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Cambio de proyecto cuando se está pagando una derrama según acuerdo en junta para proyecto inicial

17 Comentarios
 
Cambio de proyecto cuando se está pagando una derrama según acuerdo en junta para proyecto inicial
11/12/2020 18:24
Buenas tardes, en una comunidad de propietarios:
1. En Junta General Ordinaria Febrero de 2020, se aprueba una derrama para instalación de un ascensor suplementario en un hueco ya existente con escaleras en el jardín, este ascensor sería para dar servicio a personas mayores, sillas de ruedas, es decir, para solucionar problema de barreras arquitectónicas en la comunidad.
2. En Junta General Extraordinaria Noviembre 2020 (ya pagadas 9 cuotas de derrama para el ascensor de las 12 aprobadas) Se aprueba instalar rampas de acceso en los 5 portales que conforman la comunidad, porque según indican en Acta, el Arquitecto municipal para obtener la licencia de obra : "No se mostró muy conforme con la instalación del ascensor ya que no se cumpliría con el requisito de itinerarios sin cierre o restricciones según documento DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad", tras varias reuniones con el Arquitecto éste manifestó que veía más favorable la construcción de rampas en cada uno de los 5 portales.
Se indica que dos de los portales sería más complicado ya que habría que retranquear un parterre 2m para poder instalar las rampas
A continuación se dice en el Acta que "Después de un cambio de impresiones se aprueba por unanimidad la construcción de rampas para la eliminación de barreras arquitectónicas de acceso a los portales.
Estas rampas costarían 88.000€, cuando lo aprobado para la instalación del ascensor y por el cual estamos pagando la derrama ascendía a 55.000€.
Después de esta exposición las preguntas son:
1.- Está permitido aprobar este cambio sin presentar a los vecinos informes ni proyecto alguno, ya que para la instalación de las rampas hay que transformar la estructura de la comunidad?
2.- En el caso de no estar de acuerdo en esta decisión, que se puede hacer? hay alguna posibilidad de proponer anular esta aprobación?
A la espera de sus respuestas, muchas gracias.
11/12/2020 18:32
Se me ha olvidado algo importante, a fin de estar en tiempo para posibles actuaciones, la Junta donde se aprobó esta nueva obra fue el 26-11-20 y el Acta se ha recibido hoy 11-12-20. Un saludo. Gracias.
12/12/2020 11:40
loru52
No habiendo informe (y otros documentos: presupuesto, proyecto del arquitecto, ...) lo sorprendente es que haya un acuerdo unánime.
No veo en qué te puedes basar para impugnarlo ¿Estuviste en esa junta y salvaste tu voto?
12/12/2020 17:29
Juan S
"Después de un cambio de impresiones se aprueba por unanimidad"
Esto es lo que Ud nos dice, si estuvo conforme, no se entiende que se quiera echar atrás, no se lo va admitir el juzgado.,
12/12/2020 19:32
pen24
Perdona, pero yo no he dicho eso ni nada parecido. Lee mejor mi mensaje.
14/12/2020 11:31
Muchas gracias por sus aportaciones, pero indicarles que yo no estuve en la Junta, es decir ausente, y me he enterado al llegar el Acta el pasado día 11.
14/12/2020 13:24
esa votación unicamente requiere la aprobación por mayoría, cosa que se consiguió olgadamente dado que todos los presentes estaban de acuerdo
28/12/2020 15:27
Buenas tardes, vuelvo a consultar el tema, pero ahora con más información, para que me puedan entender mejor y así responderme sobre lo que pregunto, gracias.
Es una consulta sobre posibles actuaciones incumpliendo algún artículo de la LPH: en una Comunidad de propietarios, en Junta General Ordinaria Febrero 2020, se aprueba la instalación de un ascensor para eliminación de barreras arquitectónicas, para ello se aprueba una derrama en 12 meses para provisión de fondos. En Noviembre se convoca una Junta Extraordinaria y en el punto 3 se indica: Información sobre la instalación del ascensor, a fin de delegar mi voto escribo a la administradora y le pregunto sobre que se va a tratar en ese punto y me dice que es meramente informativo, cuando publican el Acta en la web de la administración , leo que se aprueba por unanimidad de los asistentes y representados 32%, la instalación de rampas en lugar del ascensor ya aprobado, porque según indican, consultado el Arquitecto Municipal dice que por el ascensor no podría la comunidad beneficiarse de la subvención de la Comunidad de Madrid y por las rampas sí. Envío el día 14 una carta a la Junta de Gobierno, indicando que lo acordado era el ascensor y no las rampas y que en el orden del día no figuraba que se fuese a aprobar nada y solicito que se me conteste, el día 21 como no me han contestado, escribo y buzoneo una carta a todos los vecinos exponiendo mis alegaciones, y entonces si me contesta el Presidente y publican su respuesta en la web, la mía no, en esa respuesta lejos de asumir algún error empieza diciéndome que hay que asistir a las Juntas para enterarse de los asuntos de la comunidad y que me invita ir a la próxima que será en Enero, continua indicándome lo bien que han hecho todo y dice como han optado por las rampas y me va relatando las diferentes reuniones con el Arquitecto Municipal y aquí es donde me entero que el primer día que se ven con él, le llevan las 4 alternativas que se habían presentado a los vecinos en Junta de febrero cuando se aprobó una de ellas, la instalación del ascensor, y de aquí parte todo porque yo les pregunto:
1.-Es legal presentarle al Arquitecto Municipal 4 alternativas, cuando ya se había aprobado por los vecinos una de ellas y para la cual estábamos pagando la derrama?
2._ Como consecuencia de lo anterior, se puede aprobar en la Junta el cambio de obra y máxime cuando en la convocatoria tan solo decía "Información sobre la instalación del ascensor"?
3._ Además también señalar que este punto 3, en el Acta figura como punto 4, porque como punto 3, se incluyeron un punto que no estaba en el orden del día de dicha convocatoria, entiendo que esto no puede hacerse.
Por favor me gustaría saber su opinión y también que me dijesen si se puede hacer algo, sobre lo que yo considero un abuso de poder y una torpeza, no sé si intencionada o no, al llevar al arquitecto a elegir diferentes alternativas cuando ya estaba elegida una en Junta de propietarios. También como no asistí a la Junta, quisiera saber qué debo hacer si no quiero que se contabilice mi voto como favorable a lo aprobado en ella.
Muchas gracias por su atención, un cordial saludo

Loru52
28/12/2020 16:33
Lo primero es que no entiendo, es que si ese edificio no tiene ascensor y se va a instalar para la eliminacion de barreras arquitectónicas, se cambie su instalación por rampas.
Le diré que un tema se puede tratar varias veces y cambiar lo votado, por lo cual si es "legal" (se lo he entrecomillado) lo acordado últimamente.
El ascensor lo ha solicitado persona con minusvalia o mayor de 70?
La carta que envio a todos los propietarios no sirve para nada.
Usted podrá impugnar dicho acuerdo en el juzgado con abogado y procurador, por no figurar en el orden del día, pero valore si le compensa, dado que mañana vuelven a realizar una junta con ese punto a tratar y ya no tiene nada que hacer.
Usted puede contestar a su presidente que la asistencia siempre es libre y nunca obligatoria, y el que usted no pueda o no desee acudir, no es óbice para aprobar temas que no figuran en la convocatoria.
Las alternativas presentadas al arquitecto habra sido a nivel informativo, dado que él no puede decidir nada., si aconsejar.
El punto 2 ya se lo he contestado.
Usted dio su representación a alguien?
28/12/2020 20:11
loru52
Sería conveniente saber qué votó en ese asunto quien tenía tu voto delegado. Sobre todo para leerle la cartilla si es el caso y no volver a delegarle el voto nunca más.
Si votó a favor, ahora no puedes cambiar tu voto. Lo que sí puedes hacer es impugnar el acuerdo por ser ilegal todo acuerdo referente a un asunto no recogido en el orden del día. De todas formas, no sé lo que dictaminaría el juez, aunque supongo que, aportando lo que explicas, consideraría razonable que lo quieras impugnar a pesar de haber votado por delegación.
Por lo que pones en tu mensaje, tiene toda la pinta de que quien redactó ese orden del día tenía la intención de engañar.
28/12/2020 23:10
Gracias Jalisco por tu pronta respuesta, te explico la casa sí tiene ascensores, uno en cada portal, pero es que para subir desde la puerta del jardín al ascensor hay escaleras en todos los portales y para salvar esas escaleras es para lo que se presentaron varias alternativas en Junta de 2 de febrero 2020 y se aprobó instalar un ascensor que se pondría en un hueco que hay en el jardín y que le llamamos pecera y ese espacio se comunica con el garaje, es decir las sillas de ruedas o los carritos de niños etc, bajaríamos por el ascensor al garaje y en el garaje tomamos el ascensor del portal en el que vivimos, me explico?.
Yo no asistí ni delegué mi voto, por eso quiero saber como y a quien dirigirme para comunicar que amparándome en el articulo 17 de la LPH no quiero que se me contabilice como favorable a lo aprobado en la última junta, puesto que no nos convocaron para votar nada, e incluso yo envié días antes de la Junta emails a la Administradora para informarme de que significaba Información sobre la instalación del ascensor y me respondió que era solo para informar.
28/12/2020 23:19
Gracias Juan S, yo no voté ni asistí ni delegué, pero me informé antes de la junta y es evidente que no me dijeron la verdad, porque no era solo información era aprobación de otra obra.
Está claro que alguien de la Junta no era partidario de la instalación de ascensor y prefería las rampas, pues por qué, me sigo preguntando y es lo que quiero saber si es legal, llevaron a Arquitecto Municipal 4 alternativas, cuando ya habíamos aprobado una que era la instalación de ascensor? Tendrían que haber llevado el Proyecto hecho por el estudio de arquitecto y por la empresa de ascensores para obtener la Licencia de obras, pero nunca darle a elegir entre las diferentes alternativas. Ya estaba aprobada una repito.
No sé si llegaré a impugnar, pues como dice Jalisco quizá hacen otra Junta y votan otra cosa y ya no sirve de nada, pero por lo menos quiero que como no asistí ni delegué no cuenten con mi aprobación y esto creo que hay un plazo para hacerlo.
29/12/2020 00:11
Tiene 30 días desde que recibió el acta de la junta para remitir al administrador su disconformidad.
Pero tenga por seguro que no confeccionará otra acta informando de ello
29/12/2020 09:31
loru52
Al no haber votado la cosa es más sencillo. Siendo grave que no te dijeran la verdad, lo peor es que el orden del día no recogiera el punto que se acordó.
Mi consejo es que envíes tu voto negativo dentro del plazo de 30 días desde la recepción del acta. Que lo hagas mediante escrito fehaciente (puedes entregarlo en mano y con firma del recibí en una copia). En el propio escrito, yo incluiría una advertencia sobre la ilegalidad de un acuerdo sobre un punto no recogido en el orden del día y con la advertencia de impugnación si no se rectifica, con posible responsabilidad personal del administrador. A veces esas advertencias surten efecto.
31/12/2020 20:31
Gracias Jalisco y Juan S por vuestras respuestas, pero como tendría que redactar ese desacuerdo? hay algún artículo de la LPH en el que me pueda apoyar para decir que es ilegal?, cuando dice Jalisco que duda que hagan otra Acta para incluirlo, a que te refieres? que no lo van a poner en el acta, bueno pero que lo pongan en la siguiente acta, antes de entrar en el primer punto del orden del día no?.

Si tenéis experiencia en esto, sería de mucha ayuda que me redactaseis como tengo que dirigirme para que tenga una base legal.

Muchas gracias.
31/12/2020 23:35
Pues algo así:
Me dirijo a usted para informarle que en la junta del día XX DEL XX DE 2020,
La votacion del punto XX es totalmente ilegal dado que no figuraba en el acta de convocatoria, por lo cual no estoy de acuerdo con dicha votación y mi voto es no, reservándome el derecho a la impugnacion de dicho acuerdo.
Pero vuelvo a indicarle, que va ha sacar de limpio con impugnar, nada, ya que como le dije mañana lo ponen en otra convocatoria y se aprueba porque el resto está de acuerdo.
Debe tener también en cuenta que aunque usted votase que no, el resultado no variaría y no tienen porque realizar un acta nueva porque el acuerdo sigue teniendo mayoría, por lo tanto de su esfuerzo nadie va a tener conocimiento.
Cuando en una comunidad no se esta de acuerdo con una obra necesaria y un unico propietario es quien no esta de acuerdo, no puede luchar contra los elementos dado que su voto negativo es solo testimonial.
Mi consejo, si esta sólo, olvide el tema y no se caliente la sangre, no conseguirá absolutamente nada.
01/01/2021 10:38
loru52
Lo primero de todo, antes de dar el primer paso, es valorar si estás dispuesto a judicializar el asunto si no rectifican. No hay cosa peor que advertir con algo que no se está dispuesto a llevar a cabo.
01/01/2021 21:25
Gracias por vuestras respuestas, de momento somos ya 3 los que no estamos de acuerdo y no asistimos a la última junta, no sé si vamos a judicializarlo o no pero por lo menos que quede recogido en Acta la mala actuación, y de alguna manera evitar que esto se repita.
Un saludo.
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Cambio de proyecto cuando se está pagando una derrama según acuerdo en junta para proyecto inicial

17 Comentarios
 
Cambio de proyecto cuando se está pagando una derrama según acuerdo en junta para proyecto inicial
11/12/2020 18:24
Buenas tardes, en una comunidad de propietarios:
1. En Junta General Ordinaria Febrero de 2020, se aprueba una derrama para instalación de un ascensor suplementario en un hueco ya existente con escaleras en el jardín, este ascensor sería para dar servicio a personas mayores, sillas de ruedas, es decir, para solucionar problema de barreras arquitectónicas en la comunidad.
2. En Junta General Extraordinaria Noviembre 2020 (ya pagadas 9 cuotas de derrama para el ascensor de las 12 aprobadas) Se aprueba instalar rampas de acceso en los 5 portales que conforman la comunidad, porque según indican en Acta, el Arquitecto municipal para obtener la licencia de obra : "No se mostró muy conforme con la instalación del ascensor ya que no se cumpliría con el requisito de itinerarios sin cierre o restricciones según documento DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad", tras varias reuniones con el Arquitecto éste manifestó que veía más favorable la construcción de rampas en cada uno de los 5 portales.
Se indica que dos de los portales sería más complicado ya que habría que retranquear un parterre 2m para poder instalar las rampas
A continuación se dice en el Acta que "Después de un cambio de impresiones se aprueba por unanimidad la construcción de rampas para la eliminación de barreras arquitectónicas de acceso a los portales.
Estas rampas costarían 88.000€, cuando lo aprobado para la instalación del ascensor y por el cual estamos pagando la derrama ascendía a 55.000€.
Después de esta exposición las preguntas son:
1.- Está permitido aprobar este cambio sin presentar a los vecinos informes ni proyecto alguno, ya que para la instalación de las rampas hay que transformar la estructura de la comunidad?
2.- En el caso de no estar de acuerdo en esta decisión, que se puede hacer? hay alguna posibilidad de proponer anular esta aprobación?
A la espera de sus respuestas, muchas gracias.
11/12/2020 18:32
Se me ha olvidado algo importante, a fin de estar en tiempo para posibles actuaciones, la Junta donde se aprobó esta nueva obra fue el 26-11-20 y el Acta se ha recibido hoy 11-12-20. Un saludo. Gracias.
12/12/2020 11:40
loru52
No habiendo informe (y otros documentos: presupuesto, proyecto del arquitecto, ...) lo sorprendente es que haya un acuerdo unánime.
No veo en qué te puedes basar para impugnarlo ¿Estuviste en esa junta y salvaste tu voto?
12/12/2020 17:29
Juan S
"Después de un cambio de impresiones se aprueba por unanimidad"
Esto es lo que Ud nos dice, si estuvo conforme, no se entiende que se quiera echar atrás, no se lo va admitir el juzgado.,
12/12/2020 19:32
pen24
Perdona, pero yo no he dicho eso ni nada parecido. Lee mejor mi mensaje.
14/12/2020 11:31
Muchas gracias por sus aportaciones, pero indicarles que yo no estuve en la Junta, es decir ausente, y me he enterado al llegar el Acta el pasado día 11.
14/12/2020 13:24
esa votación unicamente requiere la aprobación por mayoría, cosa que se consiguió olgadamente dado que todos los presentes estaban de acuerdo
28/12/2020 15:27
Buenas tardes, vuelvo a consultar el tema, pero ahora con más información, para que me puedan entender mejor y así responderme sobre lo que pregunto, gracias.
Es una consulta sobre posibles actuaciones incumpliendo algún artículo de la LPH: en una Comunidad de propietarios, en Junta General Ordinaria Febrero 2020, se aprueba la instalación de un ascensor para eliminación de barreras arquitectónicas, para ello se aprueba una derrama en 12 meses para provisión de fondos. En Noviembre se convoca una Junta Extraordinaria y en el punto 3 se indica: Información sobre la instalación del ascensor, a fin de delegar mi voto escribo a la administradora y le pregunto sobre que se va a tratar en ese punto y me dice que es meramente informativo, cuando publican el Acta en la web de la administración , leo que se aprueba por unanimidad de los asistentes y representados 32%, la instalación de rampas en lugar del ascensor ya aprobado, porque según indican, consultado el Arquitecto Municipal dice que por el ascensor no podría la comunidad beneficiarse de la subvención de la Comunidad de Madrid y por las rampas sí. Envío el día 14 una carta a la Junta de Gobierno, indicando que lo acordado era el ascensor y no las rampas y que en el orden del día no figuraba que se fuese a aprobar nada y solicito que se me conteste, el día 21 como no me han contestado, escribo y buzoneo una carta a todos los vecinos exponiendo mis alegaciones, y entonces si me contesta el Presidente y publican su respuesta en la web, la mía no, en esa respuesta lejos de asumir algún error empieza diciéndome que hay que asistir a las Juntas para enterarse de los asuntos de la comunidad y que me invita ir a la próxima que será en Enero, continua indicándome lo bien que han hecho todo y dice como han optado por las rampas y me va relatando las diferentes reuniones con el Arquitecto Municipal y aquí es donde me entero que el primer día que se ven con él, le llevan las 4 alternativas que se habían presentado a los vecinos en Junta de febrero cuando se aprobó una de ellas, la instalación del ascensor, y de aquí parte todo porque yo les pregunto:
1.-Es legal presentarle al Arquitecto Municipal 4 alternativas, cuando ya se había aprobado por los vecinos una de ellas y para la cual estábamos pagando la derrama?
2._ Como consecuencia de lo anterior, se puede aprobar en la Junta el cambio de obra y máxime cuando en la convocatoria tan solo decía "Información sobre la instalación del ascensor"?
3._ Además también señalar que este punto 3, en el Acta figura como punto 4, porque como punto 3, se incluyeron un punto que no estaba en el orden del día de dicha convocatoria, entiendo que esto no puede hacerse.
Por favor me gustaría saber su opinión y también que me dijesen si se puede hacer algo, sobre lo que yo considero un abuso de poder y una torpeza, no sé si intencionada o no, al llevar al arquitecto a elegir diferentes alternativas cuando ya estaba elegida una en Junta de propietarios. También como no asistí a la Junta, quisiera saber qué debo hacer si no quiero que se contabilice mi voto como favorable a lo aprobado en ella.
Muchas gracias por su atención, un cordial saludo

Loru52
28/12/2020 16:33
Lo primero es que no entiendo, es que si ese edificio no tiene ascensor y se va a instalar para la eliminacion de barreras arquitectónicas, se cambie su instalación por rampas.
Le diré que un tema se puede tratar varias veces y cambiar lo votado, por lo cual si es "legal" (se lo he entrecomillado) lo acordado últimamente.
El ascensor lo ha solicitado persona con minusvalia o mayor de 70?
La carta que envio a todos los propietarios no sirve para nada.
Usted podrá impugnar dicho acuerdo en el juzgado con abogado y procurador, por no figurar en el orden del día, pero valore si le compensa, dado que mañana vuelven a realizar una junta con ese punto a tratar y ya no tiene nada que hacer.
Usted puede contestar a su presidente que la asistencia siempre es libre y nunca obligatoria, y el que usted no pueda o no desee acudir, no es óbice para aprobar temas que no figuran en la convocatoria.
Las alternativas presentadas al arquitecto habra sido a nivel informativo, dado que él no puede decidir nada., si aconsejar.
El punto 2 ya se lo he contestado.
Usted dio su representación a alguien?
28/12/2020 20:11
loru52
Sería conveniente saber qué votó en ese asunto quien tenía tu voto delegado. Sobre todo para leerle la cartilla si es el caso y no volver a delegarle el voto nunca más.
Si votó a favor, ahora no puedes cambiar tu voto. Lo que sí puedes hacer es impugnar el acuerdo por ser ilegal todo acuerdo referente a un asunto no recogido en el orden del día. De todas formas, no sé lo que dictaminaría el juez, aunque supongo que, aportando lo que explicas, consideraría razonable que lo quieras impugnar a pesar de haber votado por delegación.
Por lo que pones en tu mensaje, tiene toda la pinta de que quien redactó ese orden del día tenía la intención de engañar.
28/12/2020 23:10
Gracias Jalisco por tu pronta respuesta, te explico la casa sí tiene ascensores, uno en cada portal, pero es que para subir desde la puerta del jardín al ascensor hay escaleras en todos los portales y para salvar esas escaleras es para lo que se presentaron varias alternativas en Junta de 2 de febrero 2020 y se aprobó instalar un ascensor que se pondría en un hueco que hay en el jardín y que le llamamos pecera y ese espacio se comunica con el garaje, es decir las sillas de ruedas o los carritos de niños etc, bajaríamos por el ascensor al garaje y en el garaje tomamos el ascensor del portal en el que vivimos, me explico?.
Yo no asistí ni delegué mi voto, por eso quiero saber como y a quien dirigirme para comunicar que amparándome en el articulo 17 de la LPH no quiero que se me contabilice como favorable a lo aprobado en la última junta, puesto que no nos convocaron para votar nada, e incluso yo envié días antes de la Junta emails a la Administradora para informarme de que significaba Información sobre la instalación del ascensor y me respondió que era solo para informar.
28/12/2020 23:19
Gracias Juan S, yo no voté ni asistí ni delegué, pero me informé antes de la junta y es evidente que no me dijeron la verdad, porque no era solo información era aprobación de otra obra.
Está claro que alguien de la Junta no era partidario de la instalación de ascensor y prefería las rampas, pues por qué, me sigo preguntando y es lo que quiero saber si es legal, llevaron a Arquitecto Municipal 4 alternativas, cuando ya habíamos aprobado una que era la instalación de ascensor? Tendrían que haber llevado el Proyecto hecho por el estudio de arquitecto y por la empresa de ascensores para obtener la Licencia de obras, pero nunca darle a elegir entre las diferentes alternativas. Ya estaba aprobada una repito.
No sé si llegaré a impugnar, pues como dice Jalisco quizá hacen otra Junta y votan otra cosa y ya no sirve de nada, pero por lo menos quiero que como no asistí ni delegué no cuenten con mi aprobación y esto creo que hay un plazo para hacerlo.
29/12/2020 00:11
Tiene 30 días desde que recibió el acta de la junta para remitir al administrador su disconformidad.
Pero tenga por seguro que no confeccionará otra acta informando de ello
29/12/2020 09:31
loru52
Al no haber votado la cosa es más sencillo. Siendo grave que no te dijeran la verdad, lo peor es que el orden del día no recogiera el punto que se acordó.
Mi consejo es que envíes tu voto negativo dentro del plazo de 30 días desde la recepción del acta. Que lo hagas mediante escrito fehaciente (puedes entregarlo en mano y con firma del recibí en una copia). En el propio escrito, yo incluiría una advertencia sobre la ilegalidad de un acuerdo sobre un punto no recogido en el orden del día y con la advertencia de impugnación si no se rectifica, con posible responsabilidad personal del administrador. A veces esas advertencias surten efecto.
31/12/2020 20:31
Gracias Jalisco y Juan S por vuestras respuestas, pero como tendría que redactar ese desacuerdo? hay algún artículo de la LPH en el que me pueda apoyar para decir que es ilegal?, cuando dice Jalisco que duda que hagan otra Acta para incluirlo, a que te refieres? que no lo van a poner en el acta, bueno pero que lo pongan en la siguiente acta, antes de entrar en el primer punto del orden del día no?.

Si tenéis experiencia en esto, sería de mucha ayuda que me redactaseis como tengo que dirigirme para que tenga una base legal.

Muchas gracias.
31/12/2020 23:35
Pues algo así:
Me dirijo a usted para informarle que en la junta del día XX DEL XX DE 2020,
La votacion del punto XX es totalmente ilegal dado que no figuraba en el acta de convocatoria, por lo cual no estoy de acuerdo con dicha votación y mi voto es no, reservándome el derecho a la impugnacion de dicho acuerdo.
Pero vuelvo a indicarle, que va ha sacar de limpio con impugnar, nada, ya que como le dije mañana lo ponen en otra convocatoria y se aprueba porque el resto está de acuerdo.
Debe tener también en cuenta que aunque usted votase que no, el resultado no variaría y no tienen porque realizar un acta nueva porque el acuerdo sigue teniendo mayoría, por lo tanto de su esfuerzo nadie va a tener conocimiento.
Cuando en una comunidad no se esta de acuerdo con una obra necesaria y un unico propietario es quien no esta de acuerdo, no puede luchar contra los elementos dado que su voto negativo es solo testimonial.
Mi consejo, si esta sólo, olvide el tema y no se caliente la sangre, no conseguirá absolutamente nada.
01/01/2021 10:38
loru52
Lo primero de todo, antes de dar el primer paso, es valorar si estás dispuesto a judicializar el asunto si no rectifican. No hay cosa peor que advertir con algo que no se está dispuesto a llevar a cabo.
01/01/2021 21:25
Gracias por vuestras respuestas, de momento somos ya 3 los que no estamos de acuerdo y no asistimos a la última junta, no sé si vamos a judicializarlo o no pero por lo menos que quede recogido en Acta la mala actuación, y de alguna manera evitar que esto se repita.
Un saludo.