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Cambio de medidas

3 Comentarios
 
27/10/2006 11:49
Gracias, a mi poco entender judicial me parece factible. Ya, con mi abogado, lo haremos que en la solicitud de modificacion de la sentencia de divorcio quede claro el cambio de circunstancias que existen y que por su parte, el juez, actue.
27/10/2006 10:57
Para evitar equívocos, el segundo párrafo ha de tener la siguiente redacción:

"Este aspecto del llamado proceso de modificación de medidas es uno de los grandes avances que, en esta especial materia, resulta de de la nueva L.e.civ. (Ley 1/2000, de 7 de enero). Cabe por lo tanto que en la propia demanda de modificación de medidas, por otrosí digo, se solicite la apertura de una pieza de medidas provisionales capaz de dejar sin efecto las medidas definitivas dictadas en la sentencia matrimonial que se pretende modificar, todo ello, hasta tanto recaiga sentencia en primera instancia en el proceso de modificación de medidas principal."

Un saludo.
27/10/2006 10:40
Si.

Razón jurídica.- Artículo 775.3 de la L.e.civ..- "Las partes podrán solicitar, en la demanda o en la contestación, la modificación provisional de las medidas definitivas concedidas en un pleito anteiror. Esta petición se sustanciará con arreglo a lo previsto en el artículo 773".

Este aspecto del llamado proceso de modificación de medidas es uno de los grandes avances que, en esta especial materia, resulta de de la nueva L.e.civ. (Ley 1/2000, de 7 de enero). Cabe por lo tanto en que en la propia demanda de modificación de medidas, por otrosí digo, solicitar la apertura de una pieza de medidas provisionales capaz de dejar sin efecto las medidas definitivas de una sentencia matrimonial, todo ello, hasta tanto recaiga sentencia definitiva en el proceso de modificación de medidas principal.

A veces esta petición resulta incluso debida en aras a poder evitar evitar situaciones que impliquen un enriquecimientos injustos (tema de pensiones) o para reponer de forma urgente situaciones que en temas de relaciones paterno-filiales puedar ser crasas o evidentes a simple visita (en tema de visitas o custodia). Permite, por lo tanto, no tener que esperar a que la sentencia recaiga en el proceso principal.

Otro aspecto de la reforma procesal, que tiene que ver con lo que estamos comentando, es que las medidas definitivas inherentes a los procesos matrimoniales son plenamente ejecutivas desde el momento que se dictan y sin perjuicio de los recursos que, respecto a las mismas, pudieran interponerse por las partes. De esta modo el artículo 774.5 de la L.e.civ. establece que "los recursos que, conforme a la ley, se interpongan contra la sentencia no supenderán la eficacia de las medidas que se hubieren acordado en ésta. Si la impugnación afectara únicamente a los pronunciamientos sobre medidas, se declarará la firmeza del pronunciamiento sobre la nulidad, separación o divorcio."

Un saludo.

Cambio de medidas
27/10/2006 08:44
En el momento de solicitar cambio de medidas se puede ¿pedir la modificacion inmediata de algunas de las medidas sentenciadas?.
Por ejemplo, a la EX se le concede la custodia pero su hijo no está con ella, si no con sus abuelos.
Por ejemplo, se sentencia una pension de alimentos y la EX no reliza ningun gasto en el hijo, lo hacen sus abuelos y padre no custodio.

Se le puede pedir al juez/fiscal, por algun procedimiento especial, que en cuanto entre en juzgado la demanda de modificacion de medidas cambien urgentemente esta situacion?.
Gracias
Cambio de medidas | PorticoLegal
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27/10/2006 11:49
Gracias, a mi poco entender judicial me parece factible. Ya, con mi abogado, lo haremos que en la solicitud de modificacion de la sentencia de divorcio quede claro el cambio de circunstancias que existen y que por su parte, el juez, actue.
27/10/2006 10:57
Para evitar equívocos, el segundo párrafo ha de tener la siguiente redacción:

"Este aspecto del llamado proceso de modificación de medidas es uno de los grandes avances que, en esta especial materia, resulta de de la nueva L.e.civ. (Ley 1/2000, de 7 de enero). Cabe por lo tanto que en la propia demanda de modificación de medidas, por otrosí digo, se solicite la apertura de una pieza de medidas provisionales capaz de dejar sin efecto las medidas definitivas dictadas en la sentencia matrimonial que se pretende modificar, todo ello, hasta tanto recaiga sentencia en primera instancia en el proceso de modificación de medidas principal."

Un saludo.
27/10/2006 10:40
Si.

Razón jurídica.- Artículo 775.3 de la L.e.civ..- "Las partes podrán solicitar, en la demanda o en la contestación, la modificación provisional de las medidas definitivas concedidas en un pleito anteiror. Esta petición se sustanciará con arreglo a lo previsto en el artículo 773".

Este aspecto del llamado proceso de modificación de medidas es uno de los grandes avances que, en esta especial materia, resulta de de la nueva L.e.civ. (Ley 1/2000, de 7 de enero). Cabe por lo tanto en que en la propia demanda de modificación de medidas, por otrosí digo, solicitar la apertura de una pieza de medidas provisionales capaz de dejar sin efecto las medidas definitivas de una sentencia matrimonial, todo ello, hasta tanto recaiga sentencia definitiva en el proceso de modificación de medidas principal.

A veces esta petición resulta incluso debida en aras a poder evitar evitar situaciones que impliquen un enriquecimientos injustos (tema de pensiones) o para reponer de forma urgente situaciones que en temas de relaciones paterno-filiales puedar ser crasas o evidentes a simple visita (en tema de visitas o custodia). Permite, por lo tanto, no tener que esperar a que la sentencia recaiga en el proceso principal.

Otro aspecto de la reforma procesal, que tiene que ver con lo que estamos comentando, es que las medidas definitivas inherentes a los procesos matrimoniales son plenamente ejecutivas desde el momento que se dictan y sin perjuicio de los recursos que, respecto a las mismas, pudieran interponerse por las partes. De esta modo el artículo 774.5 de la L.e.civ. establece que "los recursos que, conforme a la ley, se interpongan contra la sentencia no supenderán la eficacia de las medidas que se hubieren acordado en ésta. Si la impugnación afectara únicamente a los pronunciamientos sobre medidas, se declarará la firmeza del pronunciamiento sobre la nulidad, separación o divorcio."

Un saludo.

Cambio de medidas
27/10/2006 08:44
En el momento de solicitar cambio de medidas se puede ¿pedir la modificacion inmediata de algunas de las medidas sentenciadas?.
Por ejemplo, a la EX se le concede la custodia pero su hijo no está con ella, si no con sus abuelos.
Por ejemplo, se sentencia una pension de alimentos y la EX no reliza ningun gasto en el hijo, lo hacen sus abuelos y padre no custodio.

Se le puede pedir al juez/fiscal, por algun procedimiento especial, que en cuanto entre en juzgado la demanda de modificacion de medidas cambien urgentemente esta situacion?.
Gracias