hábiles desde la notificación por escrito a su persona, aunque aún impugnando la medida, deberá cumplir lo que la empresa le ha dictado, en este caso el nuevo régimen de trabajo. La demanda se presenta ante el Juzgado de lo Social, y su sentencia no será recurrible, el juez declarará justificada o no justificada dicha medida.
Cambio de jornada laboral
25/09/2022 21:55
Buenas tardes, trabajo en un Centro Infantil desde hace 15 años y, acaban de comunicarme que me cambian el horario y que en vez de hacer como había hecho hasta ahora, una parte presencial en el aula con los niños (presencial) y otra parte realizando trabajo organizativo, planificación de actividades, formaciones, tutorías con las familias (con un horario más flexible y sin necesidad de hacerlo en el centro), este año tengo que hacer todas esas horas presenciales en el centro, lo que ocasiona un grave trastorno a la hora de la conciliación familiar y a la hora de compaginarlo con los estudios en los que ya me había matriculado y lógicamente he abonado la matrícula. Me puedo negar a estos cambios? Se puede considerar un cambio sustancial en mi jornada laboral? Muchas gracias de antemano.
Cambio de jornada laboral | PorticoLegal
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26/09/2022 06:57
Jamgrrhh28
Pues la parte de programaciones y más"burocrática" por así decirlo me permitian hacerlo en casa. Reuniones y tutorías con padres, formaciones y demás en el centro.
26/09/2022 03:11
Ese trabajo mixto de programación era a distancia, es decir fuera del centro? Osea teletrabajo? Si es así no existe MSCT la empresa puede conceder y retirar el teletrabajo cuando quiera ya que es de carácter voluntario por ambas partes.
smo
25/09/2022 23:46
MaraG
Buenas, en mi opinión MSCT clarísima, art.41 Estatuto Trabajadores, en este caso horario y distribución de la jornada, que como afirma le ocasiona perjuicios en el ámbito de la conciliación laboral y familiar, y personal por los estudios. Primero, dicha decisión debe ser justificada por la empresa, porque si antes venía trabajando con un régimen mixto y ahora le obligan a permanecer todas sus horas en régimen presencial, la empresa debe motivar dicho cambio por escrito. Y aquí viene la parte que más le interese, y es la de impugnar dicha medida, porque el plazo es 20 días hábiles desde la notificación por escrito a su persona, aunque aún impugnando la medida, deberá cumplir lo que la empresa le ha dictado, en este caso el nuevo régimen de trabajo. La demanda se presenta ante el Juzgado de lo Social, y su sentencia no será recurrible, el juez declarará justificada o no justificada dicha medida.
Cambio de jornada laboral
25/09/2022 21:55
Buenas tardes, trabajo en un Centro Infantil desde hace 15 años y, acaban de comunicarme que me cambian el horario y que en vez de hacer como había hecho hasta ahora, una parte presencial en el aula con los niños (presencial) y otra parte realizando trabajo organizativo, planificación de actividades, formaciones, tutorías con las familias (con un horario más flexible y sin necesidad de hacerlo en el centro), este año tengo que hacer todas esas horas presenciales en el centro, lo que ocasiona un grave trastorno a la hora de la conciliación familiar y a la hora de compaginarlo con los estudios en los que ya me había matriculado y lógicamente he abonado la matrícula. Me puedo negar a estos cambios? Se puede considerar un cambio sustancial en mi jornada laboral? Muchas gracias de antemano.