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Cambio de presidente

10 Comentarios
 
Cambio de presidente
27/12/2020 10:08
Hola, es una duda q tengo y a ver si podéis ayudarme.
Mi madre con 85 años vive en un edificio de 12 vecinos, siempre desde q tienen el piso, más de 45 años, se ha ido pasando de piso en piso la presidencia , q se encarga de todo es decir administración , recibos etc.
mi pregunta y mis dudas es: este año le toca a ella y no puede hacerse cargo yo como hija q no vivo allí y por problemas familiares tampoco. He comentado a la anterior presidente la posibilidad de q lleven las cuentas un administrador , como en la mayoría de las comunidades. Pero hay q hacer reunión para exponerlo y decírselo a lis vecinos a ver q opinan.
Según estoy leyendo por aquí no se puede hacer reuniones, hasta q punto pueden obligar ha hacerse cargo a una anciana de 85 años??? Casi todos los vecinos son ya mayores solo tres o cuatro han comprado lis piso ahora y son más jóvenes , pero si no quieren hacerse cargo???. Mi madre está muy mayor ya uno puede..
27/12/2020 11:59
La LPH indica en su art.13.2
El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
Pero ahora viene mi consejo.
El que la ley te obliga a ser presidente y administrador, no quiere decir que sea capaz de realizar correctamente el cargo.
Para nombrarla presidente es necesario que se realize la junta, (si no se realiza, pues como quien oye llover, ni caso, si quiere darle la documentacion, que se niegue a aceptarla indicando que no es nada dado que no ha habido junta), usted podría ir con la autorización de su madre y representarla e indicar, que la perjudicada va ha ser la comunidad. Indique que su madre ni tiene ni sabe usar Internet, por lo cual no esta capacitada para realizar las remesas mensuales al banco, por lo cual cada propietario deberá ingresar en la cuenta de la comunidad la cuota mensual.
Luego lo que tiene que hacer es pasar del tema, decir que si, que va hacer esto y lo otro y luego decir que lo ha olvidado o no ha podido.
Usted nunca podra ser presidenta.
Siempre que pase algo, no se preocupe, nos pregunta y tenga en cuenta que se le ayudará.
27/12/2020 12:01
si en la comunidad se tiene la costumbre de abonar en mano la cuota, su madre que se no lo acepte, no es obligatorio
27/12/2020 12:57
queliotengo
Lo correcto es que tu madre haga un escrito, dirigido a todos los copropietarios, explicando por qué no puede hacerse cargo de la presidencia.
Si, pese al escrito, la nombran para el cargo, puede acudir al juez para que la releve del mismo.
27/12/2020 13:14
Juan S
Muchísimas gracias por tan pronta respuesta. He estado hablando con la actual presidenta y hemos pensado de mandar una carta a los vecinos y exponerle el caso y proponer que haya un administrador de fincas para q se haga cargo de todas las cuentas, poner un cartel en el portal y q cada vecino exprese y firme si están de acuerdo.
Tenemos la duda de que tanto por ciento tienen que estar de acuerdo para q sea legal y si no quieren que hacemos??? Muchas gracias.
27/12/2020 13:27
Juan S
Gracias Juan s , también es una buena opción.
Vamos a ver si quieren q se haga cargo un administrador del papeleo.
Si ella solo coge la presidencia, no tiene q hacer nada, todo se hace cargo el administrador no??? No sé cómo va esto!!!! Gracias
27/12/2020 13:30
jalisco
Muchísimas gracias por tan pronta respuesta. He estado hablando con la actual presidenta y hemos pensado de mandar una carta a los vecinos y exponerle el caso y proponer que haya un administrador de fincas para q se haga cargo de todas las cuentas, poner un cartel en el portal y q cada vecino exprese y firme si están de acuerdo.
Tenemos la duda de que tanto por ciento tienen que estar de acuerdo para q sea legal y si no quieren que hacemos??? Muchas gracias.
27/12/2020 13:34
queliotengo
Me he equivocado a la hora de escribir y le ha contestado a Juan S, me he hecho un lío con las respuestas, jajajaja gracias a los dos !!!
27/12/2020 15:53
Pues no sirve ningún % dado que se tiene que aprobar en junta.
Y si no quieren, entiendo que ya le he indicado un camino
27/12/2020 16:18
queliotengo
Son cuestiones diferentes que no deben mezclarse.
Aunque hubiera un administrador, el presidente tiene sus funciones. Para contratar un administrador es necesaria una mayoría de 3/5; no pudiendo celebrar juntas, las cosas se complican.
28/12/2020 13:43
Salvo que el resto de propietarios le releve del cargo, la única manera que tiene de proceder es solicitar amparo judicial.

Así que le recomiendo que contrate a un abogado a tal fin y a la mayor brevedad porque el plazo para hacerlo es muy breve.

Saludos.
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Cambio de presidente
27/12/2020 10:08
Hola, es una duda q tengo y a ver si podéis ayudarme.
Mi madre con 85 años vive en un edificio de 12 vecinos, siempre desde q tienen el piso, más de 45 años, se ha ido pasando de piso en piso la presidencia , q se encarga de todo es decir administración , recibos etc.
mi pregunta y mis dudas es: este año le toca a ella y no puede hacerse cargo yo como hija q no vivo allí y por problemas familiares tampoco. He comentado a la anterior presidente la posibilidad de q lleven las cuentas un administrador , como en la mayoría de las comunidades. Pero hay q hacer reunión para exponerlo y decírselo a lis vecinos a ver q opinan.
Según estoy leyendo por aquí no se puede hacer reuniones, hasta q punto pueden obligar ha hacerse cargo a una anciana de 85 años??? Casi todos los vecinos son ya mayores solo tres o cuatro han comprado lis piso ahora y son más jóvenes , pero si no quieren hacerse cargo???. Mi madre está muy mayor ya uno puede..
27/12/2020 11:59
La LPH indica en su art.13.2
El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
Pero ahora viene mi consejo.
El que la ley te obliga a ser presidente y administrador, no quiere decir que sea capaz de realizar correctamente el cargo.
Para nombrarla presidente es necesario que se realize la junta, (si no se realiza, pues como quien oye llover, ni caso, si quiere darle la documentacion, que se niegue a aceptarla indicando que no es nada dado que no ha habido junta), usted podría ir con la autorización de su madre y representarla e indicar, que la perjudicada va ha ser la comunidad. Indique que su madre ni tiene ni sabe usar Internet, por lo cual no esta capacitada para realizar las remesas mensuales al banco, por lo cual cada propietario deberá ingresar en la cuenta de la comunidad la cuota mensual.
Luego lo que tiene que hacer es pasar del tema, decir que si, que va hacer esto y lo otro y luego decir que lo ha olvidado o no ha podido.
Usted nunca podra ser presidenta.
Siempre que pase algo, no se preocupe, nos pregunta y tenga en cuenta que se le ayudará.
27/12/2020 12:01
si en la comunidad se tiene la costumbre de abonar en mano la cuota, su madre que se no lo acepte, no es obligatorio
27/12/2020 12:57
queliotengo
Lo correcto es que tu madre haga un escrito, dirigido a todos los copropietarios, explicando por qué no puede hacerse cargo de la presidencia.
Si, pese al escrito, la nombran para el cargo, puede acudir al juez para que la releve del mismo.
27/12/2020 13:14
Juan S
Muchísimas gracias por tan pronta respuesta. He estado hablando con la actual presidenta y hemos pensado de mandar una carta a los vecinos y exponerle el caso y proponer que haya un administrador de fincas para q se haga cargo de todas las cuentas, poner un cartel en el portal y q cada vecino exprese y firme si están de acuerdo.
Tenemos la duda de que tanto por ciento tienen que estar de acuerdo para q sea legal y si no quieren que hacemos??? Muchas gracias.
27/12/2020 13:27
Juan S
Gracias Juan s , también es una buena opción.
Vamos a ver si quieren q se haga cargo un administrador del papeleo.
Si ella solo coge la presidencia, no tiene q hacer nada, todo se hace cargo el administrador no??? No sé cómo va esto!!!! Gracias
27/12/2020 13:30
jalisco
Muchísimas gracias por tan pronta respuesta. He estado hablando con la actual presidenta y hemos pensado de mandar una carta a los vecinos y exponerle el caso y proponer que haya un administrador de fincas para q se haga cargo de todas las cuentas, poner un cartel en el portal y q cada vecino exprese y firme si están de acuerdo.
Tenemos la duda de que tanto por ciento tienen que estar de acuerdo para q sea legal y si no quieren que hacemos??? Muchas gracias.
27/12/2020 13:34
queliotengo
Me he equivocado a la hora de escribir y le ha contestado a Juan S, me he hecho un lío con las respuestas, jajajaja gracias a los dos !!!
27/12/2020 15:53
Pues no sirve ningún % dado que se tiene que aprobar en junta.
Y si no quieren, entiendo que ya le he indicado un camino
27/12/2020 16:18
queliotengo
Son cuestiones diferentes que no deben mezclarse.
Aunque hubiera un administrador, el presidente tiene sus funciones. Para contratar un administrador es necesaria una mayoría de 3/5; no pudiendo celebrar juntas, las cosas se complican.
28/12/2020 13:43
Salvo que el resto de propietarios le releve del cargo, la única manera que tiene de proceder es solicitar amparo judicial.

Así que le recomiendo que contrate a un abogado a tal fin y a la mayor brevedad porque el plazo para hacerlo es muy breve.

Saludos.